Derecho fiscal Acto Administrativo
Enviado por lynyss • 21 de Enero de 2016 • Trabajo • 5.907 Palabras (24 Páginas) • 366 Visitas
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ÍNDICE
INTRODUCCIÓN . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 2
CONTENIDO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3
CONCLUSIONES. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 8
BIBLIOGRAFÍA . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 9
I
NTRODUCCIÓN
Desde un sentido amplio el Acto Administrativo es un Acto de Autoridad que se describen en:
- LEY SUSTANTIVA: Es la ley de procedimientos o del acto administrativo la cual nos dice la base del que o porque un acto o demanda y en que deben reglamentarse los procedimientos de la autoridad.
- LEY ADJETIVA: Es la ley de procedimiento contencioso Administrativo que nos dice los pasos y formas a seguir cuando un particular demanda a una autoridad.
El acto administrativo es una declaración unilateral de voluntad de una autoridad que crea, reconoce, modifica, transmite, declara o extingue derechos y/o obligaciones (ejemplo: multas de tránsito; licencias para conducir es decir su otorgamiento o negamiento; embargos).
Los requisitos que den contener para su validez los Actos Administrativos en Aguascalientes según el Artículo 4 de la Ley de Procedimientos Administrativos del Código de Procedimientos son:
- Expedido por un órgano competente
- Debe tener un objeto
- Su finalidad debe ser de interés público
- Debe ser por escrito y con firma autógrafa
- Debe ser fundado y motivado
- Debe estar sujeto a la Ley del Procedimiento Administrativo y a la propia Ley sobre la cual se vaya a fundamentar el acto
- No debe contener errores
- Debe ser sin dolo o violencia
- Debe mencionar el órgano del cual emanó (nombre completo del órgano)
- Debe tener principio de congruencia externa, ya que deberá dirimir todos los puntos de que se trate
- Debe contener nombre de la o las personas, por lo que tendrá que ser completamente específico.
- Debe darse notificación forzosa, la cual debe tener incluidos: lugar, fecha, número de expediente, oficina donde se encuentra físicamente el expediente e inclusive fijar horario para su consulta.
- Recurso que procede.
- Lugar y fecha de emisión.
Ejecución del Acto Administrativo:
- DIRECTA: Con el objetivo de cumplir una obligación ejemplo, clausurar o cerrar un establecimiento
- SANCIÓN: Compeler al particular (obligar o castigar) ejemplo, multa, despido, detención a particular.
- COACCIÓN: Aplicación forzosa ejemplo, medidas de higiene a un establecimiento.
Extinción del Acto Administrativo:
- Por ejecución y/o cumplimiento.
- Por prescripción o caducidad.
- Cuando esté sujeto a algún término o condición y se realiza.
- Por renuncia del interesado (siempre y cuando exista un beneficio para el mismo).
- Por declaración judicial.
C
ONTENIDO
Históricamente se habla de que el Acto Administrativo no es un fin, es uno de los medios institucionales conferidos a la Administración para llevar a cabo las políticas, programas, proyectos y fines que la Constitución y ley establecen o atribuyen al Estado, viene a ser un instrumento o medio de gestión de la administración, así como de los fines políticos y de interés y servicio público que el constituyente y legislador ordinario depositan, asignan y encomiendan realizar a la Administración. En la sistemática del ordenamiento jurídico administrativo, el acto administrativo expresa uno de los elementos de la forma de la función administrativa.
Los actos administrativos, se ordenan de la siguiente manera:[pic 2]
Normativos
Actos administrativos Ordinarios y resolu-[pic 3][pic 4]
Unilaterales ciones consensuales
No normativos
Contratos
La calidad y naturaleza de los actos que realiza la Administración pueden ser: Administrativo o de Imperio[pic 5]
Actos Gestión [pic 6]
Derecho Público
Mero acto Derecho Privado
La distinción entre reglamentos y actos individuales de la misma las de intereses no reposa sobre la pluralidad o la unicidad de los destinatarios del acto, si bien no es todo el régimen jurídico administrativo, si explica y con mucho, el estado jurídico de las relaciones estado-sociedad, como portadora y titular de intereses públicos concretos.
Recapitulando las diversas actuaciones que la Administración puede desarrollar, el esquema es como sigue: Acto unilateral Discrecional[pic 7][pic 8]
Resolución Reglada
Actividad administrativa Negocial
Gestión
Hechos o meros actos
Las características de los Actos Administrativos en una primera aproximación deben contener las siguientes particularidades:
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