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Demarcaciones conceptuales


Enviado por   •  24 de Abril de 2017  •  Trabajo  •  5.740 Palabras (23 Páginas)  •  328 Visitas

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Índice

Introducción……………………………………………………………………………1
La familia………………………………………………………………………………1

Demarcaciones conceptuales………………………………………………………1

Nuevas formas de familia………………………………………………………….2

Evolución histórica………………………………………………………………...3

Derecho de familia…………………………………………………………………3

Estado de familia…………………………………………………………………...4

El Matrimonio………………………………………………………………………….6

Demarcación conceptual…………………………………………………………...6

Matrimonio como acto jurídico…………………………………………………….6

Impedimentos matrimoniales………………………………………………………6

Efectos de los impedimentos matrimoniales……………………………………...13

Consentimiento matrimonial………………………………………………………14

Vicios del consentimiento matrimonial…………………………………………...15

Bibliografía……………………………………………………………………………18


Introducción

En el presente trabajo monográfico se trabajará el tema de Derecho Familiar, abordando  en primera instancia el complejo concepto de familia, cuestión necesaria para comenzar a tratar el tema. Posteriormente y desprendido de dicho concepto trabajado, se hará foco en el matrimonio y sus definiciones conceptuales, para luego puntualizar en los requerimientos que da posibilidad al matrimonio: los impedimentos y sus efectos y el consentimiento matrimonial.  

La familia

Demarcaciones conceptuales

En primer lugar, tratemos de definir el concepto “familia”. Hay que decir que es un concepto espeso y difícil de definir, en el sentido en que no hay una definición que sea LA definición, acabada y acepta universalmente. Por ejemplo, desde la sociología, el concepto de familia varia desde una perspectiva de evolución de la dinámica y transformación de la organización social, pudiendo ser entendida como una institución permanente que está integrada por personas cuyos vínculos derivan de la unión intersexual, de la procreación y del parentesco. Sin embargo, el enfoque que aquí interesa y al que nos vamos a ceñir es el jurídico. Desde esta óptica, diferenciamos tres acepciones del término: una amplia, una restringida y otra intermedia.

- En sentido amplio: desde este sentido la familia es concebida en términos de parentesco. Entonces, todas las personas que tengan algún vínculo de orden jurídico serán consideradas “familia”. Aquí nos encontramos también con varias definiciones, que sin embargo, estarían todas apuntando hacia lo mismo. Por ejemplo, para Díaz de Guijarro y López de Carril “la familia es la institución social, permanente y natural, compuesta por un grupo de personas ligadas por vínculos jurídicos emergentes de la relación intersexual y de la filiación”.

- En sentido restringido (pequeña familia, familia conyugal, parentesco inmediato o núcleo paterno-filial): comprende, como el título lo anticipa, el conjunto de personas agrupadas en un núcleo paterno-filial, agrupación formada por el padre, la madre y los hijos que tengan viviendo con ellos o bajo su potestad. Desde esta perspectiva, la familia es el núcleo más limitado de la organización social.

- En sentido intermedio: la familia es entendida como conformada por “las gentes que viven en una casa, bajo la autoridad de un señor de ella”. En este sentido, se siguen encontrando en nuestras leyes alusiones a esta forma de concepción de la familia, ya que, como se dijo antes, no se cuenta con un concepto general de familia en el Código Civil argentino, pero si, por ejemplo, a deberes en relaciones a una sociedad conyugal o a las personas que conviven.

Nuevas formas de familia

Hay que tener en cuenta que estas definiciones se basan en formas de concebir la sociedad y la familia por antiguas tradiciones y convenciones. La dinámica social en la que estamos inmersos hace que estos conceptos sean revisados en base a nuevos emergentes que no están contemplados en las leyes. Podemos nombrar en primer  término a las familias monoparentales, que constan de una sola persona con potestad sobre sus hijos. Esta circunstancia puede deberse a varias cuestiones, como la separación o el divorcio, la adopción o simplemente a que a pesar de tener hijos el matrimonio jamás ocurrió.

También existe lo que denominan familias ensambladas o reconstituidas, que reconoce vínculos procedentes de dos o más uniones conyugales. Se puede sintetizar el fenómeno del siguiente modo: los niños pasan a tener nuevos hermanos, nuevos compañeros de juego y debía que sin ser hermanos los son; se agregan tíos, abuelos provenientes de otras familias; padrastros y madrastras cumple funciones que en algunos niveles de superponen con los padres biológicos. Todo ello genera tensiones y crisis, porque cada miembro de esta nueva familia ingresa con una historia que proviene de su situación familiar previa. Si bien en nuestro derecho positivo no se legisla sobre la familia ensamblada, hay normas que la presuponen. Así, por ejemplo entre un conyugue y los hijos del otro (hijastros) existe parentesco por afinidad en primer grado, que genera deber alimentario recíproco, siendo dichos alimentos a cargo de la sociedad conyugal.

Por último, podemos nombrar un tema de reciente discusión: la de si puede o no existir una familia homosexual. En nuestro país, la sanción de la Ley 26.618 abre el debate de la cuestión ya que permite la unión civil entre personas del mismo sexo, así como también la adopción o la fertilización asistida como formas de tener descendencia.

Evolución histórica

En un primer estadio, el grupo familiar no se asentaba sobre relaciones individuales, de carácter exclusivo entre determinados sujetos, sino que la relación sexual, existía indiscriminadamente entre todos los varones y mujeres que componían una tribu (engomáis). Esto determinaba forzosamente, que desde el nacimiento del niño se supieran quién era su madre pero no quién era su padre; lo que permite afirmar que, en su origen, la familia tuvo carácter matriarcal. Posteriormente, las guerras, la carencia de mujeres, llevaron a los varones a buscar relaciones sexuales con mujeres de otras tribus, antes que con las del propio grupo. Independientemente de la causa, podría decirse que hay allí una primera manifestación de la idea de incesto y el valor negativo que este tiene frente a la conciencia de los hombres. El hombre, luego avanza hacia la formación del grupo familiares asentados en relación individualizada, con carácter de exclusividad. Esto permite suponer que tras aquella primera etapa sobreviniese, en la evolución familiar, lo que se ha dado en llamar la familia sindiásmica, basada en la exclusividad de la relación de la mujer con un solo hombre, pero sin reciprocidad, es decir, con la libertad de relaciones del hombre con diversas mujeres. Finalmente, la familia evoluciona hacia su organización actual fundada en la relación monogámica: un solo hombre y una sola mujer sostiene en relaciones sexuales exclusivas y ello deriva la prole que completará en núcleo familia. La monogamia impuso un orden sexual en la sociedad. Esto facilitó el ejercicio del poder paterno y debilitó el antiguo sistema matriarcal de la familia. La unión monogámica, que llevó a crear en torno a ella los elementos que aparecen de modo permanente a través de la historia: la libertad amplia de relaciones sexuales entre los esposos y el deber de cada uno de ellos de abstenerse de mantenerlas con otro. Lo cual ha concluido, con el correr del tiempo, a imponer penas para el caso de violación de ese deber, tal como sucedía en nuestro código penal con la sanción que se imponía al adulterio, que fue suprimida en el año 95.

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