Cuestionario de Notarial
Enviado por Karla Pérez • 3 de Agosto de 2017 • Apuntes • 1.138 Palabras (5 Páginas) • 88 Visitas
Cuestionario de Notarial
- Clases de escrituras públicas en Guatemala
- Principales: se perfeccionan en un mismo acto, son independientes de cualquier otra escritura. (compraventa)
- Complementarias: conocidas como accesorios, estas vienen a complementar una escritura anterior que no se perfeccionó.
- Canceladas: son aquellas que no hacen a la vida jurídica.
- Estructura de la escritura pública en Guatemala:
- Introducción: encabezamiento y comparecencia.
- Cuerpo: antecedentes, exposición y estipulaciones.
- Conclusión: cierre otorgamiento, advertencias y autorización.
- Técnica Notarial: son los procedimientos y recursos a utilizar al redactar una escritura pública. Aspectos técnicos
- La Rogación: el notario no puede actuar de oficio, es necesario la solicitud o requerimiento de las partes interesadas.
- La competencia: el notario puede actuar en cualquier lugar de la República.
- La claridad: utilizar el lenguaje adecuado para evitar que a lo escrito se le dé una interpretación diferente.
- La observancia de la ley: en la redacción de la escritura se debe ajustar en todo a la ley.
- Los fines de la escritura: al redactar la escritura pública se debe estar convencido de que la misma llena los fines para los cuales fue otorgada.
- Los impedimentos del notario: Art. 77CON
Autorizar actas o contratos en favor suyo o de sus parientes.
- La conservación y reproducción de la escritura:
La escritura matiz del notario la conserva el protocolo a su cargo además es el encargado de reproducirla en copias o en testimonios.
- El registro: la mayoría de testimonios de las escrituras públicas van a los registros públicos, los notarios son los que lo llevan.
- Acta Notarial: es el documento autorizado a instancia de parte por un notario donde se consignan las circunstancias, manifestaciones y hechos que presencian y les constan, de los cuales dan fe y que por su naturaleza sean materia de contrato.
- Clasificación de actas notariales: Art. 60 CPN
- (Gonzáles Palomino) Tipos de actas
- Actas de Presencia: documentan una actividad pasiva.
- Actas de protocolización de notificación o requerimiento: documentan una actividad activa.
- Clasificación de Oscar salas de actas
De presencia
De referencia
De notoriedad
De requerimiento
De Subsanación
De depósito
De protocolización.
- Clasificación de las actas notariales en Guatemala:
- Actas de Presencia: el notario da fe de lo que se percibe con sus sentidos.
- Actos de referencia: el notario da fe de lo que le manifiestan (actas de testigos)
- Actas de requerimiento: el notario da fe de lo que le soliciten (cambio de nombre)
- Actas de notificación: el notario da fe que hace saber a una de las partes la resolución de algún asunto.
- Actas de notoriedad: es igual a identificación de tercero.
- Diferencia entre acta notarial y escritura pública
Externo. Actas Notariales papel bond y no llevan numeración. No se puede extender testimonios o copias
Escrituras públicas. Actas de protocolización y razones de legalización de firmas papel protocolo, y llevan número y fecha. Y se puede reproducir expidiendo testimonios y copias las veces que sea solicitado.
- Cómo se divide el acta notarial
- Rogación: en la ciudad de Jutiapa siendo las ocho horas del día uno de mayo del año dos mil yo: Karla Julissa Pérez, Notaria, constituida en mi oficina profesional situada en la XXX soy requerida por el Sr. Juan de dos años de edad, soltero, guatemalteco.
- Objeto de la rogación: que requiere mis servicios profesionales para que haga constar su sobrevivencia procedió de la forma siguiente. Primero,
- Cierre: termino la presente a las ocho horas con veinte minutos en el mismo lugar y fecha de su inicio constando la misma en una hoja papel bond a la que adhiero un timbre fiscal de 50c. y uno notarial de Q.10.
- Autorización notarial: leo íntegramente lo escrito al requerimiento quienes enterados de su contenido, objeto y validez y demás efectos legales, la aceptan, ratifican y firman con el notario que autoriza. Doy fe.
- Fases para la elaboración del acta notarial
- Fase de evidencia: se da en el momento que el hecho se realiza.
- Fase de solemnidad: se da en el momento en que el hecho tiene que trasladarse al papel.
- Fase de objetivación: se da cuando el hecho presente se convierte en hecho narrado y permanece así.
- Aspectos de técnica notarial:
- La rogación: el notario tiene que actuar en el lugar y en el tiempo oportuno.
- La competencia: en Guatemala se es libre de actuar en cualquier lugar de la República.
- La observancia de la Ley: el notario al fraccionar el acta debe estar seguro de que se cumplen los fines para lo que fue requerido.
- Los impedimentos: no autorizar actos en favor suyo o en favor de sus parientes.
- Actas de protocolización: Guntales Palomino documenta una declaración del notario respecto a una actividad.
- Protocolizar: es incorporar al protocolo documentos públicos o privados.
- Diferencia entre Protocolar y protocolizar:
Protocolar: agregar material al protocolo con fines de conservación o custodia.
Protocolizar: es asentar en el libro de protocolo.
- Documentos que pueden protocolizarse:
Según el artículo 63 CDN
- Los documentos o diligencias cuya protocolización esté ordenada por la ley o por tribunal competente.
- Los documentos privados cuyas firmas hubieren sido previamente legalizadas.
- Los documentos privados sin reconocimiento o legalización de firmas.
- ¿Cuáles son los casos de documentos o dirigencias cuya protocolación está ordenada por la ley?
- El acta de matrimonio.
- Documentos provenientes del extranjero.
- ¿Qué se hace para que los documentos provenientes del extranjero sean admisibles y puedan surtir efectos?
Deben ser legalizados por el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Acta de Legalización de firmas (auténtica)
Carlos Emérito González: la certificación de firmas que realiza el escribano Oscar Sales; autenticación de firmas y fecha de un documento.
- Requisitos para legalización de firmas:
- Que sean puestas (presencia estampa y firma)
- Que sean reconocidas (ya está puesta y se reconoce ante notario)
- Razón de legalización de Firmas.
Se hace en papel protocolo.
Es la razón que lleva a cabo el notario, en el protocolo a su cargo dentro de los 8 días de haber legalizado una firma en un documento Art. 59.
...