Demanda De Custodia
Enviado por RosarioAdriana • 3 de Junio de 2014 • 648 Palabras (3 Páginas) • 722 Visitas
C. JUEZ MIXTO DE PRIMERA INSTANCIA DEL
RAMO CIVIL Y FAMILIAR EN ESTA CIUDAD.
P R E S E N T E.-
CLAUDIA ROCIO OCHOA ALBAÑEZ, mexicana, mayor de edad, originaria de esta ciudad de San José del CABO, Baja California Sur, de oficio administradora, y en representación de mi menor hijo de nombre RODRIGO GARCIA OCHOA, y señalando como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones el ubicado en Calle Cabo Pulmo entre Candelaria y carretera Transpeninsular, colonia Santa Rosa en esta ciudad de San José del Cabo, Baja California Sur y autorizando desde este momento a recibirlos en mi nombre y representación a las LICS ELDA GUADALUPE ROSAS CRESPO y ROSARIO ADRIANA WILKES CASTRO y a través del presente ocurso ante usted C. Juez comparezco para exponer:
Que toda vez que el C. RIGOBERTO GARCIA TREJO ha perdido la PATRIA POTESTAD de nuestro menor hijo de nombre RODRIGO GARCIA OCHOA, es mi deseo omitir el apellido paterno y le sean reconocidos los maternos como apellidos oficiales. Esto en base a los siguientes hechos y consideraciones de derecho:
1.- Según lo acredito con copia certificada de sentencia definitiva, con fecha 22 de febrero de 2010, presente una demanda por la vía civil bajo el número 119/2010 en contra del C. RIGOBERTO GARCIA TREJO, solicitando la PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD por abandono hacia el menor e incumplimiento de pensión alimenticia así como la custodia definitiva de mi menor hijo de nombre RODRIGO GARCIA ALBAÑEZ .
2.- Tal es el caso que con fecha 27 de febrero del año 2013 la Licenciada ABIGAIL JIMENEZ MONTALVO, Jueza de Primera Instancia del Ramo Civil y Familiar , en este partido Judicial de Los Cabos, dicto sentencia definitiva y en el punto CUARTO DE RESOLUTIVOS manifestó lo que a la letra dice: “…CUARTO.- Se de (sic) decreta la acción de PERDIDA DE PATRIA POESTADA que ejerce el demandado el C. RIGOBERTO GARCIA TREJO, sobre su menor hijo RODRIGO GARCIA OCHOA; y por ende la patria potestad del citado menor deberá ser ejercida únicamente por la C. CLAUDIA ROCIO OCHOA ALBAÑEZ …”
Asi mismo en el párrafo siguiente manifestó lo siguiente:
“…QUINTO.- Así mismo se concede a la Parte Actora la C. CLAUDIA ROCIO OCHOA LABAÑEZ, LA GUARDA Y CUSTODIA DEFINITIVA del menor RODRIGO GARCIA OCHOA, lo anterior para todos los efectos legales a que haya lugar; …”
3.- Es por lo anterior y que por motivos personales que es mi deseo que Usted C. Juez otorgue autorización legal para que pueda omitir el apellido paterno de menor hijo RODRIGO GARCIA OCHOA y legalmente le sean reconocidos los maternos como legales y su nombre pueda quedar de la siguiente manera RODRIGO OCHOA ALBAÑEZ.
PRUEBAS
A). DOCUMENTAL PUBLICA consistente en la copia certificada expedida por la Secretaria de acuerdos del Juzgado que conoció del procedimiento. Esta copia la relaciono con los
...