Derecho Civil
Enviado por luitsia • 2 de Marzo de 2013 • 706 Palabras (3 Páginas) • 332 Visitas
Artículo I
Derogación de la ley
La ley se deroga sólo por otra ley.
La derogación se produce por declaración expresa, por incompatibilidad entre la nueva ley y la anterior o cuando la materia de ésta es íntegramente regulada por aquélla.
Por la derogación de una ley no recobran vigencia las que ella hubiere derogado.
Este artículo se aplica a todo el ordenamiento jurídico peruano, es decir, se aplica a todo el derecho privado, público y mixto, lo cual trae como consecuencia que se aplica a todas las ramas del derecho.
Existen diversos tipos, clases o variedades de derogación, siendo algunas las siguientes: derogación total y parcial, y a la primera de las mencionadas se conoce también o en forma más adecuada con el nombre de abrogación, sin embargo, este término jurídico es poco conocido en el derecho peruano.
Un ejemplo de derogación es el artículo 2113 del código civil peruano de 1984, el cual deroga expresamente el código civil peruano de 1936.
Artículo II
Ejercicio abusivo del derecho
La ley no ampara el ejercicio ni la omisión abusiva de un derecho. Al demandar indemnización u otra pretensión, el interesado puede solicitar las medidas cautelares apropiadas para evitar o suprimir provisionalmente el abuso.
Este artículo hace referencia al ejercicio y omisión abusivos del derecho, cuyo texto estudiado fue introducido por una modificación legislativa del código procesal civil peruano de 1993, el cual establecía que “La ley no ampara el abuso del derecho. El interesado puede exigir la adopción de las medidas necesarias para evitar o suprimir el abuso y, en su caso, la indemnización que corresponda”. Sobre este tema existe poca información en el derecho peruano, y la jurisprudencia y ejecutorias peruanas han sido muy reacias a su aplicación, lo cual ha motivado que existan muchas injusticias, lo que no ocurre en el derecho español, en el cual los estudios y aplicación de esta institución como es por cierto el abuso del derecho se encuentran más desarrollados. Este artículo también se aplica a todas las ramas del derecho.
Artículo III
Aplicación de la ley en el tiempo
La ley se aplica a las consecuencias de las relaciones y situaciones jurídicas existentes. No tiene fuerza ni efectos retroactivos, salvo las excepciones previstas en la Constitución Política del Perú.
En este artículo se hace referencia a ley, es decir, incluye todos los dispositivos legales o normas legales, las cuales sólo se aplican para el futuro y no para el pasado, salvo las excepciones previstas en la Constitución Política peruana vigente, como es por cierto la de 1993, sin embargo, debemos precisar que la constitución vigente al momento de entrar
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