DONATARIAS AUTORIZADAS
Enviado por kbeza • 8 de Noviembre de 2013 • 481 Palabras (2 Páginas) • 419 Visitas
DONATARIAS AUTORIZADAS
• Aviso anual de las donatarias autorizadas, donde declaran, bajo protesta de decir verdad, seguir cumpliendo con los requisitos y obligaciones fiscales para continuar con ese carácter.
• Avisos para actualización del padrón y directorio de donatarias autorizadas para recibir donativos deducibles.
• Convenios con donatarias autorizadas para recibir donativos del ISR.
• Información para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como el uso y destino de los mismos.
• Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles.
• Solicitud de autorización para recibir donativos deducibles del extranjero.
• Solicitud de nueva autorización para recibir donativos deducibles.
• Solicitud de autorización para aplicar los donativos deducibles recibidos en actividades adicionales.
• Aviso de celebración de convenios de apoyo económico con Organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos del ISR.
última modificación :
VIGENCIA DE LA AUTORIZACIÓN
• De conformidad al artículo 36-Bis del Código Fiscal de la Federación, la autorización para recibir donativos deducibles es anual y al concluir el ejercicio para el que se hubiera emitido dicha autorización las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados podrán someter a consideración de la autoridad competente, el mantener la vigencia de la misma para el ejercicio fiscal siguiente siempre que se presente el aviso anual de continuidad que señala la ficha 12/ISR contenida en el Anexo 1-A de la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.
• Asimismo, el aviso se tendrá por presentado siempre y cuando las organizaciones civiles y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles hayan cumplido con la obligación “Información para garantizar la transparencia de los donativos recibidos, así como el uso y destino de los mismos” señalada en la regla I.3.9.11., y la ficha 15/ISR contenida en el Anexo 1-A de la citada Resolución, así como presentado el dictamen fiscal simplificado al que se refiere el artículo 32-A, fracción II del Código Fiscal de la Federación, o en su caso, la declaración informativa contemplada en el artículo 101, tercer párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, correspondientes al ejercicio inmediato anterior del que se trate.
• AVISO ANUAL DE LAS DONATARIAS AUTORIZADAS, DONDE SE DECLARA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD SEGUIR CUMPLIENDO LOS REQUISITOS Y OBLIGACIONES FISCALES PARA CONTINUAR CON LA AUTORIZACIÓN PARA RECIBIR DONATIVOS DEDUCIBLES DURANTE EL EJERCICIO FISCAL QUE CORRESPONDA
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• Aviso importante
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Se amplía el plazo para presentar aviso anual de continuidad 2013 durante el mes de marzo, de conformidad con el Anteproyecto de la segunda modificación a la
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