De La EvaluaDE LA EVALUACION DE LA ENSEÑANZA Artículo 47.- La Evaluación De La Enseñanza En La Facultad De Ciencias médicas Tendrá Como Finalidad Comprobar Y Calificar El Aprovechamiento De Los Alumnos En Las Asignaturas Respectivas Y Aprovechar
Enviado por LunaFriaa • 31 de Agosto de 2012 • 1.423 Palabras (6 Páginas) • 824 Visitas
DE LA EVALUACION DE LA ENSEÑANZA
Artículo 47.- la evaluación de la enseñanza en la facultad de ciencias médicas tendrá
como finalidad comprobar y calificar el aprovechamiento de los alumnos en las
asignaturas respectivas y aprovechar los resultados de enseñanza que se haya utilizado.
Artículo 48.- En la evaluación de un alumno deberá tomarse en cuenta además el
aprovechamiento teórico, los trabajos de información demuestre el interés por la cátedra
y la labor desarrollada dentro de la misma.
Artículo 49.-parar un efectivo cumplimiento del artículo que antecede, los profesores de
Deberá llevar׃
a) registro adecuado de la labor desarrollada por cada alumno.
b) Verificar una elaboración continua de las correspondientes aptitudes y
aprovechamiento del alumno durante el desarrollo de la cátedra.
Articulo 50.- para la calificación final del curso se tendrá en cuanta las nota obtenida
En la evaluación del alumno.
Articulo 51.- las materias del plan de estudios de la facultad de ciencias medicas de cada
Año se cursaran en periodos lectivos de nueve meses hábiles divididos
En dos tiempos de cuatro meses y medio cada uno. Articulo 52.- en el periodo lectivo deberá practicarse un mínimo de tres exámenes de
Parciales en las clases teóricas.
Artículo 53.- la calificación será de 1 a 100, conforme a la siguiente escala:
1 ----------------- 29 insuficiente
30 ----------------- 59 aplazado
60 ----------------- 79 bueno
80 ------------------89 muy bueno
90 -----------------100 sobre saliente
Articulo 54.- la duración de los exámenes parciales teóricos será de treinta mirtos como
Como mínimo y de dos horas como máximo.
Articulo 55.-cuando sin causa justificada el catedrático no practique uno de los
Exámenes parciales, el decano queda facultado parar imponer al
Catedrático la sanción económica hasta a un mes de sueldo.
Articulo 56.- cuando sin causa justificada el catedrático no practique un examen
Parcial en el tiempo fijado, el decano queda facultado para practicarlo
E imponer al catedrático la sanción económica que estime conveniente.
Artículo 57.- todo alumno podrá matricularse un máximo de dos periodos lectivos
El mismo curso. Si al cabo de este tiempo no logra su promoción al
Guiente curso, no será admitido nuevamente como estudiante de la
Cultad de ciencias medicas, a menos que la directiva le resuelva otra
Cosa previo análisis e investigación. En este ultimo caso, la junta
Directiva podría autorizar matricula por una sola vez más
.
Artículo 58.- las excusas de los alumnos para no asistir a sus exámenes deberán
Presentarse al departamento respectivo, en cuyo caso solo podrá basarse
En cualquier de estas tres circunstancias a) duelo, b) accidente,
C) enfermedad.
Será obligación de los alumnos presentar la justificación respectiva
Ante el señor decano de los ocho días siguientes al comien:
De la inasistencia.
Articulo 59.- queda facultado el decano para decir sobre la validez de las probas que se
Presenten para acreditar las causas mencionas en el articulo anterior,
Pudiendo en los casos que lo estime conveniente pedir informe al profesor
De la materia. Las excusas que se presenten fuera del término mencionado
Serán desechadas.
Articulo 60.- cuando por justa causa legalmente comprobada, un alumno no se
Someta al examen parcial o final se le señalara dentro del mas breve
Plazo de la fecha para que sustente el examen respectivo, autorizado por
Esto al profesor o comisión examinada parar que verifique al examen.
Articulo 61.-si durante los exámenes parciales se descubriere fraude de cualquier
Naturaleza, se expulsara de los mismos al infracto anulando el examen
Respectivo. El profesor emitirá un informe para que pueda constancia. Artículo 62.- corresponde a los catedráticos de cada asignatura consignar en los cobros
Respectivos las notas que obtengan los alumnos en los exámenes parciales
Y entregar las a la secretaria en un tiempo no mayor de 2 semanas,
Debiendo las autoridades de la facultad velar por el estafo cumplimiento de
Estas disposiciones e imponer a los que no la plan la sesión económica de
Educación de un tercio de su sueldo.
Artículo 63.- no se permitirá a los profesores y examinadores, so pretexto de error,
Modificar las notas con que han calificado a sus alumnos de el momento
Que entreguen la lista a la secretaria de la..
H. EVALUACIÓN
Art. 112.- EVALUACIÓN es el proceso permanente que tiene como propósito
comprobar de modo sistemático en qué medida se han logrado los resultados
previstos en los objetivos especificados con antelación, a nivel institucional y
curricular, para tomar las decisiones que mejoren cualitativamente el proceso
docente formativo.
Art. 113.- Todos los elementos curriculares deberán ser permanentemente
evaluados.
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