Cuestionario de Derecho Internacional Privado
Enviado por Serchireyes • 17 de Noviembre de 2021 • Examen • 5.482 Palabras (22 Páginas) • 197 Visitas
Argumedo Reyes Sergio Andrés Derecho Internacional Privado: 1502 Ramírez M. Noé
CUESTIONARIO 1
- ¿Cuáles son las diferentes propuestas de contenido del Derecho Internacional Privado?
En Inglaterra y EE.UU., el Derecho Internacional Privado se suscribe al estudio de los métodos de los conflictos tanto de competencia judicial como de leyes.
Debido a la marcada influencia que el derecho civil y la doctrina civilista francesa ejercieron en los países de América Latina durante el siglo XIX y XX, se divide en cuatro temas:
- Derecho a la nacionalidad
- condición jurídica de los extranjeros
- Método de los conflictos de leyes
- Métodos de los conflictos de competencia judicial.
- Menciona al menos cuatro aspectos sobresalientes del Derecho Internacional Privado en América Latina y México
La Convención de Montevideo de 1889 (Argentina, Colombia, Paraguay, Uruguay, Bolivia y Perú), el Tratado de Derecho Internacional Privado de Lima de 1878 (Argentina, Bolivia, Chile, Cuba, Ecuador y Perú, pero no entró en vigor porque solo lo ratificó Perú), la Convención de Derecho Internacional Privado (Código Bustamante, 1928) y por último el Primer Código Civil en América Latina (1855).
- ¿Cuál es el objetivo del Derecho Internacional Privado?
El objetivo es meramente el estudio de los diversos métodos que se emplean para la resolución de problemas derivados del tráfico jurídico privado internacional.
- Señale las diferencias formales entre el derecho interno y el derecho internacional:
- Derecho Interno
a) Cada Estado tiene un conjunto de normas que constituyen un sistema jurídico por lo común, estas normas derivan de un cuerpo normativo supremo denominado Constitución
b) Por lo regular, cada sistema jurídico interno tiene prevista la existencia de un legislador o un cuerpo legislativo que elabora y emite leyes, así como de un cuerpo judicial que interpreta dichas leyes y juzga conforme a ellas
c) Existe un órgano o una persona designada para aplicar las leyes que emite el legislador
d) El sistema jurídico de cada Estado tiene, en principio, un ámbito material limitado y definido de aplicación coactiva que se circunscribe al territorio de dicho Estado
- Derecho Internacional
a) No existe un conjunto definido de normas ni estas constituyen un sistema
b) La carta de las Naciones Unidas prevé que la Asamblea General es su órgano supremo y que este aprueba la normatividad internacional
c) El Consejo de Seguridad de la ONU que se encarga, en casos extremos, de emitir y aplicar normas internacionales, es un órgano en el que solo están representados de modo permanente los países política, económica y militarmente más fuertes
d) Las normas del Derecho Internacional tienen como ámbito de aplicación en principio, los territorios de los países que las acepten y los espacios comunes de los Estados
- Explique brevemente los criterios de distinción entre el Derecho Internacional Público y el Derecho Internacional Privado:
-Criterio subjetivo: Los sujetos del Derecho Internacional Público son los Estados y los Organismos Internacionales. Por otra parte, los sujetos del Derecho Internacional Privado son los particulares
-Criterio objetivo: El origen de las normas del Derecho Internacional Público es internacional y excepcionalmente nacional. Con el Derecho Internacional Privado es lo contrario, ya que sus normas son nacionales y excepcionalmente internacionales.
- ¿Cómo se explica el fenómeno de la pluralidad de las leyes?
Significa que en un momento determinado y dentro de un territorio específico existe la posibilidad de aplicar una ley de entre varias que son susceptibles de ser aplicadas.
- ¿En qué consiste la personalidad de las leyes?
Consiste en aplicar la ley debido a la calidad de la persona. Esta tradición surge por primera vez en Roma (ciudadanos romanos = jus civile y ciudadanos extranjeros = jus gentium).
- ¿Qué es el territorialismo de las leyes?
Consiste en aplicar la misma ley del foro a todas las personas que se encuentren dentro de un territorio determinado, sin tomar en cuenta su origen.
- ¿Cuáles son los rasgos más significativos de las escuelas de la Edad Media (glosadores y posglosadores)?
-Glosadores: La ley debe tener un ámbito de aplicación en el espacio y el juez debe aplicar invariablemente su propia ley en cuanto al procedimiento, y la ley aplicable será en el lugar donde el contrato se hubiese celebrado. Dos autores establecieron las bases de las instituciones modernas del DIPr;
- Siglo XII, Azón,con su obra “Summa Codicis”
- Carolus de Tocco, con su glosa “Statum Non Subditos”
-Posglosadores: El principal autor consideró que debía existir un estatuto intermedio aplicable a los actos jurídicos, esto equivale a la ley del lugar donde se celebra el acto.
1) Bartolo de Sassoferrato: se considera el fundador del DIPr moderno, ya que en sus glosas hace una síntesis de todos los estatutos que existían.
- ¿Cuáles son y en qué consisten las dos tendencias que se desarrollaron en el seno de la escuela francesa del siglo XVI?
- Charles Dumoulin redactó “Un comentario al título de los feudos de la Costumbre de París”, en donde estableció las bases para el surgimiento de las ideas supranacionalistas, tomando no en cuenta únicamente criterios de orden local.
- Bertrand d’Argentré redactó “La costumbre de Bretaña”. En ella delineó el método dogmático y la idea sistemática del territorialismo, misma que se divide en dos: se rigen por la ley de su ubicación y las personas se rigen por la ley de su domicilio, y los bienes muebles se rigen por la ley del domicilio del propietario.
- ¿Cuáles son los rasgos distintivos de la escuela holandesa del siglo XVII?
Paul Voet, Ulrich Huber y Jean Voet. Las ideas básicas son las siguientes: la ley holandesa debe aplicarse de manera general a toda persona y a todo acto jurídico en territorio holandés. Dichos autores aceptan la aplicación de la ley extranjera con objeto de preservar los derechos adquiridos fuera de Holanda.
- Menciona y describa brevemente las tres tendencias principales en el Derecho Internacional Privado.
1) Teorías supranacionalistas: Debe tener un contenido normativo de naturaleza supranacional, se originan en los trabajos de Dumoulin y fueron desarrolladas por juristas de principios del siglo XX.
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