De La Noseque
Enviado por rivemartinalle • 23 de Agosto de 2014 • 1.145 Palabras (5 Páginas) • 225 Visitas
EMILIO CHUAYFFET CHEMOR, Secretario de Educación Pública, con fundamento en los artículos 1o.,
último párrafo, 3o., y 4o., primer párrafo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 38 de la
Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2o., 3o., 7o., 8o., 9o., 12, fracción VI, 13, fracción IV, 20,
21 y 37 de la Ley General de Educación; 6, 7, 8, 10 y del 69 al 80 de la Ley General de Desarrollo Social; 4,
fracciones I, V y IX, 7, fracción VIII, 8, fracción XI, 9, fracciones XII y XV, 10, fracciones VIII y IX, 13,
fracciones V y VII, 52, 53, párrafos primero y tercero, 54, 59, 60, 68, fracciones IV y V y 69, fracción VII de la
Ley General del Servicio Profesional Docente; 12, fracción V y 17, fracción II de la Ley General para la
Igualdad entre Mujeres y Hombres; 41, fracción II y 45 de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia; 7 y 12 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
Gubernamental; 1, 75, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 3,
fracciones XIII y XX, 18, fracción V, 25, 29, 30, 31, 40, 41, 43 y Anexos 12, 16, 17, 24 y 37 del Presupuesto de
Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 176, 178, 179 y 181 del Reglamento de la Ley Federal
de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 1, 4 y 5 del Reglamento Interior de la Secretaría de Educación
Pública, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 77 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria dispone que con el
objeto de que la administración de los recursos públicos federales se realice con base en criterios de
legalidad, honestidad, eficiencia, eficacia, economía, racionalidad, austeridad, transparencia, control, rendición
de cuentas y equidad de género, la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos señalará los
programas a través de los cuales se otorguen subsidios y aquellos programas que deberán sujetarse a Reglas
de Operación, así como los criterios generales aplicables a las mismas;
Que asimismo, las dependencias y las entidades, a través de sus respectivas dependencias coordinadoras
de sector, serán responsables de emitir las Reglas de Operación respecto de los programas que inicien su
operación en el ejercicio fiscal siguiente o, en su caso, las modificaciones a aquellas que continúen vigentes,
previa autorización presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y dictamen de la Comisión
Federal de Mejora Regulatoria;
Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014 establece en sus artículos
3, fracción XX y 30 que los programas que deberán sujetarse a Reglas de Operación son aquellos señalados
en su Anexo 24;
Que las Reglas de Operación a que se refiere el presente Acuerdo cuentan con la autorización
presupuestaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y con el dictamen de la Comisión Federal de
Mejora Regulatoria, y
Que en cumplimiento de lo anterior he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 712 POR EL QUE SE EMITEN LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA
PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE
ÚNICO.- Se emiten las Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente, las
cuales se detallan en el anexo del presente Acuerdo.
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor el 1 de enero de 2014.
México, Distrito Federal, a 19 de diciembre de 2013.- El Secretario de Educación Pública, Emilio
Chuayffet Chemor.- Rúbrica.
(Sexta Sección) DIARIO OFICIAL Domingo 29 de diciembre de 2013
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO PROFESIONAL DOCENTE
ÍNDICE
Glosario
1. Introducción
2. Objetivos
2.1 General
2.2 Específicos
3. Lineamientos
3.1 Cobertura
3.2 Población objetivo
3.3 Beneficiarios/as
3.3.1 Requisitos
3.3.2 Procedimiento de selección
3.4 Características de los apoyos (tipo y monto)
3.5 Derechos, obligaciones y causas de incumplimiento, retención, suspensión o cancelación de los recursos
3.6 Participantes
3.6.1 Instancia(s) ejecutora(s)
3.6.2 Instancia(s)
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