Delitos Federales
Enviado por yeyitz • 12 de Noviembre de 2014 • 1.679 Palabras (7 Páginas) • 618 Visitas
DELITOS FEDERALES Y DELITOS DEL ORDEN COMÚN
Artículo 50 LEY ORGANICA DEL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN. Fracción I. Los jueces federales penales conocerán:
I. De los delitos del orden federal.
Son delitos del orden federal:
a) Los previstos en las leyes federales y en los tratados internacionales. En el caso del Código Penal Federal, tendrán ese carácter los delitos a que se refieren los incisos b) a l) de esta fracción;
b) Los señalados en los artículos 2 a 5 del Código Penal (Federal);
c) Los cometidos en el extranjero por los agentes diplomáticos, personal oficial de las legaciones de la República y cónsules mexicanos;
d) Los cometidos en las embajadas y legaciones extranjeras;
e) Aquellos en que la Federación sea sujeto pasivo;
f) Los cometidos por un servidor público o empleado federal, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas;
g) Los cometidos en contra de un servidor público o empleado federal, en ejercicio de sus funciones o con motivo de ellas;
h) Los perpetrados con motivo del funcionamiento de un servicio público federal, aunque dicho servicio esté descentralizado o concesionado;
i) Los perpetrados en contra del funcionamiento de un servicio público federal o en menoscabo de los bienes afectados a la satisfacción de dicho servicio, aunque éste se encuentre descentralizado o concesionado;
j) Todos aquéllos que ataquen, dificulten o imposibiliten el ejercicio de alguna atribución o facultad reservada a la Federación;
k) Los señalados en el artículo 389 del Código Penal (Federal) cuando se prometa o se proporcione un trabajo en dependencia, organismo descentralizado o empresa de participación estatal del Gobierno Federal;
l) Los cometidos por o en contra de funcionarios electorales federales o de funcionarios partidistas, y
m) Los previstos en los artículos 366, fracción III; 366 ter y 366 quáter del Código Penal Federal, cuando el delito sea con el propósito de trasladar o entregar al menor fuera del territorio nacional.
LA CONDUCTA HUMANA
Todo acto jurídico debe de ser la exteriorización de la voluntad humana. Debe haber voluntad e intención.
Conducta: es el comportamiento humano voluntario, positivo o negativo encaminado a un propósito. Puede manifestarse de dos formas por acción y por omisión
ACCION: consiste en un actuar o un hacer, es un hecho positivo el cual implica que el agente lleve a cabo uno o varios movimientos corporales y comete la infracción a la ley por sí mismo o por medio de instrumentos animales mecanismos o incluso mediante personas este movimiento debe ser capaz de modificar el mundo exterior o en el peligro de que se produzca
ELEMENTOS DE LA ACCION:
A) Voluntad es el querer por parte del sujeto activo de cometer el delito.
B) Actividad que consiste en el hacer o actuar el hecho positivo o movimiento humano encaminado a producir el ilícito
C) Resultado es la consecuencia de la conducta el deseado por el agente y previsto en la ley penal.
D) Nexo De Causalidad es el ligamen que une a la conducta con el resultado el cual debe ser material dicho nexo es lo que une a la causa con el efecto sin el cual este último no puede atribuirse a la causa este, nexo causal debe ser material ya que si es moral espiritual o psicológico será irrelevante para el derecho penal ya que los medios utilizados por el sujeto activo deben ser idóneos
TEORIA ACERCA DEL NEXO CAUSAL: estas teorías trata de precisar cuáles son las conductas que causan el resultado
A) TEORIA DE LA EQUIVALENCIA DE LAS CONDICIONES (CONDICTIO SINE QUA NON) dice que todas las condiciones (conductas) productoras del resultado son equivalentes y por tanto causas de este
B) TEORIA DE LA ULTIMA CONDICION ( LA CAUSA PROXIMA O INMEDIATA) considera que de todas las causas la más cercana al resultado es la que lo origina
C) TEORIA DE LA CONDICION MAS EFICAZ dice que la causa del resultado será la que tenga más eficacia preponderante
TEORIA DE LA ADECUACION (CAUSALIDAD ADECUADA) consiste en afirmar que la causa del resultado será la más adecuada o idónea para producirlo
AUSENCIA DE CONDUCTA: si la conducta no existe el delito no existe
VIS ABSOLUTA: consiste en la fuerza física humana exterior irresistible que se ejerce contra la voluntad de alguien quien en apariencia comete la conducta
VIS MAIOR: fuerza física exterior e irresistible proveniente de la naturaleza
CAUSAS DE EXCLUSIÓN SUPRA LEGAL: en estos casos el sujeto no responde a una consciencia y a una voluntad normal.
SUEÑO: lo que puede realizarse son omisiones antijurídicas que se deben al hecho de haber caído el sujeto en tal estado o porque este prolongue más de lo debido hasta comprender el momento en que debía ejecutarse la conducta cuya falta constituye la omisión.
Esto puede suceder involuntariamente en cuyo caso haría falta el acto, puede incurrirse en ello culpablemente puede ser la omisión, una acción libre en su causa y por tanto ser juzgada como dolosa si el responsable la prevé y consiente al entregarse al sueño.
SONAMBULISMO: el sujeto se mueve y ejecuta actos sin la dirección de una conciencia regido por imágenes de la subconsciencia que es una especie de conciencia que no responde a la realidad
HIMNOTISMO: se da cuándo las ilusiones o alucinaciones de los sentidos provienen de una sugestión transmitida durante el sueño y se dice que en este estado existe una obediencia
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