Cuestionario De Derecho Constitucional I
Enviado por • 19 de Marzo de 2014 • 5.766 Palabras (24 Páginas) • 2.053 Visitas
CUESTIONARIO DE DERECHO CONSTITUCIONAL
TEMA II ANTECEDENTES HISTÓRICOS DEL CONSTITUCIONALISMO MEXICANO
1. EXPLIQUE LA CONSTITUCIÓN DE CÁDIZ.
El régimen jurídico-político de la Nueva España experimentó un cambio radical con la expedición de la Constitución de Cádiz de 1812, confeccionada, sin lugar a dudas, bajo la influencia de las corrientes ideológicas que dejaron un sello preceptivo indeleble en la declaración francesa de 1789. Fue así como en la primera carta constitucional española propiamente dicha, se consagraron los principios torales sobre los que se levantó el edificio del constitucionalismo moderno, tales como el de soberanía popular, el de división o separación de poderes y el de limitación normativa de la actuación de las autoridades estatales. Por tanto, a virtud de la Constitución de 1812, España deja de ser un Estado absolutista para convertirse en una monarquía constitucional; al rey se les despoja del carácter soberano ungido por la voluntad divina, para considerarlo como mero depositario del poder estatal cuyo titular es el pueblo, reduciendo su potestad gubernativa a las funciones administrativas y diferenciando claramente éstas de las legislativas y jurisdiccionales, que se confiaron a las Cortes y a los tribunales, respectivamente.
2. ¿QUIÉN Y EN DÓNDE SE PROMULGÓ EL ESCRITO DENOMINADO “SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN”?
Sentimientos de la Nación fue un documento, expuesto por José María Morelos y Pavón el día 14 de septiembre de 1813 en Chilpancingo. Es considerado uno de los textos políticos mexicanos más importantes, el conjunto de ideas expresadas se fundamenta en la Guerra de Independencia de los Estados Unidos, así como en la Revolución francesa.
3. EXPLIQUÉ BREVEMENTE EL CONTENIDO DE “SENTIMIENTOS DE LA NACIÓN”.
1. Que la América es libre e independiente de España y de toda otra nación, gobierno o monarquía, y que así se sancione dando al mundo las razones.
2. Que la religión católica sea la única sin tolerancia de otra.
3. Que todos sus ministros se sustenten de todos y solos los diezmos y primicias, y el pueblo no tenga que pagar más obvenciones que las de su devoción y ofrenda.
4. Que el dogma sea sostenido por la jerarquía de la Iglesia, que son el papa, los obispos y los curas, porque se debe arrancar toda planta que Dios no plantó: Omnis plantatio quam non plantavit Pater meus celestis erradicabitur [Todo lo que Dios no plantó se debe arrancar de raíz]. Mateo Capítulo XV.
5. Que la soberanía dimana inmediatamente del pueblo, el que sólo quiere depositarla en el Supremo Congreso Nacional Americano, compuesto de representantes de las provincias en igualdad de números.
6. Que los poderes legislativo, ejecutivo y judicial estén divididos en los cuerpos compatibles para ejercerlos.
7. Que funcionarán cuatro años los vocales, turnándose, saliendo los más antiguos para que ocupen el lugar los nuevos electos.
8. La dotación de los vocales, será una congrua suficiente y no superflua, y no pasará por ahora de ocho mil pesos.
9. Que los empleos sólo los americanos los obtengan.
10. Que no se admitan extranjeros, si no son artesanos capaces de instruir y libres de toda sospecha.
11. Que los estados mudan costumbres y, por consiguiente, la patria no será del todo libre y nuestra mientras no se reforme el Gobierno, abatiendo el tiránico, sustituyendo el liberal, e igualmente echando fuera de nuestro suelo al enemigo Español, que tanto se ha declarado contra nuestra patria.
12. Que como la buena ley es superior a todo hombre, las que dicte nuestro congreso deben ser tales, que obliguen a constancia y patriotismo, moderen la opulencia y la indigencia, y de tal suerte se aumente el jornal del pobre, que mejore sus costumbres, alejando la ignorancia, la rapiña y el hurto.
13. Que las leyes generales comprendan a todos, sin excepción de cuerpos privilegiados, y que éstos sólo sean en cuanto al uso de su ministerio.
14. Que para dictar una ley se haga junta de sabios en el número posible, para que proceda con más acierto y exonere de algunos cargos que pudieran resultarles.
15. Que la esclavitud se proscriba para siempre y lo mismo la distinción de castas, quedando todos iguales, y sólo distinguirá a un americano de otro el vicio y la virtud.
16. Que nuestros puertos se franqueen a las naciones extranjeras amigas, pero que éstas no se internen al reino por mas amigas que sean, y sólo habrá puertos señalados para el efecto, prohibiendo el desembarque en todos los demás, señalando el diez por ciento.
17. Que a cada uno se le guarden las propiedades y respete en su casa como en un asilo sagrado señalando penas a los infractores.
18. Que en la nueva legislación no se admita la tortura.
19. Que en la misma se establezca por ley constitucional la celebración del día 12 de diciembre de todos los pueblos, dedicando a la patrona de nuestra libertad, María santísima de Guadalupe, encargando a todos los pueblos la devoción mensual.
20. Que las tropas extranjeras o de otro reino no pisen nuestro suelo, y si fuere en ayuda, no estarán donde la Suprema Junta.
21. Que no hagan expediciones fuera de los límites del reino, especialmente ultramarinas; pero que no son de esta clase propagar la fe a nuestros hermanos de Tierra-dentro.
22. Que se quite la infinidad de tributos, pechos e imposiciones que más agobian y se señale a cada individuo un cinco por ciento de semillas y demás efectos u otra carga igual, ligera que no oprima tanto, como la alcabala, el estanco, el tributo y otros; pues con esta ligera contribución y la buena administración de los bienes confiscados al enemigo, podrá llevarse el peso de la guerra y honorarios de empleados.
23. Que igualmente se solemnice el día 16 de septiembre todos los años, como el día aniversario en que se levantó la voz de la independencia y nuestra santa libertad comenzó, pues en ese día fue en el que se desplegaron los labios de la nación para reclamar sus derechos con espada en mano para ser oída, recordando siempre el mérito del grande héroe, el señor don Miguel Hidalgo y su compañero don Ignacio Allende.
4. ¿QUÉ AVANCES JURÍDICOS TUVO LA PROCLAMACIÓN DE LA INDEPENDENCIA DE MÉXICO?
Con el movimiento insurgente iniciado en septiembre de 1810, la historia jurídica de la Nueva España se bifurca. En efecto, la ideología de nuestros principales libertadores, entre los que descuella el insigne Morelos, concibió y proyectó importantísimos documentos de carácter constitucional que sirvieron como índices de estructuración política-jurídica para el caso de que México hubiese logrado su emancipación. Por tanto, la historia de nuestro
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