DILIGENCIA DE JURISDICCIÓN VOLUNTARIA DE RECTIFICACIÓN DE MEDIDAS Y COLINDANCIAS
Enviado por thefratellis1711 • 6 de Septiembre de 2016 • Ensayo • 2.494 Palabras (10 Páginas) • 1.198 Visitas
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GOBIERNO DEL ESTADO DE MEXICO.
PROCURADURIA GENERAL DE JUSTICIA.
MODULO DE RECEPCION DE DENUNCIAS
CUAUTITLAN IZCALLLI, ESTADO DE MEXICO.
TURNO: ------------------ SEGUNDO
AV. PREVIA: ------------ DE/CUA/IZC/II/196/2009.
DELITO: ----------------- DAÑO EN LOS BIENES
DENUNCIANTE: -------- RAÚL RODRÍGUEZ MONROY
INDICIADO: ------------ QUIEN RESULTE RESPOSANBLE
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EN LA CIUDAD DE CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, SIENDO LAS DOCE HORAS CON TREINTA Y SIETE MINUTOS DEL DÍA PRIMERO DE JUNIO DE DOS MIL NUEVE, EL SUSCRITO AGENTE DEL MINISTERIO PUBLICO ADSCRITO AL SEGUNDO TURNO DEL MODULO DE DENUNCIA EXPRESS EN CUAUTITLAN IZCALLI, ESTADO DE MEXICO, QUIEN ACTUA EN FORMA LEGAL ASISTIDO DE SECRETARIO QUE AL FINAL FIRMA Y DA FE---------------------------------------------------------------------------------------------------- HACE CONSTAR ---------------------------------------------
Que momentos antes de la hora arriba indicada se presento en el modulo de recepción de denuncias quien dijo llamarse RAÚL RODRÍGUEZ MONROY, mismo que presenta su DENUNCIA por el delito de DAÑO EN LOS BIENES cometido en agravio de la moral LINEA DE AUTOBUSES CUAUTITLAN AURORA CONCEPCIÓN Y ANEXAS SA. DE CV. y en contra de QUIEN RESULTE RESPONSABLE; hechos consumados en la colonia Los Pinos, Municipio De Cuautitlán Izcalli, Estado de México. Por lo que el suscrito agente del Ministerio Público en investigación de los hechos, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 16 y 21 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 81 de la Constitución Particular del Estado de México, 3 y 97 del Código de Procedimientos Penales vigente en la entidad, 2, 3, 5 inciso A y 10 inciso A y B, de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia vigente de la entidad. --------------------------------------------------------ACORDO------------------------------------------------------
PRIMERO.- El inicio de las presentes diligencias de averiguación previa, su registro en el libro de gobierno que se lleva en estas oficinas. ------------------------------------------------
SEGUNDO.-La realización de todas y cada una de las diligencias necesarias hasta el total esclarecimiento de los hechos agregando a la presente el Formato Único para la presentación de Denuncias o Querellas, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el Acuerdo Número 16/2008 de fecha veinticinco de julio del año dos mil ocho.-------------
TERCERO.- Con fundamento en el artículo 33 y 103 del Código de Procedimientos Penales para el Estado de México, recábese la declaración de RAÚL RODRÍGUEZ MONROY. En consecuencia. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------- CÚMPLASE ---------------------------------------------------
ASI LO ACORDO Y FIRMO
EL AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO EL SECRETARIO
LIC. MIRIAM CERON CRUZ LIC. ISAAC A. GUTIÉRREZ BERNAL
RAZÒN.- En Cuautitlán Izcalli, Estado de México, siendo las doce horas con treinta y nueve minutos del día primero de junio del año dos mil nueve, se tiene por iniciadas y registradas las presentes diligencias en el libro electrónico de gobierno que se lleva en este modulo de recepción de denuncias bajo el número DE/CUA/IZC/II/196/2009. ------------------------------------------------------------CONSTE ----------------------------------------------------
EL SECRETARIO
LIC. ISAAC AXEL GUTIÉRREZ BERNAL.
DECLARACIÓN DE RAÚL RODRÍGUEZ MONROY.- En Cuautitlán Izcalli, Estado de México, siendo las doce horas con cuarenta y dos minutos del día primero de junio del año dos mil nueve, se encuentra presente ante el suscrito quien en su estado normal dice llamarse RAÚL RODRÍGUEZ MONROY, mismo que es PROTESTADO en términos del artículo 16 del Código de Procedimientos Penales vigente en la Entidad, colocado el declarante de pie frente a la Bandera Nacional y con la mano derecha sobre la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se le toma la protesta bajo la siguiente fórmula: “Los artículos 154 y 156 del Código Penal, castigan con penas hasta de seis y quince años de prisión, respectivamente y de setecientos cincuenta días multa a quienes declaren falsamente. Enterado de ello, pregunto a usted en nombre de la ley, si protesta solemnemente y bajo palabra de honor, conducirse con verdad en las diligencias en las que va a intervenir”. Por lo que se. ----------------------------------------------------------------------------------------------- HACE CONSTAR -------------------------------------------Que una vez contestando el declarante en sentido afirmativo a dicha protesta, con fundamento en lo dispuesto por el artículo 86 y 103 del Código de Procedimientos Penales vigente en el Estado de México, se le hace del conocimiento que debe designar domicilio ubicado en el municipio del Estado en que tenga su sede la Agencia del Ministerio Público de conocimiento o domicilio ubicado en el lugar donde se lleve a cabo el proceso para que se le hagan las notificaciones, citaciones, requerimientos o emplazamientos que procedieren, e informar de los cambios del domicilio designado, haciéndole del conocimiento que si no cumpliere con esta prevención, las notificaciones que correspondan se llevarán a cabo por estrados, sin perjuicio de las medidas que se tomen para continuar con la averiguación o el proceso, a lo que el declarante refiere que puede ser notificado en el domicilio el ubicado en Av. Constitución número 1, Colonia San Juan Atlamica, Cuautitlán Izcalli; Estado de México, y por sus generales.---------------------------------------------------- MANIFESTÓ ------------------------------------------------
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