¿Cuáles son los requisitos para tener derecho a las prestaciones sociales?
Enviado por Leonel Vasquez • 18 de Junio de 2018 • Trabajo • 475 Palabras (2 Páginas) • 221 Visitas
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¿Cuáles son los requisitos para tener derecho a las prestaciones sociales?
- Ser abogado o Notario Colegiado activo
- Estar al día es sus cuotas ordinarias y/o extraordinarias
- Para los colegiados que ejerzan libremente la profesión, cumplir con la obligaciones notariales (ARTICULO 2. Los fondos provenientes de tal impuesto son privativos del Colegio de Abogados y Notarios de Guatemala, el que recaudara y empleará su producto solamente en el desarrollo de los programas de prestaciones sociales establecidas a favor de sus miembros colegiados activos que contribuyan a su mantenimiento con sujeción a los reglamentos que determinarán su naturaleza, orden, métodos y planes que se han de seguir para la aplicación de los respectivos programas de prestación.
- En el caso de los que aportan contribuciones voluntarias, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 21 (casos especiales de colegiados, los colegiados activos abogados y notarios que no ejerzan la profesión en forma liberal deben contribuir con una aportación de un 5% de un monto equivalente a 60 cuotas mensuales a la UNIDAD DE PRESTACIONES
¿Cuáles son los requisitos específicos?
- Haber contribuido al fondo de prestaciones, sea por ejercicio de la profesión liberal, o bien mediante la contribución voluntaria como mínimo doce meses anterior a la fecha ininterrumpida
- En cuanto a las prestaciones de pensión a beneficiarios, prestación post mortem y gastos funerarios se otorgara sin importar el tiempo que haya contribuido el colegiado.
Con los requisitos cumplidos que procede después
Habiendo acreditado lo establecido en los artículos 16 y 17, en lo que corresponde deberá de realizar una serie de paso más que inician con:
- Solicitud escrita dirigida a la junta directiva (Articulo 18 del reglamento de prestaciones del colegio de abogados y notarios de Guatemala)
- Para reintegro de gastos médicos debe de Adjuntar medio de prueba (recetas médicas, remisiones médicas, especialistas u hospitales; facturas a nombre del colegio por los gastos u honorarios pagados, certificación extendida por el médico tratante y certificación de nacimiento en el caso de gastos médicos por maternidad.
- Pensión por maternidad presentar constancia de preñez o certificación de nacimiento
- Por incapacidad presentar certificación por médico especializado en la materia.
- Incapacidad no permanente: certificación por médico tratante, la cual deberá renovarse cada treinta días
- Pensión por vejez: certificado de nacimiento
- Pensión de Beneficiarios : Deberan acreditar el fallecimiento del colegiado a través de la certificación de defunción y la calidad del beneficiario debera acreditarse con los respectivos atestados del registro civil (dpi, partida de nacimiento)
Porqué Causas se extinción las pensiones (artículo 20)
- La muerte del pensionado
- La rehabilitación del incapacitado
- Para el conyugue si se vuelve a casar o tenga unión de hecho declarado
- Para los hijos del colegiado fallecido cuando lleguen a la mayoría de edad, exceptuando los incapacitados
- Cuando los beneficiarios fallezcan
- Por vencimiento de los plazo
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