El Arte De La Persuasión
Enviado por elcomandante • 18 de Julio de 2011 • 2.593 Palabras (11 Páginas) • 742 Visitas
El arte de la persuasión
El presente trabajo pretende hacer un planteamiento en argumentación jurídica, el discurso normativo por medio del cual se estructura los juicios orales, para lo cual tendré que apropiarme de la casuística para hacer un cotejo con lo escrito y la jurisprudencia, puesto que el papel puede con todo, la realidad es otra. Quiero hacer una claridad, bajo el entendido que si seguimos haciendo lo que venimos haciendo, obtendremos lo que hemos venido obteniendo; con todo el respeto y admiración que de mi parte obtendrán siempre aquellos Doctrinantes y Juristas, aquellos osados intelectuales que hacen la dogmatica Jurídica; bajo este planteamiento y siguiendo un poco la ideología de estudio de quien escribe necesito dar lugar en mis palabras a la controversia, el debate, cabida a contrariar, discutir con argumentos, desvirtuar, y sobretodo proponer, en ese orden de ideas, pretendo salirme de los parámetros que estructuran lo solicitado, para de esta forma no hacer una recopilación de ideas de otros inquietos intelectuales, porque sería un escrito de citas, seria en pequeña porción aceptar en primera instancia que lo escrito ya está establecido y no se puede modificar, y de ahí se tiene que partir; para lo cual espero tomar como herramientas lo que la historia y los libros me brindan, pero deseo hacer una ponencia personal en el asunto que nos interesa construir, aceptando contrariedad y teniendo muy presente que no hay verdad universal. Este ensayo pretende analizar de qué manera funciona la argumentación en los juicios orales, especialmente, en lo que respecta a los alegatos finales de los abogados de ambas partes a la hora de defender sus respectivas posturas. Asimismo, el objetivo es determinar cómo funcionan y son empleados los Marcadores Discursivos en el discurso elaborado por los abogados. En síntesis, abordar la Argumentación jurídica en los Juicios Orales respecto de la incidencia que pudieran tener en la forma de persuadir al Juez y en la Sentencia de un juicio.
La implantación de los Juicios Orales es un tema que se ha explorado en cuanto a su conveniencia en el ámbito Penal, este delicado tema adquiere importancia en la actualidad dado que a partir del año 2005 se termina de implementar la nueva forma de justicia de nuestro país, vale decir, la Reforma Procesal Penal o el llamado Sistema Penal Acusatorio, Ley 906 de 2004, de esta manera dejamos atrás aquel Sistema Inquisitivo que por tantos años nos rigió, trayendo como consecuencia la implementación de este nuevo Sistema Acusatorio, la Oralidad como pilar fundamental en los juicios, ya que ello permite garantizar la continuidad y la transparencia en el juicio, y sobre todo la Imparcialidad del juez que en desarrollo de las normas penales y Superiores, su única función es la de Juzgar y no acusar ni investigar como en años anteriores. Junto con lo anterior, el contacto de los jueces con las pruebas, las víctimas y los imputados, permite que se debata directamente el caso que es presentado por las partes. Asimismo, en un juicio como el que describimos, se puede actuar con transparencia, tanto en la comprobación del delito, como en la determinación del grado de responsabilidad del imputado.
Ahora bien, adentrándonos un poco más en el tema, y sin salirme de nuestro objeto de estudio, tiene cabida aquel adagio popular el cual dice: Es Mejor una Mentira que convenza que una Verdad a medias. Para lo cual parto que la Argumentación Jurídica y más en los Juicios Orales requiere de aquella hermosa técnica que debiese ser considerada un Arte, llamada la Persuasión, por lo cual titula así mi Ensayo, puesto que esta técnica por así llamarla, goza de unos parámetros de los cuales muchos hemos llegado a la conclusión que no son pasos establecidos y marcados, normas a seguir al pie de la letra, las cuales garantizaran radicalmente el camino al convencimiento o persuasión, sino que estamos hablando, puesto que nos atañe el Derecho Penal, a esa habilidad de aquel osado que se atreve a ser el representante o Abogado Defensor del imputado, sindicado, acusado, procesado, o como se le quiera llamar dentro del Juzgamiento o proceso; a ese talento inherente del cual requiere o a mi humilde juicio Tiene que tener el Fiscal para intentar convencer al juez que profiera sentencia condenatoria porque los hechos encajan dentro de determinado tipo penal. Esa Virtud que desemboca en la oralidad envidiable de quien realice una ponencia frente al Juez, es a lo cual podríamos afirmar un claro acercamiento a la argumentación jurídica en los juicios orales.
"El Derecho Penal no juzga personas, juzga Actos"; dirigiéndome a la casuística que es la forma como adopto el aprendizaje, El Juez Luis no juzgó a Juan por ser Juan, el Juez Luis juzgó a Juan por la conducta punible de Homicidio, que los hechos encajan dentro del tipo penal el cual describe el Código Penal en su Artículo 103; encontrándolo más allá de toda duda razonable, responsable penalmente de la muerte de Pedro por lo cual tiene que atribuirle una consecuencia jurídica.
El Sistema Penal Acusatorio, el cual es necesariamente Oral, debiera, a mi humilde pensar, encaminado a ese arte de Persuadir, a la Oralidad, Tuviera que prohibir acciones tales como que se presente un Abogado Defensor a plantear su teoría del caso, y llegue ante el estrado judicial a Leer; aquel Fiscal que ante el juez para la imputación de cargo requiera de la lectura para citar el tipo penal el cual en un supuesto de hecho incurre el acusado, dejando en evidencia su pobre fluidez y elocuencia, armas fundamentales e indiscutiblemente necesarias para el combate jurídico. Pues esta batalla requiere de Herramientas que de no ser llevadas al campo de guerra no sería más que ir directo al matadero, o en ultimas sacar la bandera blanca como muchos incompetentes lo hacen, al sugerirle al imputado que se allane culpable para así lograr una rebaja de pena, o en algunos casos abogados de oficio los cuales se rinden cuando prima mas comprobar que si no crece su bolsillo, aquel bien jurídico de la Libertad de una persona, no vale más que sus intereses pecuniarios. También tengo que hacer referencia a aquellos tristes fiscales que por su poca preparación o estudio ante el caso concreto en el entendido que cada caso es un universo distinto y por su No apropiación de la argumentación Jurídica como herramienta para la persuasión, incurren en violación al Principio de Congruencia, adelantando un proceso penal por acto sexual y terminando solicitando condena por acceso carnal, o como muchos otros casos lo indican. O porque no también mencionar a aquellos jueces que dan una clara muestra de un pobre sustento a la hora de argumentar su decisión, teniendo como base todo un conjunto normativo el cual no explorar y por ende dejan en evidencia un mediocre análisis normativo de la teoría del
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