Código De ética Contabilidad
Enviado por pame1 • 11 de Abril de 2013 • 507 Palabras (3 Páginas) • 526 Visitas
El Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, que se encuentra vigente, contiene el marco conceptual que requieren los Contadores Públicos Peruanos para identificar, evaluar y direccionar su actuación profesional, dentro de un marco adecuado, ante la sociedad.
El Código de Ética Profesional del Contador Público Peruano, contiene un conjunto de normas que tienen por objetivo, orientar la actuación profesional, dentro de los marcos del honor, dignidad y capacidad profesional, actuando con probidad y buena fe, en todos sus actos.
Además, se encuentra, un título preliminar, incorporando los cinco principios fundamentales de la Ética Profesional, dispuesto en la parte A del Código de Ética de la IFAC versión 2011.
El Código regula el ejercicio profesional del Contador Público Colegiado tanto en forma independiente como en relación de dependencia. Asimismo, norman las relaciones profesionales del Contador Público Colegiado con sus colegas de profesión.
En el ejercicio profesional, el Contador Público Colegiado actuará con probidad y buena fe, manteniendo el honor, dignidad y capacidad profesional, observando las normas del Código de ética en todos sus actos.
El Contador Público Colegiado tiene la obligación de guardar el secreto profesional y de no revelar por ningún motivo los hechos, datos o circunstancias de los que tenga conocimiento en el ejercicio de su profesión, excepto aquella información requerida por las autoridades jurisdiccionales competentes por mandato de la Ley.
El Contador Público Colegiado que ejerza sus actividades profesionales en relación de dependencia deberá fomentar permanentemente la conciencia tributaria de su empleador y, asimismo, mantenerse actualizado en los conocimientos inherentes a las áreas del servicio profesional que presta.
El Contador Público Colegiado que ejerza en forma independiente la profesión, no expresará su opinión profesional sobre los estados financieros o sobre cualquier otra información financiera complementaria, si el examen de dichos estados o información no ha sido practicado por él, o bajo su supervisión.
El Contador Público Colegiado deberá determinar con sus clientes o usuarios el monto de sus honorarios, para lo cual deberá tener en cuenta las labores o funciones a realizar, la responsabilidad que asume, la importancia de la empresa y otros factores de acuerdo a las circunstancias, de manera que, por exceso o por defecto, dichos honorarios no resulte lesiva a la dignidad profesional o sea contraria a toda regla de justa compensación. Consecuentemente, evitará toda controversia con sus clientes acerca de sus honorarios. El Contador Público Colegiado, cualquiera que fuera el campo en el que actúa, es responsable de sus actos y considerado causante de una acción de descrédito para la profesión.
Comete infracción grave el Contador Público Colegiado que valiéndose
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