Código De ética Profesional Del Instituto Mexicano De Auditores Internos
Enviado por maurienne • 23 de Septiembre de 2012 • 559 Palabras (3 Páginas) • 1.171 Visitas
Reconociendo que la ética es un aspecto de considerable importancia en la práctica de la Auditoria Interna y que los principios morales observados por los asociados del (IMAI) deben ser formalizados, el consejo nacional directivo en su reunión ordinaria, adopto la siguiente resolución:
considerando, que los asociados del IMAI representan a la profesión de auditoría interna, y considerando, que la administración de las empresas cuentan con la profesión de auditoría interna como apoyo en el cumplimiento de sus actividades, y considerando que dichos asociados deben mantener los mas elevados estándares de conducta, honorabilidad y dignidad, con el fin de llevar a cabo una practica de auditoría interna apropiada y significativa; se resuelve que sea adoptado un código de ética que delinee las normas de conducta profesional para guiar las acciones de cada miembro del IMAI.
De acuerdo con la resolución, el Consejo Nacional Directivo aprueba los principios definidos a continuación:
I. Los asociados tienen la obligación de desempeñarse de manera honesta, objetiva y diligente en la ejecución de sus deberes y responsabilidades.
II. Los asociados, al tener la confianza de quienes contratan sus servicios, deben manifestar su lealtad en todos los asuntos que les sean encomendados por los mismos o por todos aquellos a quienes puedan estar prestando un servicio. Sin embargo, los asociados no deberán tomar partido, conscientemente, por ninguna actividad ilegal o inapropiada.
III. Los asociados deben abstenerse de participar en cualquier actividad que pueda estar en conflicto con los intereses de la organización, que desacrediten a la auditoría interna o que pudiera perjudicar su capacidad para llevar a cabo objetivamente sus deberes y responsabilidades.
IV. Los asociados no deben aceptar gratificaciones o regalos de ningún empleado, cliente, proveedores, usuarios, directivos o socios de la organización que puedan dañar su criterio profesional.
V. Los asociados deben ser prudentes en el manejo de la información obtenida en el desarrollo de sus actividades. Esta información es de carácter confidencial y no debe ser utilizada para beneficio personal o que en forma alguna pueda ir en detrimento de los intereses de la organización.
VI. Al expresar su opinión, los asociados deben ser cuidadosos en obtener suficiente evidencia que garantice tal opinión. Al emitir sus reportes, los asociados deben revelar los hechos detectados en sus investigaciones ya que, de no hacerlo, pueden distorsionar el informe de los resultados sobre las operaciones investigadas o, inclusive, esconder alguna practica ilegal.
VII. Los asociados deben esforzarse continuamente para mejorar la calidad y efectividad de sus servicios, comprometiéndose a realizar solamente aquellos que razonablemente esperen concluir con autentica competencia profesional.
VIII. Los asociados deben, tanto ajustarse
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