Personas Morales
Enviado por anakarina • 24 de Agosto de 2011 • 1.794 Palabras (8 Páginas) • 932 Visitas
ITULO III
DEL REGIMEN DE LAS PERSONAS MORALES CON FINES NO LUCRATIVOS
Articulo 93 LISR: Las personas morales y las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, no son contribuyentes del impuesto sobre la renta. Sus integrantes considerarán como remanente distribuible los ingresos que les entreguen en efectivo o en bienes. Las personas morales determinarán el remanente distribuible de un año de calendario correspondiente a sus integrantes o accionistas, disminuyendo de los ingresos obtenidos en ese periodo, a excepción de los que se haya pagado el impuesto definitivo.
Cuando la mayoría de los integrantes o accionistas de dichas personas morales sean contribuyentes, el remanente distribuible se calculará sumando los ingresos y disminuyendo las deducciones que correspondan. Cuando la mayoría de los integrantes de dichas personas morales sean contribuyentes el remanente distribuible se calculará sumando los ingresos y disminuyendo las deducciones que correspondan, en los términos de dichas Secciones, según corresponda.
Los integrantes o accionistas de las personas morales, no considerarán como ingresos los reembolsos que éstas les hagan de las aportaciones que hayan efectuado. En el caso de que las personas morales enajenen bienes distintos de su activo fijo o presten servicios a personas distintas de sus miembros o socios, deberán determinar el impuesto que corresponda a la utilidad por los ingresos derivados de las actividades mencionadas, a la tasa prevista en el artículo 10 de la misma, siempre que dichos ingresos excedan del 5% de los ingresos totales de la persona moral en el ejercicio de que se trate. No será aplicable tratándose de personas morales autorizadas para percibir donativos deducibles.
Articulo 94 LISR: Las personas morales de las sociedades de inversión especializadas en fondos para el retiro y de las personas morales autorizadas para recibir donativos deducibles, serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos en moneda extranjera. Las sociedades de inversión de deuda y de renta variable no serán contribuyentes del impuesto sobre la renta cuando perciban ingresos como sus integrantes o accionistas.
Articulo 95 LISR: Se consideran personas morales con fines no lucrativos, las siguientes:
I. Sindicatos obreros y los organismos que los agrupen.
II. Asociaciones patronales.
III. Cámaras de comercio e industria, agrupaciones agrícolas, ganaderas, pesqueras o silvícolas, así como los organismos que las reúnan.
IV. Colegios de profesionales y los organismos que los agrupen.
V. Asociaciones civiles y sociedades de responsabilidad limitada de interés público que administren en forma descentralizada los distritos o unidades de riego, previa la concesión y permiso respectivo.
VI. Instituciones de asistencia o de beneficencia, autorizadas por las leyes de la materia, así como las sociedades o asociaciones civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos, que tengan como beneficiarios a personas, sectores, y regiones de escasos recursos; que realicen actividades para lograr mejores condiciones de subsistencia y desarrollo a las comunidades indígenas y a los grupos vulnerables por edad, sexo o problemas de discapacidad, dedicadas a las siguientes actividades:
a) La atención a requerimientos básicos de subsistencia en materia de alimentación, vestido o vivienda.
b) La asistencia o rehabilitación médica o a la atención en establecimientos especializados.
c) La asistencia jurídica, el apoyo y la promoción, para la tutela de los derechos de los menores, así como para la readaptación social de personas que han llevado a cabo conductas ilícitas.
d) La rehabilitación de alcohólicos y fármaco dependientes.
e) La ayuda para servicios funerarios.
f) Orientación social, educación o capacitación para el trabajo.
g) La promoción de la participación organizada de la población en las acciones que mejoren sus propias condiciones de subsistencia en beneficio de la comunidad.
h) Apoyo en la defensa y promoción de los derechos humanos.
VII. Sociedades cooperativas de consumo.
VIII. Organismos que conforme a la Ley agrupen a las sociedades cooperativas, ya sea de productores o de consumidores.
IX. Sociedades mutualistas que no operen con terceros, siempre que no realicen gastos para la adquisición de negocios, tales como premios, comisiones y otros semejantes.
X. Sociedades o asociaciones de carácter civil que se dediquen a la enseñanza, con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, así como las instituciones creadas por decreto presidencial o por ley, cuyo objeto sea la enseñanza.
XI. Sociedades o asociaciones de carácter civil dedicadas a la investigación científica o tecnológica que se encuentren inscritas en el Registro Nacional de Instituciones Científicas y Tecnológicas.
XII. Asociaciones o sociedades civiles, organizadas sin fines de lucro y autorizadas para recibir donativos, dedicadas a las siguientes actividades:
a) La promoción y difusión de música, artes plásticas, artes dramáticas, danza, literatura, arquitectura y cinematografía, conforme a la Ley que crea al Instituto Nacional de Bellas
Artes y Literatura, así como a la Ley Federal de Cinematografía.
b) El apoyo a las actividades de educación e investigación artísticas.
c) La protección, conservación, restauración y recuperación del patrimonio cultural de la nación, en los términos de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y la Ley General de Bienes Nacionales; así como el arte de las comunidades indígenas en todas las manifestaciones primigenias de sus propias lenguas, los usos y costumbres, artesanías y tradiciones de la composición pluricultural que conforman el país.
d) La instauración y establecimiento de bibliotecas que formen parte de la Red Nacional de Bibliotecas Públicas de
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