Derecho Penal (definición)
gape91Documentos de Investigación7 de Marzo de 2012
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Derecho Penal l
Derecho Penal (definición):
(3 diferentes conceptos)
1) Es aquella rama del derecho público que tiene como finalidad establecer delitos y sus penas.
2) El derecho penal es el conjunto de normas jurídicas que tiene por finalidad determinar y establecer los delitos y las penas.
3) Es la rama del derecho que se refiere al delito y a las consecuencias que éste acarrea, la más frecuente de las cuales es la pena.
Clasificación Del Derecho Penal
“Federico Puig ha clasificado al derecho penal en subjetivo y objetivo”
Derecho penal subjetivo: es la facultad que tiene el Estado de dictar normas de carácter jurídico penal, esta facultad del Estado se llama “ius puniendi”
Derecho penal objetivo: es el conjunto de normas jurídicas que tiene como finalidad establecer los delitos y las consecuencias que es la pena, en algunos países se habla de penas y medidas ante el tribunal.
El derecho penal objetivo se puede gratificar en derecho penal sustantivo y derecho penal adjetivo
A)Derecho penal sustantivo: es el conjunto de normas jurídicas de origen estatal mediante las cuales se definen los delitos y sus penas. Ejemplo código penal
B)Derecho penal adjetivo: es el conjunto de reglas jurídicas que tiene como finalidad aplicar el derecho penal sustantivo a los casos particulares que se presentan en la realidad (“derecho penal adjetivo es aquel que establece los procedimientos a seguir) ejemplo Código Orgánico Procesal Penal.
Elementos del Derecho Penal.
“En la escuela clásica se hablaban de dos elementos del derecho penal, el delito y la pena , la escuela positivista habla de tres elementos el delito y la pena y uno que se la había olvidado a la escuela clásica que era el delincuente la persona”
Delito (definición): Es un acto antijurídico, una violación del orden jurídico vigente en determinado país y en determinado momento. No todos los actos antijurídicos son delitos, sino los previstos en la ley penal y definidos en esta como tales.
Caracteres del derecho penal.
Pena (definición): Castigo impuesto por autoridad legitima, especialmente de índole judicial a quien ha cometido un delito.
Caracteres del derecho penal
1) Es Publico: es publico porque es una rama del derecho publico “ius puniendi” (“ no es publico como dicen algunos autores que es publico porque establece una relación entre el delincuentes y el estado”).
2) Es Cultural: Es cultural porque es una creación de los seremos humanos para poder vivir en convivencia social.
3) Es Normativo: La única manera de nosotros saber, donde se encuentran tipificados los delitos son en las leyes penales no hay otra y esos son un conjunto de normas, el delito se puede estudiar através de las normas jurídicas
4) Es Garantizador: Porque trata de asegurar, en lo posible, la integridad de los bienes jurídicos fundamentales, tanto individuales como sociales: ejemplo de bienes individuales: el pudor, la vida, la libertad; ejemplo de bienes sociales: el orden publico, la fe publica.
5) Es Sancionador: Es sancionador porque no solamente pretende juzgar una persona , sino que le va a imponer una pena o un castigo.
6) sistema discontinuo de ilicitudes (“Lo normal es una persona es que se porte bien, lo normal en una persona es que asuma la responsabilidad de cumplir con las leyes por eso se llama sistema discontinuo de ilicitudes que es lo que establece el código penal por ejemplo ilicitudes , aquel que mate a otro sera castigado con pena de 11 a 18 años de presión , no es que esta diciendo no mates, es que si matas te voy a castigar con esto , por eso es que es un sistema discontinuo de ilicitudes”
7) Es regulador externo de la conducta humana: Porque los pensamientos no pueden ser castigados, es decir que los deseos, las intenciones, los pensamientos criminales no pueden ser castigados ni tomados como delitos, hasta que no se exteriorice la conducta no engendra sanciones ni responsabilidades penales, Claro esta que cuando se exterioriza la conducta delictiva habrá incurrido en un delito y tendrá una sanción.
8) Es Personalísimo: Porque la pena solamente debe aplicarse al delincuente, tras el debido proceso, siempre que resulte culpable de haber cometido un acto previsto en la ley penal como delito, y no a una persona diferente.
