DERECHO LABORAL. ARTICULO 123
Enviado por Belén Rivas • 17 de Mayo de 2020 • Ensayo • 558 Palabras (3 Páginas) • 195 Visitas
.[pic 1][pic 2][pic 3]
ARTICULO 123
ALUMNO: RUBI BELEN HERNANDEZ RIVAS
MATRICULA: 20110450
GRUPO: CDM22
DOCENTE: VERONICA PULGARIN
MATERIA: DERECHO LABORAL
Artículo 123.
Las normas jurídicas plasmadas en este artículo contienen los principios fundamentales de los derechos de los trabajadores mexicanos.
“Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.”
Se creó en la constitución de 1917 y fue dividida en dos apartados.
Apartado A
Reglamenta la relación entre trabajador-patrón
Este apartado tiene varios puntos importantes en las cual se deben resaltar los siguientes:
- La duración de la jornada máxima es de 8 horas siguiente apartado la jornada máxima en el turno nocturno es de 7 horas
- Está prohibido la utilización del trabajo de los menores de 15 años y los mayores de esta edad sólo podrán trabajar máximo 6 horas apartado por cada 6 días de trabajo dar por lo menos un día de descanso
- Las mujeres embarazadas no pueden realizar trabajos peligrosos o que les implique demasiado esfuerzo que puedan afectar a la gestación; y gozarán de un descanso de seis semanas anteriores a la fecha aproximada de su
parto y 6 semanas después asi mismo, recibiendo un total y con la certeza de conservar su empleo. Además que en el periodo de lactancia deben de tener dos descansos por día de media hora cada uno para alimentar a sus hijos
- Los salarios mínimos que sean disfrutar los trabajadores serán generales o profesionales. Cuáles deben ser suficientes para satisfacer las necesidades de una familia para que ayude proveer la educación a los hijos
- Debe haber una igualdad entre el salario y el trabajo
- A los salarios mínimos no se les pueden dar descuentos
- Las empresas deben de estar capacitadas para proporcionar a sus trabajadores capacitación o adiestramiento
- Horarios serán responsables de los accidentes de trabajo y de las enfermedades de los trabajadores sufridas por el motivo de la labor
- Si el patrón te despide sin causa justificada estara obligado a cumplir el contrato o la indemnización con el importe de 3 meses al salario
Apartado B
Se refiere a relaciones de trabajo, cuando se establecen entre los poderes de la Unión o del gobierno del Distrito Federal y sus trabajadores
...