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Derecho penitenciario el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de todas las sanciones penales privativas de libertad


Enviado por   •  10 de Febrero de 2016  •  Apuntes  •  583 Palabras (3 Páginas)  •  474 Visitas

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I. Derecho penitenciario.

1. Se entiende por Derecho penitenciario el conjunto de normas jurídicas que regulan la ejecución de todas las sanciones penales privativas de libertad, tanto penas como medidas de seguridad y medidas cautelares. De tal definición surgen como características propias de este derecho que es una parte del ordenamiento jurídico, por ser su contenido normativo; se ocupa de la ejecución de penas y medidas de seguridad impuestas; se extiende también a medidas cautelares como la prisión provisional. Aunque se estudia en el conjunto del Derecho penal, el Derecho penitenciario es formalmente independiente: tiene un cuerpo legislativo propio (sobre todo, la Ley Orgánica General Penitenciaria y el Reglamento Penitenciario), una jurisdicción específica (los jueces de ejecución penitenciaria) y, sobre todo, un objeto propio, como es la ejecución de penas, medidas privativas de libertad y medidas cautelares. (Sánchez-Osti, Íñigo, & Ruiz de Erenchun, 2015)

2. El término derecho penitenciario actualmente ha quedado subordinado al de derecho ejecutivo penal, pero dado que ha adquirido plena aceptación entre el gremio, se sigue utilizando el primero, de modo similar a lo ocurrido con el término readaptación, aún tan criticadp, como se verá en su oportunidad, y que ahora ha sido cambiado por la palabra reinerción.

En sus orígenes, el derecho penitenciario se refiere al castigo, a la penitencia, a la retribución, a la venganza, sin mayor finalidad; de ahí que demos el nombre de penitenciaría al lugar destinado para ese cumplimiento. (CLEU, s/f)

3. Giovanni Novelli es quien utilizó por primera vez la expresión derecho penitenciario, con base en su experiencia como director general de institutos de prevención y de pena en Italia; y quien además cuenta con el reconocimiento de impartir la primera cátedra creada en 1931.

Novelli describe ese derecho como el complejo de normas jurídicas que tratan de la ejecución de penas y de las medidas de seguridad desde el momento en que se convirtió en ejecutivo el título que legitima la ejecución. (CLEU, s/f)

4. Conjunto de normas que regulan la readaptación de los individuos sujetos a una sentencia privativa de la libertad. La penología, se dice que el penitenciario nace paralelamente al derecho penal surgiendo la penología cuando se convierte en la prisión en una pena formalmente, y se sigue utilizando hasta nuestros días como un medio para obtener un cambio de conducta personal y mental de los delincuentes teniendo como base la sanción correctiva de su privación de libertad.

Así como el derecho penal sustantivo está dividido en parte especial y en parte general, la teoría del derecho penitenciario o derecho ejecutivo penal a su vez debe estar dividido en dos aspectos el estudio de la pena como tal y la sanción que deberá sufrir el delincuente durante el cumplimiento

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