Demanda Guarda Y Custodia
Enviado por JURISCO • 4 de Septiembre de 2013 • 2.236 Palabras (9 Páginas) • 2.415 Visitas
VÍCTOR MANUEL SUZAN MARTÍNEZ.
VS
ROSA MARÍA CADENA MARTÍNEZ
CONTROVERSIAS SOBRE EL ESTADO CIVIL DE LAS PERSONAS Y DEL DERECHO FAMILIAR.
ACCION: GUARDA Y CUSTODIA, PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD.
ESCRITO INICIAL.
C. JUEZ EN TURNO DE LO FAMILIAR DEL
DEL DISTRITO JUDICIAL DE CUAUTITLAN, MÉXICO.
VÍCTOR MANUEL SUZAN MARTÍNEZ, por mi propio derecho y señalando como domicilio para oír y recibir toda clase de notificaciones y superiores acuerdos, los Estrados de este H. Juzgado y autorizando para que en mi nombre y representación reciban toda clase de documentos y valores, al licenciado en derecho OSVALDO URBAN VIQUEZ, con cedula profesional numero 7572960 expedida por la Dirección General de Profesiones, autorizando para recibir documentos, checar el expediente al licenciado en derecho JUAN ANTONIO OCAÑA JUAREZ, ante usted con el debido respeto comparezco y expongo:
Que por medio del presente escrito y en la vía de las controversias sobre el Estado Civil de las Personas y del Derecho Familiar y en ejercicio de la acción de GUARDA Y CUSTODIA, PERDIDA DE LA PATRIA POTESTAD de conformidad con lo que dispone los artículos 3, 4 y 8 de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, así como el tratado internacional denominado “CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO” legislación aplicable al presente asunto misma que relaciono con el artículo 133 Constitucional, convirtiéndose en ley suprema de toda la Unión; y que nuestro país, en su carácter de Estado parte, se encuentra obligado, según se desprende del precepto invocado en su parte relativa. Siendo aplicables en especial sus artículos del 1o. al 41 de la Convención sobre los Derechos del Niño.
Así como el artículo 4.202, la fracción I del artículo 4.204 y 4.228 del Código Civil del Estado de México, vengo a demandar a la señora ROSA MARÍA CADENA MARTÍNEZ, respecto de un régimen de visitas para nuestra menor hijo de nombre CARLOS RICARDO SUZAN CADENA y quien puede ser localizada la demandada para efectos del emplazamiento en calle Alfareros numero 43, colonia San Juan Atlamica, municipio de Cuautitlán Izcalli, Estado de México y a quien le demando las siguientes:
PRESTACIONES
a).- La Guarda y Custodia provisional y en su momento definitiva de mi menor hijo de nombre CARLOS RICARDO SUZAN CADENA, quien actualmente vive con su madre y señalando que una vez que se me sea otorgada su guarda y custodia vivirá con el suscrito en el domicilio el Ubicado en calle Camino sin nombre, sin número, colonia el bañadero, municipio de Melchor Ocampo, Estado de México.
b).- Se ordene Judicialmente la hoy demandada me entregue físicamente a mi menor hijo de nombre CARLOS RICARDO SUZAN CADENA en las oficinas de este H. Juzgado a efecto de mantener la Guarda y Custodia tanto provisional como en su momento definitiva de mi menor hijo ya mencionado, toda vez que la hoy demandada tiene actualmente la guarda y custodia de mi menor hijo.
d).- la perdida de la Patria Potestad del demandado sobre mi menor hijo de nombre CARLOS RICARDO SUZAN CADENA, toda vez que la hoy demandada no es apta para seguir teniendo la patria potestad sobre mi menor hijo.
e).- El pago de gastos y costas que se originen con motivo del presente juicio.
MEDIDA PROVISIONAL
I.- La guarda y custodia a favor del suscrito Víctor Manuel Suzan Martínez tanto provisional como en su momento definitiva de mi menor hijo de nombre CARLOS RICARDO SUZAN CADENA, toda vez que velando por el interés superior del menor durante el procedimiento y después del mismo decretando por Usía la guarda y custodia definitiva una vez que se agote la presente litis.
II.- Se ordene a la hoy demandada la entrega física de mi menor hijo CARLOS RICARDO SUZAN CADENA al suscrito en las oficinas de este H. Juzgado a efecto de mantener la Guarda y Custodia tanto provisional como en su momento definitiva de mi menor hijo, toda vez que la hoy demandada tiene actualmente la guarda y custodia de mi menor hijo y no me deja verlo.
Fundó la presente demanda en los siguientes:
HECHOS
1.- En fecha veintisiete de Septiembre del año de Mil Novecientos noventa y nueve el suscrito VÍCTOR MANUEL SUZAN MARTÍNEZ inicie una relación de concubinato con la señora ROSA MARÍA CADENA MARTÍNEZ .
2.- De dicha relación procreamos a un menor de nombre Carlos Ricardo Suzan Martínez, quien actualmente cuentan con 13 años de edad, como se desprende del acta de nacimiento que adjunto al presente ocurso como anexo 1.
2.- Cabe señalar a su señoría que el suscrito y la señora ROSA MARÍA CADENA MARTÍNEZ, terminamos la relación que teníamos por así convenir a nuestros intereses el día cinco de noviembre del 2008, he de aclarar que a pesar de no seguir teniendo una relación con la demandada siempre me he hecho responsable como padre de los alimentos hacia mi menor hijo tal como detallare en líneas posteriores.
3.- Además Informo a Usía que nunca me he eximido de cumplir con mis obligaciones como padre ya que siempre he brindado alimentos a mi menor hijo tal como lo acredito con los cheques expedidos a la C. Rosa María Cadena Martínez por parte del suscrito y que sirven para garantizar los alimentos para el bienestar de mi menor hijo, en base a mis posibilidades económicas, lo cual si usted considera oportuno acreditaré con los cheques que adjunto a la presente demanda como anexo 2, mismas documentales privadas que sirven de prueba y que relaciono con todos y cada uno de los hechos de mi demanda, Así mismo manifiesto que el C. Abel Garcilazo Velasco y Alejandro Pineda Alemán, generalmente estaban presentes cuando le entregaba en sus manos de la demandada el cheque por concepto de alimentos de mi menor hijo, en virtud de que estas personas son mis amigos y que radican en el municipio de Melchor Ocampo, Estado de México, personas que les consta los hechos de mi buena fe y que siempre estoy al cuidado de las necesidades de mi menor hijo.
4.- Así mismo y con la finalidad de no dejar en estado de indefensión a mi menor hijo desde estos momentos exhibo por concepto de pensión alimenticia provisional y en su momento definitiva, anexo
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