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DERECHO EMPRESARIAL TAREA 1


Enviado por   •  16 de Marzo de 2016  •  Trabajo  •  6.297 Palabras (26 Páginas)  •  621 Visitas

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DERECHO EMPRESARIAL

TAREA 1

LUIS CARLOS DURÁN ZÁRATE

UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BUCARAMANGA

FACULTAD DE ADMINISTRACIÓN

ADMINISTRACIÓN DE EMPRESAS MODALIDAD VIRTUAL

BUCARAMANGA

2015

INTRODUCCIÓN

El derecho empresarial juega un papel importante dentro de cualquier proceso que se ejecute dentro de una organización que tenga empleados bajo sus instrucciones. El conocer la ley, constitución y documentos propios del ámbito laboral en Colombia, como el Código Sustantivo del Trabajo, nos da cierta ventaja dentro del campo empresarial, ya que al conocer todas las normas se logra una mayor objetividad en la ejecución de los procesos judiciales.

OBJETIVO

El objetivo del presente trabajo es conocer y dar solución a los casos que frecuentemente se presentan en el ámbito laboral. Aprender las definiciones y los procedimientos que se deben llevar a cabo en cada una de las situaciones que se presenten.

TAREA 1

  1. Investigue

  • ¿A cuánto equivale el salario mínimo mensual vigente y el auxilio de transporte correspondientes al año 2015?

  • El salario mínimo mensual vigente es de $644.350 y el auxilio de transporte es de $74.000
  1. Desarrolle consultando el Código Sustantivo del Trabajo y el material de estudio}
  1. ¿Qué es el trabajo? Si un animal colabora en las labores de una finca, ¿puede considerarse como trabajo?:
  • El trabajo es el conjunto de actividades que son realizadas con el objetivo de alcanzar una meta, solucionar un problema o producir algún bien o servicio. Es toda actividad de origen manual o intelectual que se realiza a cambio de una compensación económica por las laboras concretadas. Según el Código Sustantivo del Trabajo, en su artículo 5 es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo. Si un animal colabora con las tareas propias de un trabajo no será considerado como trabajo y no está contemplado dentro del CST. Las actividades denominadas trabajo son realizadas únicamente por humanos.
  1. ¿Puede una persona jurídica realizar el trabajo al servicio de otra? Se puede trabajar para una persona jurídica?
  • No, un trabajo únicamente puede ser realizado por persona natural. El artículo 5 del Código Sustantivo del Trabajo dice lo siguiente: “DEFINICION DE TRABAJO. El trabajo que regula este Código es toda actividad humana libre, ya sea material o intelectual, permanente o transitoria, que una persona natural ejecuta conscientemente al servicio de otra, y cualquiera que sea su finalidad, siempre que se efectúe en ejecución de un contrato de trabajo”.

Sí se puede trabajar para una persona jurídica. Esta definición se le da a una empresa con derechos y obligaciones pero no como un individuo sino como una institución.

  1. Nayda quiere dedicarse a innovar en la música, sin embargo, sus padres quieren que se dedique a administrar el negocio de la  familia, ¿qué principio del Derecho Laboral se estaría violando?

  • El derecho que estarían violando los padres de Nayda es el principio de libertad de trabajo. Este principio se refiere a la posibilidad de los trabajadores a desempeñarse en la actividad laboral sea cual sea que escoja desempeñar.

El fundamento constitucional que respalda este principio son el artículo 17 de la CP que dice: “Se prohíben la esclavitud, la servidumbre y la trata de seres humanos en todas sus formas”, el artículo 26: “Toda persona es libre de escoger profesión u oficio. La ley podrá exigir títulos de idoneidad. Las autoridades competentes inspeccionarán y vigilarán el ejercicio de las profesiones. Las ocupaciones, artes y oficios que no exijan formación académica son de libre ejercicio, salvo aquellas que impliquen un riesgo social”, y el artículo 84 que dice: “Cuando un derecho o una actividad hayan sido reglamentados de manera general, las autoridades públicas no podrán establecer ni exigir permisos, licencias o requisitos adicionales para su ejercicio”. De igual manera está respaldado por los artículos 8 (LIBERTAD DE TRABAJO. Nadie puede impedir el trabajo a los demás, ni que se dediquen a la profesión, industria o comercio que les plazca, siendo lícito su ejercicio, sino mediante resolución de autoridad competente encaminada a tutelar los derechos de los trabajadores o de la sociedad, en los casos que se prevean en la ley) y 11 (DERECHO AL TRABAJO. Toda persona tiene derecho al trabajo y goza de libertad para escoger profesión u oficio, dentro de las normas prescritas por la Constitución y la Ley) del Código Sustantivo del Trabajo.

  1. Cristina reemplaza a  Luis Miguel  en un cargo de asesora comercial, si Marcos ganaba en ese cargo $3.000.000. A Teresa con las mismas funciones e igual denominación del cargo se le paga $1.000.000. ¿Qué principio del derecho laboral se violaría? Explique

  • El principio que se viola en este caso es el de Igualdad de Derechos. Está establecido, en el ámbito laboral, que todos los trabajadores deben ser tratados con las mismas normas y garantías sin que exista la posibilidad de preferencias o beneficios de unos frente a otros. Esto quiere decir que la normatividad debe aplicarse a todos los empleados sin considerar aspectos subjetivos.

Los artículos de la constitución política que fundamentan dicho principio son cuatro, el artículo 13 (Todas las personas nacen libres e iguales ante la ley, recibirán la misma protección y trato de las autoridades y gozarán de los mismos derechos, libertades y oportunidades sin ninguna discriminación por razones de sexo, raza, origen nacional o familiar, lengua, religión, opinión política o filosófica), el artículo 25 (El trabajo es un derecho y una obligación social y goza, en todas sus modalidades, de la especial protección del Estado. Toda persona tiene derecho a un trabajo en condiciones dignas y justas), el artículo 43 (La mujer y el hombre tienen iguales derechos y oportunidades. La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de éste subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada) y el artículo 54 (Es obligación del Estado y de los empleadores ofrecer formación y habilitación profesional y técnica a quienes lo requieran. El Estado debe propiciar la ubicación laboral de las personas en edad de trabajar y garantizar a los minusválidos el derecho a un trabajo acorde con sus condiciones de salud).

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