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DEMANDA EJECUTIVO MERCANTIL DE VALENTE GARCIA VIZCARRA


Enviado por   •  19 de Octubre de 2017  •  Práctica o problema  •  1.955 Palabras (8 Páginas)  •  452 Visitas

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C. JUEZ AUXILIAR CIVIL EN TURNO

P R E S E N T E.

        KARLA LILIANA GOROSTIETA GONZALEZ, mexicana, mayor de edad, con número de cédula profesional 3922550,  expedida  a mi favor por la Dirección General de Profesiones dependiente de la Secretaría de Educación Pública, señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones, citas y documentos el ubicado en: Calle Paloma número 501 entre Regato y Laureano Roncal , Zona Centro, de ésta Ciudad Capital, , autorizando para oír y recibir todo tipo de notificaciones, citas y documentos  a los LICS. ALMA NOELIA GUERRERO ALVARADO, MARIA DE  LA LUZ REYES DÍAZ, JUAN CARLOS  CASTRO GALINDO Y/O MAURILIO RAMOS MARTINEZ, ante Usted con el debido respeto comparecemos y exponemos:

Que soy endosataria en procuración de la C. LETICIA MARIBEL TOLEDO GARCIA, según lo acredito con el endoso debidamente otorgado y adherido al reverso del documento base de la acción que me permito acompañar a la presente demanda , personalidad que desde luego solicito me sea reconocida , con el carácter antes indicado, razón por la cual vengo a demandar en la VIA EJECUTIVA MERCANTIL , en acción cambiaria directa que me compete en contra del C. JOSE VALENTE GARCIA VIZCARRA                                                                                                                                                                                                                                                                                                                                         con domicilio en Calle: JUSTINO PALOMARES Numero 768 Colonia Guadalupe. en ésta Ciudad de Durango, Dgo, a quién le reclamo el pago de las siguientes:

P R E S T A C I  O N E S

        a)El pago de la cantidad de $1,100.00 (SON UN MIL CIEN PESOS  00/100 M.N.)

        b) El pago de los intereses devengados  y que se sigan devengando hasta la total solución del presente juicio.

        c) El pago de gastos y costas Judiciales que se originen con motivo del presente asunto.

        Fundamos la presente demanda  en los siguientes hechos y consideraciones de derecho:

H E C H O S

        1.- Con fecha 5 de Diciembre del 2016 , como indica el documento base de la acción , la parte demandada suscribió a favor de la C. LETICIA MARIBEL TOLEDO GARCIA, por la cantidad de $1,100.00 (SON UN MIL CIEN  PESOS  00/100 M.N.), comprometiéndose a pagar el dia 30 de Junio del 2017, que es su fecha de vencimiento.

        2.- El documento de referencia es de fecha vencida tal y como se puede apreciar en el mismo, ya que el demandado se obligó , firmó y aceptó de conformidad el documento , conviniendo entre las partes el 6% (SEIS POR CIENTO ), como interés mensual moratorio ; resultando éste obligado a pagar el importe del mismo más sus accesorios , pero hasta la fecha esto no ha sido posible, razón por la cual se recurre a la presente vía para que se cubra la obligación.

        3.- La anterior medida tomada se debe a las múltiples  gestiones extrajudiciales  que se han realizado para el pago de las obligaciones , mismas que fueron inoperantes para obtener el pago de dicho documento ; debido a que en Acta de Sesión Individual de fecha 20 de Septiembre del 2017, en el CENTRO ESTATAL DE JUSTICIA ALTERNATIVA, fue citado, el cual no compareció para llegar a un arreglo conciliatorio ; es por esta razón que se recurre a la presente vía y forma propuestas  para que se cubran todas las prestaciones aquí reclamadas.

        4.-  Con fecha 2 de octubre del 2017, la beneficiaria del título de crédito la C. LETICIA MARIBEL TOLEDO GARCIA , endosó en procuración a favor de la suscrita a efecto de que procediera en la presente vía a demandar el pago de las prestaciones que ahora reclamamos.

D E R E C H O

        Sirven de fundamento legal a la presente demanda lo dispuesto por los artículos 1,2,4, 15,17,23,33,35,167, 174 y demás relativos y aplicables a la LEY GENERAL DE TITULOS Y OPERACIONES DE CREDITO y del artículo 1391 al 1396 del CODIGO DE COMERCIO, en vigor, y demás relativos y aplicables al mismo;  vigor. Así mismo nos permitimos solicitar se nos admitan las siguientes pruebas de nuestra intención con apoyo en el artículo 1401 del mismo CODIGO DE COMERCIO.

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