Personas Morales
Enviado por rosipinkrosa • 10 de Noviembre de 2012 • 982 Palabras (4 Páginas) • 362 Visitas
De acuerdo al artículo 58 capítulo V del título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta son obligaciones de las personas morales:
I. Llevar la contabilidad de conformidad con el Código Fiscal de la Federación, su Reglamento y el Reglamento de esta Ley y efectuar los registros en la misma.
II. Expedir comprobantes por las actividades que realicen y conservar una copia de los mismos a disposición de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
III. Expedir constancias en las que asienten el monto de los pagos efectuados que constituyan ingresos de fuente de riqueza ubicada en México o de los pagos efectuados a los establecimientos en el extranjero de instituciones de crédito el país y, en su caso, el impuesto retenido al residente en el extranjero o a las citadas instituciones de crédito.
IV. Llevar un registro específico de las inversiones por las que se tomó la deducción inmediata, describiendo en el mismo el tipo de bien de que se trate, el porciento que para efectos de la deducción le correspondió, el ejercicio en el que se aplicó la deducción, la fecha en la que el bien se dé de baja en los activos del contribuyente y anotando los datos de la documentación comprobatoria que la respalde.
V. Presentar en el mes de febrero de cada año ante las oficinas autorizadas, declaración en la que proporcionen información de las operaciones efectuadas en el año de calendario anterior, a través de fideicomisos por los que se realicen actividades empresariales y de asociaciones en participación, en los que intervengan.
VI. Derogado.
VII. Formular un estado de posición financiera y levantar un inventario de existencias a la fecha en que termine el ejercicio, de acuerdo con las disposiciones reglamentaria respectivas.
VIII. Presentar declaración en la que se determine el resultado fiscal del ejercicio y el monto del impuesto de éste, ante las oficinas autorizadas dentro de los tres meses siguientes a la fecha de terminación del ejercicio.
IX. Presentar en los meses de enero y julio de cada año ante las oficinas autorizadas una declaración en la que proporcionen la información siguiente.
a) El saldo insoluto al 31 de diciembre del año anterior o al 30 de junio del año en que se trate, respectivamente, de los prestamos que le hayan sido otorgados o garantizados por residentes en el extranjero; y
b) El tipo de financiamiento, nombre del beneficiario efectivo de los intereses, tipo de moneda, la tasa de interés aplicable y las fechas de exigibilidad del principal y accesorios, de cada una de las operaciones de financiamiento a que se refiere el inciso anterior.
X. Presentar en le mes de febrero de cada año ante las oficinas autorizadas, declaración en la que proporcionen
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