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Derecho Mercantil


Enviado por   •  23 de Febrero de 2014  •  2.865 Palabras (12 Páginas)  •  477 Visitas

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Introducción

En el siguiente escrito como proyecto final de la materia de derecho mercantil a cargo del profesor docente Juan Manuel Macías Macías hablaremos como tema de mi preferencia sobre algunos temas como sociedad anónima, tipos de contratos, denominación social, tipos de acciones. Con sus respectivas definiciones.

Justificación

Este trabajo lo hago por motivo de proyecto final de la materia en todo lo que aprendí sobre las sociedades y los tipos de contratos así como en algún futuro poder llevar a cabo una de esas sociedades con socios de verdad y poder generar ganancias y la sociedad que me gustaría formar y si es que puedo formar sería la de sociedad anónima por razones personales.

Objetivo

El objetivo de este trabajo aparte de poder generar un porcentaje más para mi calificación final es demostrar al docente Juan Macías. Que la mayoría del aula de Lic. Comercio internacional aprendió un poco sobre lo que es derecho mercantil y sobre lo importante que es en mi opinión para esta carrera.

El Derecho mercantil o Derecho comercial es aquella rama del Derecho privado que regula el conjunto de normas relativas a los comerciantes en el ejercicio de su profesión, a los actos de comercio legalmente calificados como tales y a las relaciones jurídicas derivadas de la realización de estos. Esto es, en términos amplios, la rama del Derecho que regula el ejercicio del comercio por los distintos operadores económicos en el mercado. La progresiva internacionalización de los negocios y la necesidad de los poderes públicos de establecer un marco de protección de los consumidores y de mantenimiento de la estabilidad económica y financiera ha venido dando lugar a lo que se conoce como el fenómeno de la "publificación" del Derecho Mercantil, consistente en que son cada vez más y más normas de Derecho público las que se entremezclan con normativa puramente de Derecho privado para salvaguardar dichos intereses. Notable ejemplo lo constituye toda la normativa de supervisión y sanción en materia del sistema financiero, donde todas las sociedades operantes en él y las operaciones que en él se realizan están fuertemente vigiladas.

En la mayoría de las legislaciones una relación se considera comercial, y por tanto sujeta al Derecho Mercantil, si es un acto de comercio. El Derecho mercantil actual se refiere a estos actos, de los que lo son intrínsecamente, aunque en muchos casos el sujeto que los realiza no tenga la calidad de comerciante (sistema objetivo); sin perjuicio de ello, existen ordenamientos jurídicos en que el sistema es subjetivo, con base en la empresa, regulando tanto su estatuto jurídico, como el ejercicio de la actividad económica, en sus relaciones contractuales que mantienen los empresarios entre ellos y con terceros.

SOCIEDAD ANÓNIMA

Las sociedades se definen como una agrupación de personas, permanente o transitoria, voluntaria u obligatoria, la cual se organiza para aportar bienes y servicios destinados a la realización de un fin común que puede ser de fines de lucro o no.

Entre las numerosas leyes especiales que rigen a las sociedades mercantiles que son de carácter Federal son:

* Ley General de Sociedades Mercantiles: es la que regula la constitución, organización, funcionamiento, disolución y liquidación de varios tipos de sociedades entre ellas, la Sociedad Anónima.

* Código de Comercio: es el que se aplica a los actos y contratos mercantiles.

* Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito: sus disposiciones se aplican a los títulos representativos de los participantes de una sociedad, así como a ciertas operaciones de crédito reservadas exclusivamente a las Sociedades Anónimas.

* Ley de Monopolios: sanciona las actividades monopólicas y oligopólicas.

Entre otras, estas son las más importantes y por las que mayoritariamente se rigen las sociedades mercantiles. Pero aquí lo importante son las que rigen las Sociedades Anónimas porque son de las que hablaremos principalmente.

El artículo 1° de la LGSM reconoce las siguientes sociedades mercantiles:

* Sociedad en Nombre Colectivo.

* Sociedad en Comandita Simple.

* Sociedad de Responsabilidad Limitada.

* Sociedad Anónima.

* Sociedad en Comandita por Acciones.

* Sociedad Cooperativa.

Concepto de Sociedad Anónima

Lo anterior fue una breve introducción al mundo de las sociedades mercantiles pero la sociedad de la que se va a hablar específicamente en el trabajo es la Sociedad Anónima (S.A.)

La LGSM en su artículo 87 define a la sociedad anónima como la que:

Existe bajo una denominación social y se compone exclusivamente de socios cuya obligación se limita al pago de sus aportaciones

En términos generales es una sociedad de tipo capitalista, su nombre es exclusivamente por denominación social, los socios tienen su responsabilidad limitada, es decir se limitan solamente al pago de sus aportaciones sin importar el nivel de adeudo de la empresa, y estas estan representadas por títulos de crédito denominados acciones.

En la sociedad anónima y la comandita por acciones son las únicas sociedades mercantiles en las que los socios reciben el nombre de accionistas, identificando así a estos con su carácter de titulares de los documentos en que se encuentran incorporados sus derechos. Pueden ser socios cualquier persona física, excepto los incapacitados, al momento de la constitución de la sociedad.

Como mínimo debe de hacer dos socios en una sociedad y cada uno de ellos debe suscribir por lo menos una acción cada uno, esta es la más reducida expresión de la sociedad, pero no especifica exactamente cuánto será el máximo de los integrantes de una, por lo que puede ser una cantidad indistinta mayor de dos.

El ingreso de nuevos socios a la sociedad anónima puede darse por dos caminos: ya sea adquiriendo acciones en circulación o bien suscribiendo nuevas acciones que se emitan con motivo de aumentos en el capital social.

La responsabilidad de los socios como se puede observar en la definición de esta sociedad, se limita solamente al monto de sus aportaciones, es decir solamente el pago de sus acciones dentro de la empresa. Por tal motivo los acreedores de la empresa no están aptos para exigirle el monto de la deuda a solamente a uno de los socios.

Esto

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