Derecho Basico
Enviado por Luccita1 • 20 de Septiembre de 2012 • 332 Palabras (2 Páginas) • 357 Visitas
RESUMEN UNIDAD 1
LAS NORMAS JURÍDICAS, MORALES, RELIGIOSAS Y DEL TRATO SOCIAL
Las normas morales, religiosas y sociales tienen características similares.
Normas Morales: Depende de la formación del individuo, de la educación familiar y del grupo en el que se desenvuelve. Ej. Valores, principios. Esta norma no tiene sanción por orden del estado.
Normas Religiosas: Libertad de creencias, todo individuo está en libertad de tener creencias religiosas de cualquier índole.
Normas trato Sociales: Son las normas de urbanidad, de etiqueta, y si no se cumplen la persona queda aislada de la sociedad
CONCEPTO DE DERECHO:
Es un conjunto de normas jurídicas, bilaterales, heterónomas, coercibles y exteriores, que regulan la conducta de los individuos en la sociedad y que el Estado en un lugar y época determinados, declara como obligatorios.
CLASIFICACION DEL DERECHO
POLÍTICO
SUBJETIVO PÚBLICO
CIVIL PERSONAL
PATRIMONIAL D.REALES
DERECHO DE CREDITO
DERECHO
CONSTITUCIONAL
PENAL
ADMINISTRATIVO
PÚBLICO PROCESAL
DEL TRABAJO
AGRARIO
OBJETIVO
PRIVADO CIVIL
MERCANTIL
DERECHO:
Es un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de los individuos en la sociedad y que el estado en un lugar y época determinados declara como obligatorios.
El Derecho se divide en dos partes: Derecho Subjetivo y Objetivo
SIGNIFICADO DE LA PALABRA DERECHO
Derecho Vigente:
Normas que en un lugar y en una época determinados, el Estado Considera obligatorias
Objetivo:
Conjunto de Normas imperativas, atributivas y constitutivas de un ordenamiento jurídico. Ejemplo; El derecho Mexicano, Francés, Alemán.
Subjetivo:
Facultades reconocidas al individuo por la ley para efectuar determinados actos. Propietario (facultad de gozar y disponer de su bien o derecho)
Arrendatario (facultad de usar el bien arrendado)
Positivo:
Es el que se observa. Conjunto de normas que efectivamente se están observando, aunque estas hayan dejado de estar vigentes o todavía no hubieren sido elevadas a tal categoría. Ejemplo; Es costumbre bancaria que los cheques nominativos no se paguen si no consta en el documento el reconocimiento de la firma del beneficiario haga un cuenta habiente, cuando el beneficiario no es conocido en la institución a cuyo cargo se gira el título de crédito.
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