Diferentes ramas del derecho penal
Derecho penal administrativo: en que sentido el derecho penal administrativo lo que hace es regular la conducta del ser humano respecto a la administración del Estado , en que forma en la recaudación de los impuestos (“ antes el no pagar impuestos no era delitos hoy en día vemos que no pagarlos es una conducta que resulta ser un delito ,”)
Derecho penal internacional: es la regulación de las conductas delictivas de los diferentes estados através de sus fuentes y cuales son sus fuentes, los contratos bilaterales o multilaterales. (“eso es el derecho penal internacional aquellos tratados que hacen los Estados con diferentes países respecto a determinadas conductas que son delictivas como por ejemplo trafico de drogas”)
Derecho penal laboral: hoy en día en el contexto del derecho laboral nos encontramos normas jurídicas que castigan a aquellos patronos u obreros.
Fuentes del derecho penal
El origen del derecho penal son dos fuentes de producción y fuentes de conocimientos.
1)Fuentes de producción: la única fuente de producción es el Estado a través de la asamblea nacional.
2)Fuente de conocimiento: aquí se habla de fuentes de conocimientos directas y de fuentes de conocimiento indirectas
A) Fuente de conocimiento directa: es la ley penal la unica fuente de conocimiento directo “si usted quiere conocer lo que establece la ley sobre el delito de homicidio cual es la fuente? El código penal, por eso es una fuente de conocimiento directa”)
B) Fuente de conocimiento indirecto: la costumbre, la jurisprudencia, la doctrina, los principios generales del derecho
3)La costumbre: Son aquellas conductas que son aceptadas entre los grupos sociales de carácter obligatorio que no son leyes pero ahí están, la costumbre tienen varios elementos que son subjetivo y objetivo
A) El objetivo: la propia norma.
B) El subjetivo: es el más importante es la creencia de que ese comportamiento es obligatorio.
Clasificación de la costumbre de acuerdo con la relación de la ley
Contra Legem: porque es contrario a la ley no constituye fuente del derecho penal porque es el delito mismo.
Secundum legem: se asemeja a la ley es idéntico como lo establece la ley.
Praeter legem: es aquella que va más allá y que establece unas reglas de conductas esas en algún momento pueden ser fuentes de conocimiento indirecto del derecho.
4) La jurisprudencia: con un conjunto de decisiones emanadas de los tribunales donde una misma situación se regula de forma uniforme, reiterada y crea constancia através del tiempo sobre el mismo asunto.
5) La doctrina: Conjunto de opiniones que dan los jurisconsultos, los científicos en un determinado caso o sobre un hecho de carácter jurídico en este caso jurídico penal
Estas son fuentes de derecho indirecto porque ayuda a la interpretación de las leyes penales y además colaboran en el momento necesario para reformar las leyes
La ley Penal
La ley penal: es la manifestación colectiva, ejecutada através de los órganos constitucionales donde se define los delitos y se establecen las penas.
“Nullum crimen, nulla poena sine praevia lege es el enunciado en latin de no hay delito ni pena sin ley penal previa eso es un elemento que es básico, que es fundamental, dentro del caso de derecho penal ,aquellas conductas o actos que pueden ser inmorales pero si no hay una ley que regule esa conducta desde el punto de vista jurídico no tiene pena”
La única norma que es coercible es la ley penal
Caracteres de la ley penal
Exclusividad: La única forma de conocer la existencia de los hechos punibles, cuales hechos son considerados delitos y cuales no es através de la ley penal.
Es liberal : porque consagra realmente la libertad, por supuesto establece limites a las conductas pero esa es la única forma de poder regular la conducta humana para vivir en sociedad (“somos tenemos limitaciones a algunas conductas que están regidas no solo por los convencionalismos sociales , sino como el ser humano inclusive , entonces que es lo que hace el Estado, la Nación crean leyes que pueda seguir la sociedad , los limites míos terminan donde empiezan los de los demás , esa regulación son las que nos van a permitir vivir en sociedad , vivir en tranquilidad”)
Es Obligatoria: es vinculante en el sentido de que toda persona, todo individuo, nacional o extranjero esta sujeto a las disposiciones de la ley penal. (“garantiza por supuesto esa limitación de la libertad, pero permite la posibilidad de que una persona o la probabilidad de que una persona actúe bajo su conducta pero no traspasando los limites que pueda llegar a construir la ley penal”)
Es igualitaria: en
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