DERECHO TRIBUTARIO I
Enviado por julyfernandezcor • 18 de Febrero de 2014 • 1.150 Palabras (5 Páginas) • 884 Visitas
DERECHO TRIBUTARIO
ACTIVIDAD DE APRENDIZAJE Nº 01
1.-confeccionar un ordenador visual de las 8 etapas del fenómeno tributario
.-LEER CON DETENIMIENTO EL TEXTO UNICO ORDENADO DE LA LEY DE TRIBUTACION MUNICIPALEN LA PARTE RELACIONADA CON EL IMPUESTO DE ALCABALA (ARTICULOS 21 AL 29), E IDENTFICARLAS 8 ETAPAS DEL FENOMENO TRIBUTARIO INDICANDO CUALES SON Y COMO SE MANIFIESTAN EN EL MUNDO DE LA REALIDAD, PARA FACILITAR LA CONFECCION DE LA TAREA SE ADJUNTA EN LA PARTE FINAL DE LA PRESENTE GUIA.
El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito.
Las primeras ventas de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte al valor del terreno.
Es sujeto pasivo en calidad de contribuyente, el comprador o adquiriente del inmueble.
La base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el cual no podrá ser menor al valor de autovalúo del predio al ejercicio en que se produce la transferencia ajustado por el índice de Precios al por mayor (IPM)
La tasa del impuesto es de 3%, siendo de cargo exclusivo del comprador. No está afecto al impuesto de alcabala, el tramo comprendido por las primeras10 UIT del valor del inmueble.
El pago del impuesto debe realizarse hasta el último día hábil del mes calendario.
Están inafectada del impuesto: Los anticipos de legítima. Las que se produzcan por causa de muerte. la resolución de contrato de transferencia que se produzca antes de la cancelación del precio. Las transferencias de aeronaves y naves. Las de derechos sobre sobre inmuebles que no conlleven la transmisión de propiedad. Las producidas por la división y partición de la masa hereditaria, de gananciales o de condominios originarios. Las de alícuotas entre herederos o de condominios originarios.
Se encuentran inafecto al pago de impuesto, la adquisición de propiedad inmobiliaria: El Gobierno Central, Las Regiones y las Municipalidades. Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales. Entidades religiosas. Cuerpo General de Bomberos. Universidades y Centro Educativos.
El Impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital y el caso de Municipalidades provinciales que tengan constituidos Fondos de Inversión Municipal.
3.-MENCIONE COMO PUEDE EMPLEAR LOS PRINCIPIOS DEL DERECHO TRIBUTARIO O CUAL ES LA UTILIDAD QUE PUEDE PROPORCIONARTE.
En general, los principios del Derecho tributario son los enunciados
normativos más generales que, porque sirven de fundamento a otros
enunciados normativos. Estos principios son utilizados por los jueces, los legisladores, los creadores
de doctrina y por los juristas en general, sea para integrar lagunas legales o
para interpretar normas jurídicas cuya aplicación resulta dudosa.
En el artículo 74 de la Constitución vigente, se establece que:
“Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una
exoneración, exclusivamente por ley o decreto legislativo en caso de
delegación de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante decreto supremo.
PRINCIPIO DE LEGALIDAD:
Este principio es de utilidad para que un sistema de subordinación a un poder superior o extraordinario, que en el derecho moderno no puede ser la voluntad del gobernante, sino la voluntad de aquello que representa el gobernante, es decir de la misma sociedad representada. Recordemos que es esta representación lo que le da legitimidad al ejercicio del poder del Estado, y por lo mismo a la potestad tributaria del Estado.
PRINCIPIO DE CAPACIDAD CONTRIBUTIVA
Se puede emplear teniendo en cuenta en la aptitud económica que tienen las personas y empresas para asumir cargas tributarias, y conocer la riqueza que dicho sujeto ostenta. De tal forma respetar niveles económicos mínimos, sin exceder la capacidad de pago.
...