DICTAMEN TÉCNICO JURÍDICO RELACIONADO CON LA CARPETA DE INVESTIGACION: CI-FVC/VC-1/UI-1 S/D/00166/01-2010
Enviado por mario220187 • 10 de Agosto de 2021 • Informe • 3.972 Palabras (16 Páginas) • 155 Visitas
13 de mayo de 2021.
DICTAMEN TÉCNICO JURÍDICO RELACIONADO CON LA CARPETA DE INVESTIGACION: CI-FVC/VC-1/UI-1 S/D/00166/01-2010.
FED/CDMX/SZN/0002918/2019.
- ANTECEDENTES.
En fecha treinta de enero del dos mil diecinueve, ante el Agente del Ministerio Público de la Fiscalía Desconcentrada en Investigación en Venustiano Carranza, el C. Félix Cruz Hernández, encargado de la seguridad del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, manifestó que el día catorce de enero del dos mil diecinueve, siendo las 11:00 horas al encontrarse en el interior de las instalaciones de Grupo Parlamentario antes referido con sede en la Cámara de Diputados del Palacio Legislativo, el Maestro Fernando Martínez Mar, Coordinador Administrativo del Partido Revolucionario Institucional, le informó que la secretaria del Diputado Héctor Yunes Landa, reportó el robo de un billete conmemorativo del interior de las oficinas del diputado, agregando que la persona que cubrió la guardia de los días 12 y 13 de enero, responde al nombre de Diego Ibarra Osorio, quien es elemento de seguridad de la empresa Panamericana de Seguridad Privada, S.A. de C. V., por lo que solicita a la Dirección de Resguardo y Seguridad los videos de las cámaras de seguridad de los días 11 al 14 de enero de 2019, donde se pudo observar en imágenes que ingresa al interior de la oficina del Diputado Yunes, a quien posteriormente se observa saliendo con una bolsa blanca, agregando que también se pudo ver en otras imágenes de videos, como el mismo sujeto ingresaba a otras oficinas de diputados del mismo grupo parlamentario; siendo que el protocolo de seguridad prohíbe la entrada a las mismas, a menos que se le requiera de manera directa o con autorización de los diputados o sus auxiliares. De lo anterior el Coordinador Administrativo solicitó al área de recursos Materiales del Grupo Parlamentario del PRI un inventario de los bienes faltantes, resultando diversos aparatos eléctricos y herramientas.
Por tal motivo, se remitió el asunto a la Dirección General de Asuntos Jurídicos con la finalidad de determinar las acciones legales que se estimaran pertinentes por la probable comisión de algún hecho ilícito.
DILIGENCIAS PRACTICADAS
1.- En fecha 30 de enero de 2019, comparece en la Fiscalía Desconcentrada en Investigación en Venustiano Carranza el C. FELIZ CRUZ HERNANDEZ, quien denunció hechos como encargado del resguardo del Grupo Parlamentario Partido Revolucionario Institucional por los diversos robos en el interior de las instalaciones del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional.
2.- El 13 de marzo de 2019, ante el Agente del Ministerio Público de la Federación la Licenciada Claudia Álvarez Neria, Representante legal de la Cámara de Diputados acredita su personalidad, presentando copias simples de las facturas de los objetos robados con la finalidad de acreditar la propiedad.
3.- En fecha 25 de abril de 2019, procedente de la Fiscalía General de la República, se recibió notificación con número de oficio AYD-SZN-1623/2019, suscrito y firmado por el Licenciado José Juárez García, Agente del Ministerio Público de la Federación solicitando se notifique a Félix Cruz Hernández y Diego Ibarra Osorio para que comparezcan en calidad de testigos.
4.- En fecha 25 de abril de 2019, derivado del oficio de notificación con número de oficio AYD-SZN-1623/2019, suscrito y firmado por el Licenciado José Juárez García, Agente del Ministerio Público de la Federación, se giró oficio número LXIV/DGAJ/DCPC/595/2019 a Félix Cruz Hernández para que comparezca en calidad de testigo el día 7 de mayo del 2019 a las 11:00 horas.
5.- El día 7 de mayo de 2019, Félix Cruz Hernández, comparece en calidad de testigo ante el Licenciado José Juárez García, Agente del Ministerio Público de la Federación. Quien manifestó lo siguiente: “…actualmente me desempeño como Coordinado de Seguridad del Grupo Parlamentario del Partico Revolucionario Institucional en la Cámara de Diputados, y en relación a los hechos que se investigan que el día que sucedieron los hechos yo me encontraba de descanso en su domicilio y fue hasta el día lunes catorce de enero del presente año al llegar a mi área de trabajo, el Coordinador Administrativo del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, me solicitó que elementos cubrieron el servicio de fin de semana proporcionándole el nombre del elemento que estuvo de guardia que fue Diego Ibarra, sin recordar su segundo apellido, solicitando también las cámaras de video vigilancia a la Dirección de Resguardo de la Cámara de Diputados a cargo del Licenciado Carlos Noriega Cano, y al revisar los videos me percato de que la persona de nombre Diego Ibarra ingreso a varias oficinas saliendo de la misma con una bolsa negra sin que se pudiera precisar el contenido de la misma así como también no se observa si esta persona sustrajo algún objeto, cabe señalar que esta persona pertenecía a la empresa de Seguridad Privada “PANACE”, empresa que se dedicaba a bridar seguridad en el recinto legislativo, sin embargo aproximadamente en el día 17 o 18 de enero del presente año esta empresa dejó de realizar el servicio y ya no se presentó ningún
elemento de esta empresa de seguridad e increíblemente cuando empezamos a solicitar información de esta empresa ya no se tuvo contacto con ninguna persona, quiero precisar que no se cuenta con ningún documento o expediente de los elementos que prestaban el ,servicio de seguridad de esta empresa ya que cuando se trató de solicitar la información derivado de la sustracción de varios objetos en el Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, ya no se tuvo contacto con ninguna persona de esta empresa; siendo todo lo que tengo que manifestar…” (sic)
6.- Con fecha 17 de mayo de 2019, derivado del oficio de notificación con número de oficio AYD-SZN-1623/2019, se le informa al Licenciado José Juárez García, Agente del Ministerio
Público de la Federación, que existe la imposibilidad jurídica y material de notificarle al C. Diego Ibarra Osorio para que comparezca en calidad de testigo ante el Órgano Investigador, toda vez que el requerido no tiene relación laboral o contractual con la H. Cámara de Diputados y presta sus servicios de manera externa a éste Órgano Legislativo.
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