Criticas Al Codigo Del Proceso
Enviado por fuhler • 21 de Marzo de 2014 • 1.169 Palabras (5 Páginas) • 310 Visitas
Es paradójico, pero real: casi toda nueva ley viene escoltada por la irresistible tentación de criticarla. Ciertamente, los nuevos preceptos suelen afrontar un concierto de disidencias que, al mejor estilo de la Marcha turca de Mozart, son de paso firme, acelerado e imbatible. Lo más curioso es que esta es una tendencia que, en ciertos individuos, resulta tanto más irreflexiva, cuanto mayor es el esfuerzo intelectual que deben hacer para acomodarse a la nueva normativa.
Comprensible o no, pareciera ser un fenómeno que actualmente embate al recientemente sancionado Código General del Proceso: a pesar de lo imperiosa que parecía ser la modificación al régimen vigente, algunos se han ensañado en exacerbar sus defectos y subestimar sus bondades.
Pues bien, frente a ello, este pequeño análisis pretende simplemente proponer algunos nuevos elementos de juicio que, a partir de una visión más equilibrada, acusen algunas ventajas y desventajas de la nueva legislación, advirtiendo desde ya que, a pesar de las segundas, el Código General pareciera ser una afortunada reacción legislativa frente a la realidad contemporánea del proceso.
En efecto, un país que en Doing Business 2012 ocupa el puesto 149 de 183 economías examinadas en relación con la eficiencia y la agilidad de los procesos probablemente requiere de una sensible transformación en el esquema tradicional que orienta a la actividad procesal.
De hecho, el caso colombiano es paradigmático: además de que el tiempo que demanda un proceso está ostensiblemente por encima del promedio de la región Gráfica 1, los costos son también muy elevados Gráfica 2 y el país no refleja mejorías significativas desde el 2005 Gráfica 3. Frente a este panorama, el Código General implica, de entrada, una gran bondad: no solo aparece en un momento histórico en el que resulta imprescindible, sino que refleja la necesaria voluntad política tendiente a mejorar el sistema procesal vigente en Colombia.
Pero, además, esta es una reforma legal que, sumada a la oralidad y a la unificación de procesos, se destaca porque:
1. Suple la deficiencia de un catálogo general de principios procesales que aquejaba al Código de Procedimiento Civil de 1970. De este modo, establece las directrices axiológicas e ideológicas del proceso, las cuales servirán de fuente de interpretación e integración del mismo.
2. Apuntala la seguridad jurídica en materia procesal. En efecto, el Código General del Proceso zanja viejas discusiones que eran fuente de incertidumbre en los trámites seguidos ante la jurisdicción. Así, por ejemplo, aclara la tasación de la cuantía cuando hay reclamación de perjuicios extrapatrimoniales, resuelve importantes inquietudes sobre el juramento estimatorio y simplifica, en la medida de lo posible, algunos trámites engorrosos.
1. Depura instituciones procesales anacrónicas que generaban confusión para los litigantes y retrocesos en los procesos. Es de destacar, por ejemplo, la desaparición de la denuncia del pleito como una institución autónoma, la restricción más severa en la comisión de las pruebas, la eliminación de la tipicidad estricta en las medidas cautelares, la atenuación del requerimiento de cauciones y, muy especialmente, la unificación de ciertos trámites que antes eran dispersos y fragmentarios.
1. Acomete una modernización general del proceso. Esta modernización se refleja, de una parte, en la autorización que se le da al juez para valerse de los medios tecnológicos que considere pertinentes para mejorar su labor, y, de la otra, en la estructura misma del proceso, basado en dos audiencias, con nuevas instituciones e, incluso, nuevos procesos, como el monitorio.
1. Hace ajustes importantes
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