DIVORCIO VOLUNTARIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
Enviado por Jenne García • 3 de Febrero de 2016 • Monografía • 492 Palabras (2 Páginas) • 231 Visitas
DIVORCIO VOLUNTARIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO
No.19005-2014-00778, Of.3º
SEÑOR JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL Y DE FAMILIA DEL DEPARTAMENTO DE ZACAPA:
LARRY BILL RAMÍREZ ALVAREZ y IRIS MARÍA QUÁN RIVERA, de datos de identificación personal conocidos en autos, actuamos bajo la dirección y procuración de los Abogados Auxiliantes ya propuestos y señalamos como lugar para recibir notificaciones el también ya conocido en autos, de la manera más atenta comparecemos a solicitar NUEVA AUDIENCIA PARA CELEBRACIÓN DE JUNTA CONCILIATORIA, y para el efecto expongo los siguientes,
H E C H O S:
Nos damos por notificados de la resolución en la cual se suspende la audiencia de conciliación del día veinticinco de Agosto de dos mil catorce, por la incomparecencia de las partes, y hago del conocimiento que por circunstancias que no vienen al caso mencionar no pudimos comparecer a la audiencia señalada dentro del presente juicio voluntario de divorcio, motivo por el cual solicitamos a esta Honorable Judicatura se sirva señalar nuevo día y hora para la celebración de la junta conciliatoria de conformidad con lo que establece la ley, debiéndosenos notificar de lo resuelto dentro del plazo legal establecido.-
F U N D A M E N T O D E D E R E C H O:
Nuestro Código Procesal Civil y Mercantil, establece en su artículo 428 lo siguiente: El juez citará a las partes a una junta conciliatoria, señalando día y hora que se verifique dentro del término de ocho días. Las partes deberán comparecer personalmente, auxiliadas por diferente abogado. Previa ratificación de la solicitud el juez les hará las reflexiones convenientes, a fin de que continúen la vida conyugal. Si aquéllos se avinieren, el juez declarará el sobreseimiento definitivo......
P E T I C I Ó N:
I) Que se admita para su trámite el presente memorial y se adjunte a sus antecedentes.
II) Se tenga como abogados directores a los profesionales del derecho que nos auxilian y como lugar para recibir notificaciones el ya conocido en autos.
III) Que se sirva señalar nuevo día y hora para la Junta Conciliatoria de conformidad con lo que establece la ley.
IV) Que celebrada la junta conciliatoria solicitada en el punto anterior, se prosiga con las secuelas procesales subsiguientes, debiendo surtir todos sus efectos legales el contenido de la primera resolución.-
C I T A D E L E Y E S: El artículo ya citado y los siguientes: 44-51-61-62-63-66-86-106-107-128-177-278-401-402-403-426-427-428-429-430-431 y 433 del Código Procesal Civil y Mercantil. Acompañamos dos copias del presente memorial. Zacapa, 25 de Agosto de 2014.
A RUEGO DE LOS PRESENTADOS QUIENES SI SABEN FIRMAR PERO QUE DE MOMENTO NO PUEDEN HACERLO Y EN SUS AUXILIOS:
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