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Derecho Constitucioan Definiciones


Enviado por   •  23 de Enero de 2014  •  384 Palabras (2 Páginas)  •  195 Visitas

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Da el concepto de soberanía: La soberanía es el derecho que tiene el pueblo a elegir a sus gobernantes, sus leyes y a que le sea respetado su territorio. Según esto, habría que considerar que el derecho se tiene frente a alguien y porque alguien lo concede; en consecuencia, habría que convenir en que la soberanía, más que un derecho, es el "poder"

Explica la supremacía constitucional:

R.- es la fuente jerárquicamente por encima de todo ordenamiento jurídico de un país, considerándola como ley suprema y fundamento jurídico de cada país que esta regida y escrita que es la constitución

EXPLICA LO QUE ES EL ESTADO DE DERECHO:

R.- se entiende aquel país constituido jurídicamente por una Constitución, donde existen no solamente leyes, sino también el respeto a las garantías individuales, y donde el Derecho regula la conducta del hombre en sociedad en base a normas jurídicas establecidas y que si este las contraviene sera sujeto a una sanción y donde existe la división de poderes...

DA EL CONCEPTO DE PODER CONSTITUYENTE Y COMO SE ENCUENTRA DIVIVIDO ESTE:

R.- Poder constituyente es la denominación del poder que tiene la atribución de establecer la norma fundamental de un ordenamiento jurídico, dando origen a un Estado y su sistema político y, posteriormente, de modificarla o enmendarla. Esta facultad es ejercida al constituir un nuevo Estado y al reformar la Constitución vigente.

Como se encuentra dividido: constituyente originario es aquel que crea la primera Constitución de un Estado; en este sentido, con frecuencia, actúa como poder constituyente originario una Asamblea constituyente que, al aprobar la primera Constitución de un país, está poniendo de manifiesto jurídicamente su nacimiento. Y una vez cumplida su labor desaparece; pero como su tarea requiere continuidad, suele establecer un órgano que se encargue de adicionar y modificarla, de acuerdo a las circunstancias o problemas que surjan, a este se le denomina poder constituyente derivado, instituido o permanente.

poder constituyente derivado se entiende aquel establecido en la propia Constitución y que debe intervenir cuando se trata de reformar la Constitución. Es generalmente ejercido por una asamblea, congreso o parlamento. Es un poder que coexiste con los tres poderes clásicos, en los regímenes de Constitución rígida, cuya función es la elaboración de las normas constitucionales, las cuales se aprueban habitualmente a través de un procedimiento diferente al de las leyes.

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