Personas Morales
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CENTRO DE ESTUDIOS TECNOLOGICOS Y UNIVERSITARIOS DEL GOLFO
MATERIA: IMPUESTOS II
SEPTIMO SEMESTRE
KARINA BAIZABAL SANCHEZ
LIC. ADMINISTRACION DE EMPRESAS
CATEDRATICO:
C.P. HUGO ROMERO DEL ANGEL
CD. ISLA, VER. A 18 DE SEPTIEMBRE DE 2012
INGRESOS Y DEDUCCIONES
Dentro de las personas morales de las disposiciones generales, los ingresos, en el título III., dentro del artículo 10 en el párrafo I. dice: que se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables Obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título. Al resultado obtenido se Le disminuirá, en su caso, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Dentro las personas morales disposiciones generales, en el artículo 14, del párrafo III. Nos dice: que los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable. Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales para los efectos de este artículo, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades.
Dentro de las personas morales de las disposiciones generales, de los ingresos, del articulo 15 de los contribuyentes, para determinar los pagos provisionales a que se refiere el artículo 14 de esta Ley, estarán a lo siguiente:. En el párrafo I. dice: No se considerarán los ingresos de fuente de riqueza ubicada en el extranjero que hayan sido objeto de retención por concepto de impuesto sobre la renta ni los ingresos atribuibles a sus establecimientos ubicados en el extranjero que estén sujetos al pago del impuesto sobre la renta en el país donde se encuentren ubicados estos establecimientos.
Dentro de las personas morales de las disposiciones generales, del artículo 15. Del párrafo II. Nos dice que los contribuyentes que estimen que el coeficiente de utilidad que deben aplicar para determinar los pagos provisionales es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que correspondan dichos pagos, podrán, a partir del segundo semestre del ejercicio, solicitar autorización para disminuir el monto de los que les correspondan. Cuando con motivo de la autorización para disminuir los pagos provisionales resulte que los mismos se hubieran cubierto en cantidad menor a la que les hubiera correspondido en los términos del artículo 14 de esta Ley de haber tomado los datos relativos al coeficiente de utilidad de la declaración del ejercicio en el cual se disminuyó el pago, se cubrirán recargos por la diferencia entre los pagos autorizados y los que les hubieran correspondido.
En el articulo 16. . Para los efectos de la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas, la renta gravable
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