Derecho Subjetivo
Enviado por KarlaCisneros • 26 de Octubre de 2013 • 3.096 Palabras (13 Páginas) • 546 Visitas
INTRODUCCIÓN
El derecho subjetivo, tiene por objeto, las conductas propias del titular siendo definido como un interés jurídicamente protegido y, como el poder para la satisfacción de un interés reconocido, considerado desde el punto de vista de aquel que pueda pedir su actuación. En el orden jurídico, se requiere que esta petición se encuentre fundada en un hecho objetivo y sea comprobable mediante hechos ciertos e indubitables (Cisneros G., 2000, 67)” .
Indica una necesidad de observar una determinada conducta, amenazando con una sanción impuesta por la norma a fin de obtener un bien jurídico ya que pertenece al sujeto, designando lo relativo a un objeto basado en su punto de vista y a su modo de pensar o sentir.
Cuando se manifiesta la voluntad emanada de un individuo lesionado en sus intereses por un acto ilícito, podemos decir que esta implícito el derecho subjetivo, refiriéndose a una posibilidad de hacer, pretender o exigir a otro individuo a través de una norma jurídica.
1. ORIGEN DEL DERECHO SUBJETIVO.
El origen de este derecho es realmente discutido por varios autores, ya que en realidad no se cuenta con la suficiente sustentabilidad por ser una facultad consistente en un dar, hacer y no hacer. Consiste en el margen de la conducta libre del que dispone un individuo por virtud del deber, sin ser impedido por los demás dentro de los límites que el orden jurídico señala.
Para los iusnaturalistas, estos derechos surgen del derecho natural, en principios anteriores y superiores al derecho positivo (no todos). Los partidarios del positivismo, señalan que el derecho subjetivo, no es más que parte del derecho objetivo positivo, visto desde la perspectiva de los sujetos implicados en una relación jurídica. Podemos decir entonces que el derecho subjetivo nace por una norma jurídica, que puede ser una ley o un contrato, a través de un acuerdo de voluntades, siendo su fin hacer efectivo este derecho sobre otra persona determinada.
Villey (1976), señala que lo que ahora conocemos como derecho Subjetivo tuvo origen en el siglo XIV, específicamente en el nomonalismo, con su predecesor Guillermo de Occam, quien en su obra Opus nonaginta dierum, al referirse a los bienes de la orden franciscana, sustituyó la res justa por la potestas.“Los franciscanos espirituales y con ellos Occam defendían que, por la pobreza de vivir, solo tenían el uso de las cosas sin ningún derecho. La raíz de la cuestión era la pretensión de los espirituales de poder usar las cosas de las que tenían necesidad, desde bienes consumibles, hasta los no consumibles, sin ninguna clase de derecho”.
Occam, seguido de muchos otros, abrió el combate decisivo en contra de Aristóteles y de Santo Tomas, argumentando la pobreza franciscana y buscando la esencia del derecho de propiedad, también definía el jus utendi (derecho a usar). El jus poli (derecho emanado del cielo), y el jus fori (derecho emanado de la sociedad humana) usando la palabra potestates (potestades). De este modo, se puede decir que Guillermo de Occam, fundador del Nominalismo (filosofía individualista), es quien podría ser llamado el padre del derecho subjetivo.
Con la aparición del derecho subjetivo cambia la forma de entender al derecho. Ahora este concepto es entendido como un atributo, una facultad, una potestad o poder que el individuo posee. Determinado con esto que el derecho subjetivo, será tal si existe una norma jurídica que lo reconozca, consistente en un poder jurídico otorgado para llevar adelante una acción por incumplimiento de la obligación. El ejercicio de este poder jurídico es el ejercicio del derecho en sentido de la palabra.
“Esa concepción esta presente en la escolástica española de los siglos XVI XVII, que sin embargo no renuncia a la tradición clásica y es básicamente la que adoptara el iusnaturalismo racionalista de los siglos XVII y XVIII” (Parcero, 2004, 17) . “Esa noción del derecho habrá de jugar un papel esencial en la formulación de la teoría de los derechos naturales, en la tradición contractualista que va desde Hbbes hasta Kant y terminaría también por influir en la ciencia jurídica-positivista del siglo XIX (Parcero, 2004, 17).”
2. DERECHO SUBJETIVO.
La concepción del derecho subjetivo se integra por varios elementos o características que lo identifican como tal, por una parte; los sujetos de la relación jurídica que se establece. El sujeto titular de la facultad o poder y la persona obligada, la relación misma de la facultad o poder que genera una obligación o un poder reciproco; en tercer lugar para ser considerado el derecho como, derecho subjetivo tiene que existir un orden jurídico, que se traduce en una norma jurídica por la que se reconoce la facultad de un sujeto y el deber jurídico de otro.
Facultad otorgada por la norma jurídica para exigir una prestación consistente en dar, hacer y no hacer.
Tamayo y Salmorán (1992), dice; “El sentido de pretensión que se encuentra en su origen un (petitum al praetor) ha dado ocasión a un uso abusivo y perturbador de “derecho”. Así cualquier pretensión que se considera justificada reivindica el nombre “derecho” y cubre dicha pretensión con el significado técnico de derecho subjetivo o de facultad en el sentido de permisión o potestad jurídicamente protegida”
3. DERECHO SUBJETIVO COMO PRETENSIÓN.
Virtud de la norma que ocupa una persona en una relación jurídica, teniendo la facultad de exigir, de otra u otras personas determinadas el cumplimiento de un deber jurídico valiéndose del aparato coercitivo del derecho.
Facultad de norma que atribuye a una persona determinar el nacimiento, la modificación o la extinción de ciertas relaciones jurídicas. El propietario de una cosa, tiene derecho a donarla, venderla, gravarla. El acreedor, tiene derecho de traspasar su crédito a otra persona. Los mayores de edad o emancipados, tienen derecho a celebrar todos los contratos lícitos. A determinada edad y cumplidas ciertas condiciones, se puede contraer matrimonio, otorgar testamento, sufragio político… etc., por tal motivo se puede definir como la facultad que tiene una persona para obrar lícitamente a fin de conseguir un bien asegurado por una norma jurídica natural o positiva.
Su utilización queda librada a voluntad discrecional llevando implícita la posibilidad de ejercerla, sin embargo, esta no se debe confundir con el acto de llevarlo a la práctica.
El derecho, no puede imponer una determinada conducta, se
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