Cuestionario basico sobre derecho comercial
Enviado por Romen Ter-Gazarian • 21 de Julio de 2020 • Apuntes • 12.294 Palabras (50 Páginas) • 158 Visitas
- ¿Qué es el derecho? Brinde sus posibles y diferentes acepciones. Explique la función del derecho.
Es un conjunto de reglas establecidas para regir las relaciones de los hombres en sociedad.
- El Derecho como orden justo: Poniendo énfasis en el valor -fin- Justicia, se lo vincula con el orden social justo. Considera el Derecho como hacedor de Justicia, y el que no lo logra no merece ser denominado como tal.
- El Derecho como norma: solamente es Derecho, aquel que ha sido impuesto por el Poder, es decir, el sistema de normas emanadas de autoridad competente, o que consideramos más adelante como el orden legal, que puede no ser Justo.
- El Derecho como efectivamente realizado: toma en cuenta el hecho, la conducta, es decir, poner la mira en la efectividad del Derecho, tal como lo concebía Carlos Cossio, como el resultado de la conducta.
Su función es el logro de la justicia, o bien para el cumplimiento de finés comunes.
- Efectúe la distinción entre derecho objetivo y derecho subjetivo.
Derecho objetivo: Se lo identifica con el estudio de la norma vigente, o en el -hecho trascendente -o sea el fenómeno jurídico, tomando como significado de fenómeno "aquello que trasciende de la naturaleza" -que resultan de la observación de los códigos. Así vinculamos a esta clasificación con los códigos de leyes: Penal, Civil, Comercial, con nuestra norma fundamental, a saber, la Constitución nacional, o simplemente una norma.
Derecho subjetivo: Se denomina así a la prerrogativa, la facultad, que un sujeto de derecho o sujetos de derechos tienen para realizar determinados actos de relevancia jurídica dentro del ámbito de libertad que precisamente el Derecho les proporciona. Según los positivistas, es factible la existencia del derecho subjetivo si existe la norma.
- ¿Porqué se dice que “la coerción” es un elemento integrativo del derecho? ¿En qué consiste?
La Coerción emana de la norma y es lo que le permite al hombre decidir, casarse, comprar, testar, vender, etcétera. Pero para que este conjunto de reglas establecidas pueda regir, necesita de un mecanismo que comienza a funcionar cuando se produce el incumplimiento de lo que especifica el Derecho. Ese mecanismo es la coerción. La coerción hace que sea observado el Derecho. Dicho ordenamiento responde a un sentimiento, a un anhelo, a un aspiración hacia un orden justo, determinado como consecuencia de hechos económico-sociales, en un momento concreto de la Historia.
Es necesario que al sentimiento del Derecho vaya unida una posibilidad de coerción; la posibilidad de que el Derecho sea impuesto. La coacción es una reacción consciente, exterior, el servicio de un orden jurídico que obra sobre la voluntad, determinando un modo de acción.
- ¿A qué se llama derecho positivo? En este sentido ¿qué quiere decir Prado cuando habla de “mutabilidad del derecho”?
Derecho positivo: El Derecho es aquel que traduce "un poder juridico reglado, acordado a una determinada voluntad en vista de un interés". Decimos esto porque nace de la ley, no es un poder o facultad que tenga valor por sí solo, pues ése se lo da la ley, y por eso, precisamente, decimos acordado a una determinada voluntad; porque como derecho que nace de la norma no es preexistente a ésa. La norma acuerda esos poderes, no los reconoce, y éstos se acuerdan a una determinada voluntad, no a toda la voluntad.
Mutabilidad de derecho: Es la capacidad que tiene el derecho de mutar según el tiempo y espacio. A medida que hay trascendencias sociales, hechos, investigaciones, las leyes pueden tomar formas y adaptarse a las necesidades actuales del ser humano. Son las contingencias que puede aportar la técnica, los nuevos descubrimientos, la constante creatividad, la que da lugar a nuevas apetencias o necesidades, todas ellas tendientes a mejorar su nivel de vida; así que, girando en torno de la libertad, enmarcada en las garantías y seguridades, origina nuevas normas constitutivas de un Derecho que hoy puede reconocer un hecho social que, hasta ayer, estaba oculto al conocimiento del hombre. El Derecho no es estático, cambia, evoluciona a nuevas formas de vida, condiciona aspectos económicos, sociales.
- Enuncie las características y diferencias entre Moral y Derecho; y responda: ¿Todo lo lícito es moral? ¿Todo aquello que se considera moralmente reprochable es ilícito?
La Moral: enjuicia la conducta del hombre a la luz de valores supremos, expresados en una vida en plenitud. Entiende este juicio dentro de una realidad individual. La Moral es plena y absoluta y por lo tanto es única, singular e intransferible. Está, pues, vinculada con el sujeto mismo que la realiza. El así lo entiende que debe hacer, o bien que no lo debe hacer; un principio ético se traduce en un doble orden de valoraciones; porque los actos que se trata de valorar puede considerarse bajo dos aspectos. es algo que pertenece al campo subjetivo y se realiza dentro de él. El principio ético aplicado en tal forma establece, pues, un orden de necesidad positivo y negativo, que es cabalmente el deber (moral). La antítesis se da aquí entre aquello que se debe hacer y aquello que no se debe hacer.
El derecho: El campo de la Moral es la conciencia, es decir, el de la intimidad del sujeto. En cambio, el Derecho actúa y se proyecta sobre un terreno que es de la coexistencia y cooperación sociales. La Moral nos obliga a esforzarnos por hallar la verdad, y en cambio el Derecho garantiza la libertad de pensamiento decretando que éste quede exento de la intervención coercitiva. La Moral nos dice: están prohibidos ciertos actos; así, pues, en materia sexual está prohibida la violación, el abuso deshonesto. El Derecho en ese mismo orden nos dice que garantiza jurídicamente todos aquellos actos que no estén prohibidos por el Derecho. Puede darse el caso de que el Derecho garantice algunos actos que prohíba la moral. De ahí aquella frase que ha llegado a nuestro tiempo y que expresa: No todo lo lícito es moral.
Por el hecho de ser válida la norma no es justa ni moral. Teniendo en cuenta que la moral esta expresado dentro de una realidad individual es inadmisible a una coexistencia social. No todo lo lícito es moral.
La validez de las normas se apoya, en última instancia, en el poder, ordinariamente el poder soberano del Estado, y no en su moralidad o en su justicia. Una norma sigue siendo válida aunque sea inmoral, siempre que forme parte del ordenamiento. Reducir la validez a la justicia y a la moralidad contenida en la norma no facilita la incorporación de criterios morales o de justicia, sino que crea confusión. El hecho de ser válida la norma no es justa ni moral.
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