Cuadro penal tributario
Enviado por federico gesu • 2 de Abril de 2020 • Apuntes • 367 Palabras (2 Páginas) • 228 Visitas
DEFRAUDACION, VIA ADM Ley de procedimiento tributario | EVASION SIMPLE, Ley penal tributaria. VIA PENAL | EVASION AGRAVADA, Ley penal tributaria. VIA PENAL |
Defraudación hasta $1.499.999 por año y por impuesto aun cuando sea de carac. Instantáneo. | Evasión simple de $1.500.000 hasta $14.999.999. por año y por impuesto aun cuando sea de carac. Instantáneo. | Evasión agravada de $15.000.000 en adelante. por año y por impuesto aun cuando sea de carac. Instantáneo. |
No hay prisión | 2 a 6 años de prisión, es excarcelable al ser menor a 3 años pagando una fianza | De 3,6 a 9 años de prisión. No es excarcelable. |
- | No puede recaer sobre una persona jurídica, sino que recae sobre las personas humanas q lo hicieron posible. Las personas humanas responden solidariamente, en el derecho penal tributario las phumanas van a prisión y la pjuridica también tiene sanción. | No puede recaer sobre una persona jurídica, sino que recae sobre las personas humanas q lo hicieron posible. Las personas humanas responden solidariamente, en el derecho penal tributario las phumanas van a prisión y la pjuridica también tiene sanción. |
Cuando retengo y no deposito por menos de $100.000. ART 46 | Cuando retengo y no deposito entre $100.000 y $2.000.000 | Cuando retengo y no deposito mayor a $2.000.000 |
Insolvencia fiscal fraudulenta | Utilizar estructuras tributarias indebidas y con ellos evadir más de $2.000.000 | |
Simulación dolosa de pago (Ej. Hacer un VEP FALSO) $500.000 anual o $100.000 mensual. | Se utilicen beneficios fiscales indebidos y se evada $2.000.000 o más. | |
Alteración dolosa de registros, alteración en los libros rubricados o los sistemas. | ||
Cuando se use una factura APOC y se evada de impuesto menos de $1.500.000 | Poner un VEP falso como excepción para detener juicio de ejecución fiscal | Cuando se use una factura APOC y se evada de impuesto más de $1.500.000 |
Aprovechamiento indebido de subsidios | ||
SEGURIDAD SOCIAL: (Acá los importes son mensuales) | Cuando se evada aportes mas contribuciones de forma conjunta o separada mas de $200.000 mensual | Cuando se evada aportes mas contribuciones de forma conjunta o separada mas de $1.000.000 mensual |
Se le retenga a un empleado aportes por menos de $100.000 | Pasen 30 dias y el empleador no ingrese las retenciones por los aportes de seg social por $100.000 MENSUAL | Cuando una PF o PJ no permita conocer la identidad del delincuente y se evadan mas de $400.000 mensual de aportes y contribuciones en forma conjunta o separada. |
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