Derecho Admi
Enviado por sandy21 • 28 de Marzo de 2014 • 4.212 Palabras (17 Páginas) • 349 Visitas
INSTITUTO UNIVERSITARIO LATINOAMERICANO
LICENCIATURA EN DERECHO
DERECHO ADMINISTRATIVO II
QUINTO SEMESTRE
GRUPO: II
NOMBRE DEL ASESOR: LIC. JOSÉ ANTONIO PALMA RODRÍGUEZ
PROYECTO DE INVESTIGACIÓN: TRABAJO FINAL
ALUMNO(A): SANDRA RAMÍREZ HERNÁNDEZ
ÍNDICE
1. Rubros principales de la Reforma fiscal para el ejercicio 2014 en México a nivel federal.
2. Ensayo de una de Reformas Fiscales a nivel federal para el ejercicio 2014.
2.1. Comentario personal
3. Requisitos de Demanda Fiscal a nivel estatal y ejemplo.
4. Jurisprudencias donde se establece la diferencia entre: equidad y la proporcionalidad, fundamentación y motivación, prescripción y caducidad, así como los derechos e impuestos.
4.1. Análisis
1. RUBROS PRINCIPALES DE LA REFORMA FISCAL PARA EL EJERCICIO 2014 EN MÉXICO A NIVEL FEDERAL.
1.1. Impuesto sobre la renta (ISR)
• Tasa Corporativa
Se aplicará la tasa del 30% (en lugar del 29%)
• Base de PTU
Se homologa la base para el cálculo de la PTU con la de la utilidad fiscal del ejercicio de que se trate.
Se excluye de la base de la PTU, las pérdidas fiscales por amortizar y el monto de la PTU pagada en el ejercicio.
• Base de PTU
Para el cálculo de la PTU se podrán disminuir las cantidades no deducibles con carácter de ingresos exentos para los trabajadores.
Quienes hayan aplicado la deducción inmediata de activos fijos, podrán disminuir el porciento establecido para la depreciación sobre el Monto Original de la Inversión (MOI).
• Salarios y prestaciones
Se limita la deducción de las remuneraciones exentas para los trabajadores hasta un monto del 47% o un 53% cuando las prestaciones otorgadas a los trabajadores no se disminuyan respecto al ejercicio anterior. (Previsión social, aguinaldo, prima de antigüedad, horas extras, etc.)
Los vales de despensa serán deducibles siempre que se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT (No vales en papel).
• Deducciones
Se ajusta el monto de la renta de automóviles a 200 pesos diarios por unidad, es decir $6,000 mensuales.
Se reduce la deducción por consumo en restaurantes a 8.5%.
• Deducción de inversiones
Se limita la deducción de automóviles hasta $130,000.00 pesos
• Deducción inmediata
Se elimina el estímulo fiscal de la deducción inmediata de la inversión en bienes nuevos de activo fijo en el ejercicio
• Costo de ventas
Se elimina el sistema de costeo directo
Se elimina el método UEPS como método de valuación de inventarios.
• Sistema financiero
Las instituciones de crédito no podrán deducir el monto de la reserva preventiva global que constituyan o incrementen. A partir de 2014 se podrán deducir los créditos incobrables, siempre y cuando se cumplen los requisitos aplicables.
A partir de 2014, las instituciones de crédito podrán deducir las reservas preventivas globales pendientes de aplicar al cierre de 2013, siempre y cuando no excedan del 2.5% del saldo promedio anual de la cartera.
No entrará en vigor el régimen de intereses, el cual consistía en que las empresas del sistema financiero retuvieran el ISR al 30% sobre el interés real positivo.
La tasa de retención de intereses en 2014 será del 0.60% sobre el capital (Ley de Ingresos)
Pagos al extranjero – Tasa de retención 4.9% a Instituciones Financieras (También los que paguen las SOFOMES)
• Otros aspectos fiscales a considerar
Se seguirá con la acumulación del inventario acumulable.
Se permite aplicar las pérdidas fiscales pendientes de amortizar antes de 2013.
No se reconoce expresamente el saldo de CUFINRE y no queda clara la forma de determinar el saldo de CUFIN a 2013.
Se deberá calcular un nuevo saldo de CUFIN respecto de las utilidades generadas a partir de 2014.
Se reconoce el saldo de la CUCA al 31 de diciembre de 2013.
• Personas físicas
Tarifas de ISR
Límite de deducciones personales: La que resulte menor entre 4 veces el SMG elevado al año o el 10% del ingreso total del contribuyente (gravado + exento).
Ingresos por dividendos que perciban de personas morales residentes en México.
La persona moral realizará la retención del 10% sobre dichos dividendos.
La retención se considerará como pago definitivo.
La retención solo aplica para utilidades generadas a partir de 2014.
1.2. Impuesto empresarial a tasa única (IETU)
• Se deroga la Ley del IETU (1-ENE-2014):
Evaluación de proyecciones de IETU a Dic 2013.
Buscar P.E. en IETU (ISR>IETU).
Aplicación de crédito de IETU por base negativa de años pasados.
IMPAC por recuperar, aplicarán reglas de Ley vigente.
IDE pendiente de pago al 31-Dic-2013 autoridad podrá fincar créditos para su cobro.
IDE pendiente de acreditar al 31-Dic-2013 se podrá acreditar, compensar o solicitar en devolución según reglas actuales.
Fiscalización vía instituciones financieras
• Se mantiene tasa 0% en alimentos y medicinas.
• Aplicación de tasa general 16%:
Venta de especies menores (mascotas) y productos para su alimentación (hoy tasa 0%).
Actos gravados en zona fronteriza (hoy tasa 11%).
Chicles (hoy tasa 0%).
Servicios de hotelería y conexos a turistas extranjeros (hoy tasa 0% exportación), tasa 0% si se contrató antes del 8 de septiembre y su cobro se dé dentro del 1er. semestre de 2014; no aplica entre partes relacionadas.
• Inclusión de las SOFOMs en el factor de acreditamiento
Se homologa su tratamiento con otras entidades del sistema financiero a partir del 01-ENE-2014.
IVA de servicios de nómina, renta de inmueble y otros gastos será acreditable en una proporción ya no del 100% (si se tienen actividades gravadas y exentas)
Ese IVA no acreditable se vuelve un costo deducible para ISR.
• Aplicación de tasa 16% IVA en importaciones temporales
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