De los delitos contra la libertad individual
Enviado por MARIAT090975 • 22 de Junio de 2015 • Tesis • 2.328 Palabras (10 Páginas) • 280 Visitas
Índice
Pág.
Portada………………………………………………………………………………….1
Índice……………………………………………………………………………………2
Introducción……………………………………………………………………………3
Libertad individual……………………………………………………………………..4
De los delitos contra la libertad individual………………………………………..5-7
Delitos contra la Libertad en el Trabajo……………………………………........9-10
Delitos contra las libertades políticas………………………………………………11
Derecho a la libertad de culto…………………………………………………...12-13
Profanación de cadáveres………………………………………………………….14
Conclusión……………………………………………………………………………15
Referencias bibliográficas…………………………………………………………..16
Introducción
Los derechos individuales del hombre son garantías constitucionales que se conceden a favor de todos los habitantes del Estado. Estas garantías deben cumplirse y respetarse y no se puede privar al individuo de las mismas, salvo en casos excepcionales, y con arreglo a ley expresa. Dentro de las garantías individuales encontramos una serie de derechos entre los que cabe mencionar la libertad del individuo y libertad de practicar libremente cualquier religión o culto. Dichas libertades son fundamentales para el desarrollo de cada ser humano como persona y deben respetarse; tanto, que son garantías constitucionales y también en el Código Penal se encuentran normas que tipifican los delitos que van en contra de estos derechos de libertad.
Otros derechos son los que se ejercen colectivamente; y que junto con los derechos individuales, son de gran importancia para todos los habitantes de un Estado. Cabe mencionar dentro de estos derechos, el derecho a la libertad política y el derecho a la libertad de reunión y de prensa. Estos derechos se ejercen de manera colectiva y son de gran importancia.
En este trabajo analizáramos de manera especial cuatro libertades fundamentales del individuo. Lo que dice la doctrina acerca de las mismas, y como están reguladas en nuestro derecho positivo.
Para terminar, sólo queda pro decir que estos derechos deben respetarse y exigir su cumplimiento; respetando los derechos de los individuos que nos rodean.
Libertad individual
Toda Constitución consta de dos partes esenciales que son la dogmática y la orgánica. La parte dogmática es la parte doctrinaria de la misma, y en ella se fija la relación jurídica entre el gobierno de un estado y los ciudadanos del mismo; por tanto la parte dogmática es esencial en la Constitución de un gobierno de derecho. Sin ella el poder de los gobernantes no tendría límite legal ni los gobernados dispondrían de derechos personales. Por ello la consagración constitucional de los derechos y garantías individuales fue justamente lo que puso fin a los regímenes absolutistas y dio nacimiento a lo que se ha denominado “Estado de derecho”.
El establecimiento formal de los derechos individuales coincide con el movimiento constitucionalista. Existen dos grandes documentos políticos de fines del siglo XVIII: The Bill of Rights de la Constitución norteamericana y la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, incluida en la primera Constitución de la revolución francesa, que cristalizan los derechos individuales.
Derecho a la Libertad Individual: es la que permite disponer de la propia persona según los dictados o inclinaciones de nuestra voluntad o naturaleza, a cubierto de presiones, amenazas, coacciones y de todo otro influjo que violente la espontánea decisión del individuo. Constitucionalmente se traduce en las garantías sobre detención, juzgamiento y sentencia, sobre todos del acusado y defensa en juicio.
Plagio: Cualquiera que reduzca a esclavitud a alguna persona o la someta a una condición análoga, será castigado con presidio de seis a doce años.
Acción: la acción estriba en reducir a esclavitud a alguna persona o en someterla a una condición análoga.
El esclavo es la persona cosa vale decir aquella que está absolutamente subordinada a la voluntad y al albedrio de otra que se comporta como su dueño a pesar que la esclavitud quedo abolida en Venezuela desgraciadamente aún subsisten situaciones de hecho de este tipo delictivo.
Sujetos: tanto el activo como el pasivo son indiferentes es obvio que el sujeto pasivo es la persona reducida a esclavitud o sometida a una condición análoga.
Objeto material: sujeto pasivo
Culpabilidad: el delito es doloso el agente ha de obrar con la intención de reducir a esclavitud a la víctima.
Penalidad: presidio de diez a doce años
Naturaleza de la acción penal: es enjuiciable de oficio
Trata de esclavos: en igual pena incurrirán en que interviene en la trata de esclavos
Artículo 174
Privación arbitraria de libertad
Cualquiera que ilegítimamente haya privado a alguno de su libertad personal será castigado con prisión de quince días a treinta meses.
Privar de la libertad significa impedir a una persona, y por cualquier tiempo el derecho de trasladarse de un lugar a otro.
Caracteres:
a-. Es un delito material que se consuma cuando el sujeto pasivo es privado de su capacidad de movimiento, de la capacidad de desplazarse a su voluntad
b-. Es un delito permanente que empieza a perpetrase cuando el agente priva de su libertad a la víctima y continua cometiéndose sin interrupción mientras el sujeto activo mantenga privado de su libertad al pasivo.
Sujetos: indiferentes
Objeto material: es la persona privada de su libertad
Antijuricidad: el agente ha de privar ilegitamente de su libertad al sujeto pasivo
Penalidad: la pena correspondiente a la figura básica es de prisión de quince días a treinta meses.
Agravantes: si hizo amenazas sevicia, o engaño o si lo cometió por espíritu de venganza o lucro o con un fin religioso o si lo secuestro para ponerla
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