DIFERENCIA DE ESTADO Y ESTADAL
Enviado por yu52 • 10 de Abril de 2014 • 448 Palabras (2 Páginas) • 278 Visitas
Diferencias de los términos Estatal y Estadal.
La división político-territorial de Venezuela ha determinado la necesidad de emplear términos distintos (“estatal” y “estadal”) para diferenciar y, por tanto, evitar confusiones en los asuntos concernientes al Estado o a un estado.
La Constitución Nacional vigente divide al Poder Público en Nacional, Estadal y Municipal. Además, crea los Consejos Legislativos a los cuales establece como primera atribución “legislar sobre las materias de la competencia estadal” (Art. 162, núm. 1), igual como lo establecía la anterior Constitución para las Asambleas Legislativas desde 1961. Sobre este tema el Prof. Alexis Márquez Rodríguez escribió el año pasado: “En Venezuela, la práctica ha ido diferenciando entre “estadal” y “estatal“. La primera se refiere a los “estados” o entidades federales; la segunda, al “Estado”, definido en su 5ª acepción como el “conjunto de los órganos de gobierno de un país soberano” (Drae). Esta saludable distinción debe mantenerse.”
De esta manera, con el fin de hacer la cosa más práctica y menos confusa, es recomendable que aquellas materias dependientes de la autoridad de las entidades federales sean denominadas “estadales”, como efectivamente las llaman en nuestro país.
La Descentralización se asocia a un ámbito conflictivo de intereses ya que supone la existencia de diferentes concepciones defendidas a la vez por diferentes actores que moldean, aceleran o frenan el proceso mismo. Es concepto recurrente a la hora de hablar de la necesidad de reforma del Estado, pero no hay consenso en su forma de llevarla a cabo, aun cuando se presenta como un proyecto internacionalmente general y legítimo.
Descentralización: Proceso político-administrativo que busca generar equilibrio de poderes dentro del Estado, a través de la transferencia de competencias y recursos desde el Nivel Central de Gobierno hacia otro de Nivel de distinto origen (órgano con personalidad jurídica propia, esto es, desvinc
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ulado de la cadena jerárquica) y que guarda autonomía (ya sea como órgano o respecto a determinadas competencias).
Como proceso político administrativo, la descentralización se presenta de forma heterogénea según dónde, en qué circunstancias y con qué directrices y velocidad se lleve a cabo. Luego, no hay un modelo de descentralización, sino que cada país tiene que encontrar su propia vía.
Cuando la transferencia de competencias y recursos ocurre hacia un nivel menor jerárquicamente hablando y tiene carácter administrativo, o sea; cuerpos como las regiones, provincias, o comunas (en el caso chileno), son las entidades de un nivel distinto al del Nivel Central de Gobierno que se hacen titulares de competencias que antes pertenecía
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