DERECHOS HUMANO
Enviado por julio.solano1554 • 3 de Diciembre de 2012 • 445 Palabras (2 Páginas) • 234 Visitas
Comisión– respecto de las necesidades del nuevo contexto. Siguiendo con su argumento, planteaban
entonces que la CIDH debería concentrarse en sus labores de promoción de los derechos
humanos, es decir, en difundir el conocimiento acerca de tales derechos y en realizar actividades
de educación en la materia. El rol de protección de los derechos humanos debería, en consecuencia,
quedar entregado básicamente a una tarea interna de los Estados, siendo necesario reducir el
papel de la Comisión al respecto o, como se sugería a veces entre líneas, incluso eliminarlo7.
Una propuesta central en este sentido consistía en poner fin a los Informes sobre países de
la Comisión Interamericana. Estos Informes, según los países que propugnaban por su abolición,
habían tenido sentido en la época de las dictaduras, pero supuestamente ya no lo
tenían en el nuevo contexto. Una propuesta subsidiaria a la anterior consistió en terminar
con la facultad de la Comisión de decidir qué Estados eran merecedores de un Informe, y
entregar esta determinación a los órganos políticos de la OEA. Se trató de una idea que los
Estados a los que se refieren los Informes habían planteando desde que la Comisión iniciara
esta modalidad de trabajo.
Lo cierto es que si se contrasta la situación entre el Sistema Interamericano y el de las Naciones
Unidas, donde la selección de los países que se considera requieren de un Relator Especial ha sido
tradicionalmente realizada por órganos integrados por Estados, se apreciará que el mecanismo
establecido en el Sistema Interamericano es muy superior.
En estas circunstancias la Comisión explicitó en 1997 una serie de criterios –vigentes actualmente–
para la determinación de los países que se hacen merecedores de Informes8:
• Cuando se trata de Estados regidos por gobiernos que no han llegado al poder mediante
elecciones populares, por el voto secreto, genuino, periódico y libre, según normas internacionalmente
aceptadas;
• Cuando se trata de Estados donde el libre ejercicio de los derechos consignados en la Convención
Americana o la Declaración Americana ha sido en efecto suspendido, en su totalidad o en parte,
en virtud de la imposición de medidas excepcionales, tales como el estado de emergencia, el
estado de sitio, prontas medidas de seguridad y demás;
• Cuando existen pruebas fehacientes de que un Estado comete violaciones masivas y graves de
los derechos humanos garantizados en la Convención Americana, Declaración Americana y
demás instrumentos de derechos humanos aplicables, siendo motivo de especial preocupación
en este caso las violaciones de los derechos que no pueden suspenderse, como las ejecuciones
extrajudiciales,
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