Denuncia Penal Por Despojo De Patrimonio
Enviado por rigusisaia • 9 de Noviembre de 2013 • 2.054 Palabras (9 Páginas) • 1.504 Visitas
C. PROCURADOR DE JUSTICIA
EN EL ESTADO.
P R E S E N T E .-
LORENZA COVARRUBIAS RADILLO, mexicana, casada, profesionista, al corriente en el pago de sus impuestos y señalando como domicilio para recibir toda clase de notificaciones en la finca marcada con el número 401 de la calle Francia esquina Palm Spring, Colonia Versalles en Puerto Vallarta, Jalisco y designando como coadyuvantes de esta representación social a los Abogados RAUL VILLALOBOS SILVEIRA, JOSE LUIS NARANJO NUÑO, DAVID ARTURO MELENDEZ ROMERO y/o JOEL FERNANDO BERNAL VARGAS quienes al calce aceptan el cargo y protestan desempeñarlo legalmente, ante Usted con el debido respeto comparezco y:
E X P O N G O:
Que por mi propio derecho vengo a denunciar hechos constitutivos de delito que han sido cometidos en mi perjuicio por el SR. GERARDO INFANTE GUIZAR, los cuales describo en la forma y términos que de este escrito se desprenden, para que sean encuadrados en el delito que corresponda de acuerdo a la integración de la Averiguación Previa correspondiente, los cuales a continuación expondré los hechos y los puntos de derechos que justifican esta denuncia.
H E C H O S :
1. Con fecha 24 de junio de 1988 contraje matrimonio civil con el SR. GERARDO INFANTE GUIZAR en Zapopan, Jalisco como lo demuestro con el Acta de Matrimonio No. 186 de la Oficialía del Registro Civil número 3 del Libro 1 UNO ubicado en la Colonia Chapalita de Guadalajara, Jalisco, y en donde dicho Contrato de Matrimonio está sujeto al Régimen de Separación de Bienes, como lo demuestro con el Acta de Matrimonio que acompaño a este escrito, este matrimonio fue hecho mediante este contrato para respetarnos mutuamente los bienes que teníamos cada uno de nosotros en lo personal y a la vez lo que fuéramos adquiriendo cada uno de nosotros en lo personal, pero es el caso que mi denunciado no respetó dicho contrato matrimonial y mediante amenazas y artimañas se ha apropiado hasta estos momentos de todos mis bienes y derechos.
De lo que ha continuación hago mención, y que me han causado un gran daño moral, personal, familiar y económico ya que en la actualidad me encuentro agobiada de compromisos y deudas para solventar la economía familiar y por ello me vi en la necesidad de trasladarme a la Ciudad de Guadalajara, Jalisco a trabajar como empleada.
2. Por tal motivo me vi precisada que para defender mis derechos y mis propiedades otorgué Poder Judicial General para Pleitos y Cobranzas a favor del LIC. RAUL VILLALOBOS SILVEIRA mediante Escritura Pública número 58,595 cincuenta y ocho mil quinientos noventa y cinco de fecha 19 de septiembre de 2008 expedida por el Notario Público número 12 LIC. JORGE ROBLES FARIAS, por lo que dicho apoderado compareció el LIC. RAUL VILLALOBOS SILVEIRA junto con el Notario Público número 3 de esta Municipalidad LIC. FRANCISCO JOSE RUIZ HIGUERA, el día 25 del mes de septiembre de este año 2008 para practicar la Interpelación Notarial al poseedor del local comercial número 29 ubicado en la planta baja del edificio número 3 del Condominio denominado “MARINA LAS PALMAS 11” ubicado en la calle Paseo de la Marina Sur en el Fraccionamiento Marina Vallarta en esta Ciudad, local que ocupa las oficinas de “Administración, Servicios y Estrategias, S.A. de C.V.”, entrevistándonos con la SRITA. JESSICA SAMANTHA URIBE OROZCO quien manifestó ser la encargada de atención a clientes de dicha empresa quien manifestó: A la primera pregunta que se le hizo: que su representada celebró Contrato de Arrendamiento con fecha 15 de diciembre de 2007 con el señor que dijo ser el legitimo propietario LIC. GERARDO INFANTE GUIZAR y nos proporciono copia de dicho contrato de arrendamiento, en el cual se ostenta como Legitimo Propietario cosa completamente falsa. A la 2ª pregunta manifestó la SRITA. URIBE que la posesión se la había dado el SR. GERARDO INANTE GUIZAR.
A la pregunta 3ª cuanto paga de renta manifestando la misma persona que paga a $ 2,000.00 (DOS MIL DOLARES) mensuales su equivalente en Moneda Nacional, y que entregó 2 dos meses de depósito y un mes de renta adelantada o sea la cantidad de $ 6,000.00 (SEIS MIL DOLARES) al ahora denunciado.
A la 4ª pregunta: a quien le paga la renta manifestó JESSICA SAMANTHA URIBE OROZCO que el LIC. GERARDO INFANTE GUIZAR manda a una persona mes con mes. Dándose por terminada esta interpelación, quedando registrada con el número de escritura 34,152 treinta y cuatro mil ciento cincuenta y dos Tomo CXLV ciento cuarenta y cinco Libro 7 siete de fecha 29 de- - - - septiembre de 2008 por el Notario Público FRANCISCO JOSE RUIZ HIGUERA en Puerto Vallarta, Jalisco para un mejor esclarecimiento de estos hechos Sr. Procurador General de Justicia en el Estado estoy aportando copia certificada de la escritura pública número 3 tres Tomo 1 uno, Libro 1 uno con fecha 11 de octubre del año 2002 otorgada por el Notario Público número 7 siete LIC. ELIAS AMEZCUA GONZALEZ de esta Municipalidad de Puerto Vallarta, Jalisco. Con esto queda demostrada que soy dueña del 50% cincuenta por ciento de esta propiedad y a la vez me corresponde el 50% de las rentas que ha estado cobrando el LIC. GERARDO INFANTE GUIZAR como quedo estipulado en la Cláusula Primera de esta escritura que señala que estamos casados bajo el Régimen de Separación de Bienes.
Por lo que ha cobrado del 15 de diciembre del año 2007 al 15 de noviembre de 2008, han pasado 11 meses como dice la copia del recibo que nos proporcionó la arrendataria del mes de agosto fue por la cantidad de $ 22,000.00 (VEINTIDOS MIL PESOS) dando un total de $ 242,000.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) más los $ 4,000.00 (CUATRO MIL DOLARES) de depósito dan un total de $ 48,000.00 (CUARENTA Y OCHO MIL PESOS 00/100 M.N.) que sumados a los $ 242,000.00 (DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL PESOS 00/100 M.N.) dan un gran total de $ 290,000.00 (DOSCIENTOS NOVENTA MIL PESOS 00/100 M.N.) de ahí el 50% cincuenta por ciento da un total de $ 145,000.00
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