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DECRETO 0099 DE 25-01-2013. RETENCIÓN EN LA FUENTE ASALARIADOS


Enviado por   •  17 de Noviembre de 2013  •  325 Palabras (2 Páginas)  •  284 Visitas

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DECRETO 0099 DE 25-01-2013. RETENCIÓN EN LA FUENTE ASALARIADOS

Mediante el artículo 13 de la Ley 1607 de 2012, se modificó el inciso 1° del artículo 383 del Estatuto Tributario y, por tanto, la retención en la fuente aplicable a los pagos gravables efectuados por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, en favor de personas naturales quienes soportan la retención en la fuente bajo la categoría de empleados, conforme con la clasificación establecida.

También, se adicionó al Estatuto Tributario el artículo 384 que de manera taxativa prevé que, no obstante el cálculo de la retención en la fuente efectuado de conformidad con lo dispuesto en el artículo 383 del Estatuto, los Pagos Mensuales o mensualizados (PM) efectuados por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, a las personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados, será como mínimo la que resulte de aplicar la nueva tabla que el mismo artículo contiene a la base de retención en la fuente, que corresponde al monto que resulte de restar los aportes al sistema general de seguridad social a cargo del empleado, al total del pago mensual o abono en cuenta.

RETENCIÓN EN LA FUENTE PARA EMPLEADOS POR CONCEPTO DE RENTAS DE TRABAJO.

La retención en la fuente aplicable por las personas naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades organizadas y las sucesiones ilíquidas, a las personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados; Pagos gravables, cuando provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria o por concepto de pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales; Pagos o abonos en cuenta gravables, cuando se trate de relaciones contractuales distintas a las anteriores, corresponde a la que resulte de aplicar a dichos pagos o abonos en cuenta, según corresponda, la siguiente tabla de retención en la fuente:

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