Demanda coactiva
Enviado por Liliana Orellana • 11 de Noviembre de 2016 • Tarea • 824 Palabras (4 Páginas) • 330 Visitas
SEÑOR JUEZ PÚBLICO EN LO CIVIL Y COMERCIAL DE TURNO
EN PROCESO DE EJECUCION PROMUEVE DEMANDA COACTIVA
OTROSIES.-
OSCAR MENDOZA BAUTISTA, mayor de edad soltero, arquitecto, domiciliado en la calle Santibáñez, Zona central de esta ciudad, y con Cédula de Identidad Nº 2233440 expedida en la ciudad de Cochabamba, ante usted con el respeto expongo y pido:
I. ANTECEDENTES.-
El Testimonio de la Escritura Pública Nº 420/2013 de 20 de noviembre de 2013 que a fs. 4 acompaño, otorgado por la Notaría de Fe Pública de Primera Clase Nº 45 a cargo del abogado Rodolfo Vargas Gómez registrado en Derechos Reales con la matrícula Nº 3.1.01.0000392 con asiento B-2 en fecha 23 de noviembre de 2013, acredita que concedí en préstamo al Sr. Luis Márquez Rojas la suma de Su$ 45.000 (CUARENTA Y Y CINCO MIL DOLARES AMERICANOS 00/100), con el interés del 1,5% mensual por el plazo improrrogable de 6 meses computables a partir de la suscripción del documento.
II. FUNDAMENTOS DE HECHO.-
Acontece Sr. Juez que el referido deudor no obstante de mis reiterados reclamos en distintas ocasiones se resiste a cancelarme el capital y los intereses adeudados a la fecha, hasta al extremo de decirme que me cancelara cuando mejore su situación económica y que el mismo no sabe cuándo será. También quiero informarle Sr. Juez que en el contrato consta en la cláusula séptima la existencia de una garantía hipotecaria del inmueble de propiedad del deudor, además de haberse renunciado en el mismo a los trámites del proceso ejecutivo en la cláusula octava lo que viabiliza la presente acción coactiva.
III. FUNDAMENTOS DE DERECHO.-
El artículo 291 I. y II. del Código Civil dispone: “ El deudor tiene el deber de proporcionar el cumplimiento exacto de la prestación debida. El acreedor en caso de incumplimiento, puede exigir que se haga efectiva la prestación por los medios que la Ley establece”.
Por otra parte el artículo1360 I. del mismo cuerpo legal señala: “La hipoteca constituida sobre bienes propios del deudor o de un tercero, como garantía de una deuda, confiere al acreedor hipotecario los derechos de persecución y preferencia. Por el primero, puede embargar la cosa o derecho en poder de cualquiera; por el segundo, es preferido en el pago a otros acreedores.”
Asimismo el artículo 404 II. del Código Procesal Civil manda: “La ejecución coactiva de sumas de dinero procede siempre que se trate de una obligación de pagar suma líquida, sustentada en los siguientes títulos 2) Crédito prendario o hipotecario inscrito en cuya escritura el deudor hubiere renunciado al proceso ejecutivo”
En base a las disposiciones legales transcritas
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