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DEBIDO PROCESO EN EL MARCO DE UN ESTADO SOCIAL Y DE JUSTICIA


Enviado por   •  30 de Marzo de 2014  •  Trabajo  •  6.278 Palabras (26 Páginas)  •  303 Visitas

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UNIDAD I

DEBIDO PROCESO EN EL MARCO DE UN ESTADO SOCIAL Y DE JUSTICIA

Introducción

El Estado en su función de garante y protector de la administración de justicia debe tener como objetivo fundamental la garantía de la libertad del individuo, esta garantía además debe estar respaldada por un debido proceso y el derecho a la defensa. En toda esta responsabilidad igualitaria para todos los ciudadanos, que tiene el Estado para que el individuo como elemento fundamental de la sociedad pueda desenvolver sus actividades libremente, siempre y cuando su comportamiento esté acorde con las normas reguladoras que el Estado impone, están las normas reguladoras de tipo constitucional.

Todas estas garantías procesales y legales están plasmadas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en Tratados, Acuerdos y Convenios Internacionales debidamente suscritas por la República, en el Código Orgánico Procesal Penal y en otras leyes especiales vinculadas en forma directa o indirecta con las actividades individuales. Todo esto viene a conformar una plataforma legal donde descansan todas estas garantías por parte del Estado hacia el individuo y que le permitan el respeto a la dignidad humana.

Actualmente con el nuevo Código Orgánico Procesal Penal, se puede hablar de las "Garantías del Debido Proceso", que no son más que el conjunto de condiciones necesarias para la validez del mismo, condiciones estas que deben cumplirse y atenderse para asegurar la adecuada defensa de los derechos ciudadanos, dentro de estas garantías se encuentra el de poder contar con todas aquellas pruebas o medios de prueba que puedan ayudar a dilucidar la comisión de un hecho punible y aplicarle al culpable su respectiva sanción, esto constituye el fin del proceso.

DEBIDO PROCESO EN EL MARCO DE UN ESTADO SOCIAL Y DE JUSTICIA

GARANTÍAS ORGÁNICAS

INDEPENDENCIA, IMPARCIALIDAD, RESPONSABILIDAD, SEPARACIÓN ENTRE JUEZ Y ACUSACIÓN, JUEZ NATURAL, OBLIGATORIEDAD DE LA ACCIÓN PENAL

Debido Proceso

El debido proceso es un principio legal por el cual el gobierno debe respetar todos los derechos legales que posee una persona según la ley. El debido proceso es un principio jurídico procesal según el cual toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado justo y equitativo dentro del proceso, a permitirle tener oportunidad de ser oído y a hacer valer sus pretensiones legitimas frente al juez. El debido proceso establece que el gobierno está subordinado a las leyes del país que protegen a las personas del estado. Cuando el gobierno daña a una persona sin seguir exactamente el curso de la ley incurre en una violación del debido proceso lo que incumple el mandato de la ley.

El debido proceso se ha interpretado frecuentemente como un límite a las leyes y los procedimientos legales por lo que los jueces, no los legisladores, deben definir y garantizar los principios fundamentales de la imparcialidad, justicia y libertad. Esta interpretación resulta controvertida, y es análoga al concepto de justicia natural y a la justicia de procedimiento usada en otras jurisdicciones. Esta interpretación del proceso debido se expresa a veces como que un mandato del gobierno no debe ser parcial con la gente y no debe abusar físicamente de ellos.

El Debido proceso penal es el conjunto de etapas formales secuenciadas e imprescindibles realizadas dentro un proceso penal por los sujetos procesales cumpliendo los requisitos prescritos en la Constitución con el objetivo de que: los derechos subjetivos de la parte denunciada, acusada, imputada, procesada y, eventualmente, sentenciada no corran el riesgo de ser desconocidos; y también obtener de los órganos judiciales un proceso justo, pronto y transparente.

Este principio procura tanto el bien de las personas, como de la sociedad en su conjunto:

• Las personas tienen interés en defender adecuadamente sus pretensiones dentro del proceso.

• La sociedad tiene interés en que el proceso sea realizado de la manera más adecuada posible, para satisfacer las pretensiones de justicia que permitan mantener el orden social.

Derecho al Debido Proceso

En vista de que el Estado, por vía del Poder o Rama Judicial toma para sí el control y la decisión respecto a conflictos que tengan que ver con la interpretación o violación de la ley y que de dichos conflictos una persona puede resultar sancionada o lesionada en sus intereses, se hace necesario que en un Estado de derecho, toda sentencia judicial deba basarse en un proceso previo legalmente tramitado que garantice en igualdad las prerrogativas de todos los que actúen o tengan parte en el mismo. Quedan prohibidas, por tanto, las sentencias dictadas sin un proceso previo. Esto es especialmente importante en el área penal. La exigencia de legalidad del proceso también es una garantía de que el juez deberá ceñirse a un determinado esquema de juicio, sin poder inventar trámites a su gusto, con los cuales pudiera crear un juicio amañado que en definitiva sea una farsa judicial.

GARANTÍAS ORGÁNICAS

Son todos los principios constitucionales de igualdad, independencia, imparcialidad, a la seguridad social y sumisión a la ley; constituyéndose además, con arreglo a las normas comunes de competencia preestablecidos en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y en las Leyes .Basándonos en el Título III de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual se refiere a los Derechos Humanos, Garantía y de los deberes de todas las personas naturales que habitan el Territorio venezolano, donde hay que destacar el Capítulo I, que son las Disposiciones Generales.

Basándonos en el Título III de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual se refiere a los Derechos Humanos, Garantía y de los deberes de todas las personas naturales que habitan el Territorio venezolano, donde hay que destacar el Capítulo I, que son las Disposiciones Generales.

Independencia

Tiene su apoyo en el principio de la división de poderes. Si el juez es dependiente en el orden material, en el orden moral, o en el orden funcional del Poder Ejecutivo, los poderes del Estado no son tres, sino dos. El Judicial deja de contar como poder. Con respecto al Poder Ejecutivo, es en donde aparecen las mayores Interferencias a la independencia judicial, bien sea la legal o la ilegítima. Respecto al Poder Legislativo, se analizan diversos problemas. Por un lado, el contralor natural que resulta de la aprobación del presupuesto; la posibilidad

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