DESPIDO INTEMPESTIVO
Enviado por kdaia • 14 de Noviembre de 2012 • 318 Palabras (2 Páginas) • 1.004 Visitas
Art. 188 El empleador que despidiere intempestivamente al trabajador, será condenado a indemnizarlo, de conformidad con el tiempo de servicio y según la siguiente escala: Hasta tres años de servicio, con el valor correspondiente a tres meses de remuneración; y, De más de tres años, con el valor equivalente a un mes de remuneración por cada año de servicio, sin que en ningún caso ese valor exceda de veinte y cinco meses de remuneración. La fracción de un año se considerará como año completo. El cálculo de estas indemnizaciones se hará en base de la remuneración que hubiere estado percibiendo el trabajador al momento del despido, sin perjuicio de pagar las bonificaciones a las que se alude en el caso del artículo 185 de este Código. Si el trabajo fuere a destajo, se fijará la remuneración mensual a base del promedio percibido por el trabajador en el año anterior al despido, o durante el tiempo que haya servido si no llegare a un año. En el caso del trabajador que hubiere cumplido veinte años, y menos de veinticinco años de trabajo, continuada o interrumpidamente, adicionalmente tendrá derecho a la parte proporcional de la jubilación patronal, de acuerdo con las normas de este Código. Revisando lo expuesto, es difícil medir con precisión el impacto general de estas nuevas políticas relacionadas con el despido intempestivo, tanto por su rapidez en la promulgación, como por la falta de datos estadísticos fiables. No obstante, en los casos quizás más característicos, los de Ecuador y Perú, los efectos laborales no son especialmente alentadores. Los problemas de empleo no se han reducido en la práctica, sino que, más bien, han aumentado, a pesar de que las reformas habían sido justificadas como medio de mejorar la competitividad de las empresas a través de la superación de rigideces que desalentaban la creación de empleos, en la medida en que dificultaban el despido o encarecían su costo.
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