DIALOGOS EN EL INFIERNO ENTRE MAQUIAVELO Y MONTESQUIEU
Enviado por mizukochan13 • 19 de Mayo de 2013 • 1.979 Palabras (8 Páginas) • 752 Visitas
DIALOGOS EN EL INFIERNO ENTRE MAQUIAVELO Y MONTESQUIEU
Para los Estados el principio del derecho se halla sujeto a un interés del que se desprende la consideración de que el bien puede surgir del mal; que se llega al bien por el mal.
Hablando en términos abstractos, la violencia y la astucia ¿son un mal? Sí, pero su empleo es necesario para gobernar a los hombres, mientras los hombres no se conviertan en ángeles.
Nuestro principio es que el bien puede surgir del mal, y que está permitido hacer el mal cuando de ello resulta un bien. No solo en nombre del interés, sino en nombre del deber actúan todos los opresores. Que violan este principio, pero que lo invocan; puesto que la doctrina es de interés y tan importante como todos los medios que emplea.
El silencio del pueblo es tan solo la tregua del vencido, cuya queja se considera un crimen. Ya que el derecho sustituye a la fuerza en los principios como en los hechos. Siempre existirán sin duda las tormentas de la libertad y todavía se cometerán muchos crímenes en su nombre: pero el fanatismo político ha dejado de existir.
No son los hombres sino las instituciones las que aseguran el reino de la libertad y las buenas costumbres en los Estados. Todo bien depende de la perfección o imperfección de las instituciones, pero también de ellas dependerá necesariamente todo el mal que sufrirán los hombres como resultado de su convivencia social.
Las naciones, cuando nacen tienen las instituciones que son posibles. Los Derechos privados por medio de su legislación civil, y los derechos públicos por medio de tratados, han ayudado a los pueblos a legalizar la situación con sus príncipes, y han consolidado sus derechos políticos por medio de constituciones.
Durante largo tiempo expuestos a la arbitrariedad por la confusión de los poderes, que permitían a los príncipes dictar leyes tiránicas y ejercerlas tiránicamente, los pueblos han separado los tres poderes legislativo, ejecutivo y judicial estableciendo entre ellos límites constitucionales imposibles de transgredir sin que cunda la alarma en todo el cuerpo político.
La persona del príncipe deja de confundirse con el Estado; la soberanía se manifiesta como algo que tiene en parte su fuente en el seno mismo de la nación, la cual dispone una distribución de los poderes entre el príncipe y cuerpos políticos independientes los unos de los otros.
En todas las épocas, bajo el reinado de la libertad o de la tiranía, no fue posible gobernar sino por leyes. Por consiguiente, todas las garantías ciudadanas dependen de quien redacta las leyes.
Conservando un cúmulo de atribuciones capitales el príncipe que, para bien del Estado, tienen que permanecer en sus manos, su cometido esencial no es sino de ser el procurador de la ejecución de las leyes. Al no tener ya la plenitud de los poderes, su responsabilidad se diluye y recae sobre los ministros que integran su gobierno.
Las libertades públicas fueron patrimonio natural de los Estados en que los trabajos serviles e industriales se dejaban a los esclavos, donde el hombre era inútil si no era ciudadano.
Las sociedades no pueden tener otras formas de gobierno que las que corresponden a sus principios, una ley absoluta que sea compatible con la civilización moderna en la que se habita.
El Senado es quien reglamenta, todo cuanto no está previsto en la constitución y que es necesario para su buen funcionamiento; que especifique el sentido de aquellos artículos de la constitución que dieran lugar a diferentes interpretaciones; que refrende o anule todos aquellos actos que le sean deferidos como inconstitucionales por el gobierno o denunciados por los petitorios de los ciudadanos; que pueda sentar las bases de aquellos proyectos de ley que revistan un gran interés para la nación; que pueda proponer modificaciones de la constitución .
El tribunal de casación es más que un simple cuerpo judicial; es, en cierto modo, un cuarto poder dentro del Estado, puesto que le compete determinar, en última instancia, el sentido de la ley. También aquí el Senado y la asamblea legislativa poseen una corte de justicia semejante, que no dependiera del gobierno en ningún sentido, podría, en virtud de su supremo y casi discrecional poder de interpretación, derrocarlo en cualquier momento. Le bastaría para ello restringir o ampliar sistemáticamente, el sentido de la libertad, las disposiciones legales que reglamentan el ejercicio de los derechos políticos.
Los tribunales no están atados por sus juicios. Con una jurisprudencia como la que se aplicará bajo vuestro reinado, os veo con no pocos procesos a cuestas. Los sometidos a los rigores de la justicia no se cansarán de golpear a las puertas de los tribunales para pedir otras interpretaciones.
Las leyes que establecen el sufragio son fundamentales; la forma en que se otorga el sufragio es fundamental; la ley que determina la forma de emitir las boletas de sufragio es fundamental.
Uno de los puntos descollantes de vuestra política, es el aniquilamiento de los partidos y la destrucción de las fuerzas colectivas. En ningún momento habéis flaqueado en este programa; no obstante, veo aún a vuestro alrededor cosas que al parecer no habéis tocado. No habéis puesto aún a la mano, por ejemplo, ni sobre el clero, no sobre la universidad, el foro, las milicias nacionales, las corporaciones comerciales; sin embargo, me parece que hay en ellos más de un elemento peligroso.
La organización de una guardia ciudadana no podrá conciliarse con la existencia de un ejército regular, pues en armas podrían, en un momento dado, transformarse en facciosos. Este punto, empero, no deja de crear ciertas dificultades. La guardia nacional es una institución es una institución inútil, pero tiene un nombre popular. En los Estados militares, haga los instintos pueriles de ciertas clases burguesas, a quienes una fantasía bastante ridícula lleva a conciliar sus hábitos comerciales con el gusto por las demostraciones guerreras. Es un prejuicio inofensivo y sería una falta de tacto el contrariarlo,
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