Cómo Registrar una Marca en México?
Enviado por portarea • 18 de Noviembre de 2014 • Práctica o problema • 455 Palabras (2 Páginas) • 180 Visitas
Cómo Registrar una Marca en México?
Para registrar una Marca en México hay que seguir una serie de etapas:
• Presentación de Solicitud de Registro de Marca.
Una Solicitud de registro de marca debe presentarse ante la oficina de marcas de México Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI).
• Examen formal.
Presentada la solicitud, la oficina de marcas realizará un examen destinado a determinar si la solicitud presentada, y la documentación adjunta, cumple con los requisitos establecidos por la ley y su reglamento. Si la solicitud cumple con los requisitos requeridos, la fecha de presentación de la solicitud será aquella en que la solicitud fue ingresada a la oficina. En caso contrario, la fecha de presentación será aquella en que se ha dado cumplimiento a ellos, siempre que se haya realizado dentro del plazo legal establecido.
• Examen de Fondo.
Se realiza una vez que se ha efectuado el examen de forma, y tiene por objeto determinar si la marca cumple los requisitos de registrabilidad estipulados en la Ley. Si se concluye que la solicitud presentada no cumple dichos requisitos, el Instituto comunicará esta situación por escrito al solicitante, quien tendrá un plazo de dos meses para que subsane los errores u omisiones que se han presentado en la solicitud presentada. Si no se presenta contestación alguna dentro del plazo señalado, la solicitud se considerará abandonada.
• Registro de Marca - Publicación Gaceta.
Si se determina que la solicitud cumple con los requisitos establecido en la ley, o bien una vez que se han subsanado los errores u omisiones en que se hubiere incurrido, se expedirá el título, el que será publicado en la Gaceta.
• Duración del registro.
Un registro de marca tiene una vigencia de diez años, el cual se cuenta a partir de la fecha de presentación de la solicitud. Los registros pueden renovarse de manera indefinida, teniendo una duración de diez años por cada nuevo período.
• Prueba de Uso.
Opera solamente a petición de terceros, y solamente procederá cuando la marca que ha sido otorgada ha permanecido sin uso durante un plazo igual a superior a tres años consecutivos.
• Nulidad de marca.
Dentro de un plazo de 5 años desde la fecha en que ha sido publicada en la Gaceta el registro de marca respectiva, terceros interesados podrán solicitar se declare la nulidad de la marca registrada, y procederá cuando se configure alguna de las causales contempladas en el artículo 151 de la Ley de la Propiedad Industrial, dentro de las cuales destaca, el hecho de haberse otorgado registro a una marca igual, o similar en grado de confusión, respecto de una marca registrada con anterioridad en España o el extranjero, y que abarque productos o servicios iguales o semejantes. Esta situación deberá
...