ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Delitos Contra La Paz Y La Libertad Y La Seguridad De Las Personas


Enviado por   •  22 de Octubre de 2013  •  2.351 Palabras (10 Páginas)  •  901 Visitas

Página 1 de 10

Delitos contra la paz y la libertad y la seguridad de las personas

Allanamiento de Morada

Artículo 191. Se impondrán de seis meses a dos años de prisión al que, sin motivo justificado y sin orden de autoridad competente, se introduzca a un departamento, vivienda, aposento o casa habitada o a sus dependencias.

Si en el allanamiento media la furtividad, el engaño o la violencia, la pena aplicable será de uno a tres años de prisión.

Amenazas

Artículo 188. Se impondrán de quince días a un año de prisión o multa por el importe de dos a ocho días de salario, al que de cualquier modo, anuncie a otro su intención de causarle un mal futuro en su persona, honor, prestigio, bienes o derechos, o en la persona, honor, prestigio, bienes o derechos de alguien con quien esté ligado el ofendido por algún vínculo.

Cuando las amenazas sean leves, se exigirá caución de no ofender, pero si el responsable se niega a otorgar la caución, se le impondrá la pena prevista en el párrafo anterior.

Si cumple la amenaza, se le impondrán además las penas que procedan por los delitos que resulten.

Artículo 188 Bis. A quien, una vez consumado un secuestro, sin ser partícipe del mismo, de modo persistente y mediante cualquier acción, amenace a la víctima, a sus familiares o representantes, para que no colaboren con las autoridades competentes, se le impondrá de seis meses a tres años de prisión y multa por el importe de trescientos a seiscientos días de salario.

Asalto

Artículo 192. Se impondrán de uno a ocho años de prisión y multa por el importe de cinco a cuarenta días de salario, al que en despoblado, en paraje solitario o en carretera o camino, ejerza violencia sobre una o más personas con el propósito de causarle daño, obtener cualquier beneficio o exigir su asentimiento para algún fin, cualesquiera que sean los medios y el grado de violencia que se emplee. Si el asalto se efectuare de noche o si fuesen dos o más los asaltantes la sanción será de seis a catorce años de prisión y multa por el importe de ocho a cincuenta días de salario.

Las sanciones a que se refiere este artículo se impondrán independientemente de las penas que procedan por los demás delitos que resulten.

Chantaje

Artículo 190. Se impondrán de seis meses a seis años de prisión al que exija para sí o para otro cualquier beneficio, o la ejecución u omisión de algún acto determinado bajo la amenaza de divulgar algún hecho cierto o falso que afecte el honor, la tranquilidad familiar, negocios o patrimonio del amenazado o de alguien íntimamente ligado a éste.

Si lo que se exigió fue la entrega de numerario, uno o más objetos o documentos y ésta se realiza, se impondrá la pena del delito de extorsión.

Extorsión

Artículo 189. Comete el delito de extorsión, aquél que mediante coacción exija de otro la entrega, envío o depósito para sí o para un tercero, de cosas, dinero o documentos que produzcan efectos jurídicos. El mismo delito cometerá quien, bajo coacción, exija de otro la suscripción o destrucción de documentos que contengan obligaciones o créditos.

Si el extorsionador consigue su propósito, se le impondrán de uno a nueve años de prisión.

Si el extorsionador no logra el fin propuesto se le impondrán de seis meses a seis años de prisión.

Cuando el medio de coacción sea la retención temporal de una persona, para exigirle a ésta, la entrega de cosas, dinero, o documentos o la realización de cualquier transacción que afecte los derechos o el patrimonio del pasivo, se impondrá la pena de diez a treinta años de prisión y multa por el importe de quinientos a mil días de salario mínimo, aún cuando el extorsionador no logre el fin propuesto.

Artículo 189 Bis. Al agente del Ministerio Público, de la Policía Investigadora o de las policías preventivas, que practique la detención de una persona, con el ánimo de intimidarla, provocarle un daño o perjuicio de carácter patrimonial, o bien para obligarla a dar, hacer, dejar de hacer o tolerar algo obteniendo un beneficio para sí o para otro, se le sancionará con una pena de tres a ocho años de prisión, destitución e inhabilitación del cargo y multa de cien a quinientos días de salario mínimo. Si la intimidación constituye otro delito, se aplicarán las reglas del concurso.

Si se aplica la violencia en la detención, la pena se aumentará de uno a tres años de prisión.

Privación Ilegal de la Libertad.

Artículo 193. Se impondrán de seis meses a cuatro años de prisión:

I. Al particular que ilegítimamente prive a otro de su libertad personal; y

II. Al que obligue a otro a prestar trabajos o servicios personales, ya sea empleando violencia física o moral.

Cuando al sujeto pasivo se le obligue a realizar prácticas sexuales, la pena será de tres a diez años de prisión.

Rapto

Artículo 195. (Se deroga).

Artículo 196. (Se deroga).

Secuestro

Artículo 194. Comete el delito de secuestro quien prive ilegalmente de la libertad a otro con la finalidad de obtener rescate o de causar daño o perjuicio. Por rescate se entiende todo aquello que entrañe un provecho indebido y a cuya realización se condiciona la libertad del plagiado. Al responsable de este delito se le impondrá una pena de dieciocho a treinta y cinco años de prisión y multa por el importe de mil a dos mil días de salario mínimo.

I. Al responsable de secuestro se le sancionará con una pena de veinticinco a cuarenta años de prisión y multa por el importe de mil a tres mil días de salario mínimo, y en su caso destitución, e inhabilitación del servidor público para desempeñar otro empleo, comisión o cargo público, cuando:

a) Se cometa por servidores públicos que desempeñen funciones de prevención, investigación o persecución de delitos o por elementos de seguridad, activos en corporaciones privadas;

b) El o los responsables, se ostenten con el carácter señalado en el inciso anterior, sin serlo;

c) Se cometa por personas que con anterioridad a la comisión del secuestro, hayan desempeñado funciones de prevención, investigación o persecución de delitos, o hubieren fungido como elementos de seguridad en corporaciones públicas o privadas;

d) El secuestrado sea menor de dieciocho o mayor de sesenta años, se trate de mujer embarazada o de persona que por su condición de salud física o estado mental se encuentre en mayor desventaja frente al secuestrador;

e) Entre el activo y el pasivo, exista vínculo de parentesco en cualquier línea hasta el cuarto grado, amistad, gratitud, trabajo, o cualquier otro que produzca

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (14 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com