Derecho privado- conjunto de normas jurídicas que regulan los vínculos entre particulares, el trato entre ellos es de igual a igual.
Enviado por Raziel Ruiz • 13 de Marzo de 2016 • Trabajo • 1.602 Palabras (7 Páginas) • 409 Visitas
Derecho privado- conjunto de normas jurídicas que regulan los vínculos entre particulares, el trato entre ellos es de igual a igual.
A) Derecho Civil
B) Derecho Familiar
C) Derecho Mercantil
Derecho Público- conjunto de normas jurídicas que regulan los vínculos entre el estado y el particular. Los tratos ya no son de igual a igual.
A) Derecho Penal
B) Derecho Constitucional
C) Derecho Fiscal
D) Derecho Aduanero
E) Derecho Administrativo
F) Derecho Procesal
Derecho Social- conjunto de normas jurídicas que tienen como finalidad proteger, tutelar a las clases más débiles dentro de una sociedad.
A) Derecho Laboral
B) Derecho Agrario
C) Derecho Indígena
D) Derecho Seguridad Social
Fuentes del derecho
A) Fuentes Históricas: Son acontecimientos, leyes y documentos no vigentes que le dieron forma y estructura al derech actual.
Ej--->Derecho Romano
B) Fuentes Reales: Son los factores y elementos que toma en cuenta el legislador para darle el contenido correcto a una ley.
C) Fuentes formales:
Ley: Normas jurídicas escritas, en el derecho romano, el primer antecedente de ley escrita fueron las XII tablas.
Costumbre: Son conductas repetitivas, generales y constantes que con el paso del tiempo se vuelven obligatorias.
Doctrina: Es la opinión de los expertos en derecho que manifiestan en sus libros conferencias, entrevistas.
Jurisprudencia: Es la interpretación que realiza la función judicial de las leyes cuando presentan lagunas.
Principios generales del derecho: valores éticos, morales sobré los cuales se deben de basar el derecho. La justicia es el principio general por excelencia.
El derecho romano en sus inicios genera un compendio de leyes que sirven como primer antecedente de formación del derecho romano que se le conoció como las XII tablas, creadas por un grupo de personas conocidas como los decenviros.
Roma se conforma como una monarquía.
Persona: Se le consideraba persona al hombre o mujer libre, el hecho de su esclavo no te consideraba persona. En Roma le ser una persona te da capacidad para adquirir derecho y obligaciones
La capacidad se estructura de dos maneras:
Goce: se adquiere con el nacimiento y permite adquirir derechos.
Ejercicio: se adquiere con la mayoría de edad y facultad a la persona a adquirir derechos y obligaciones.
El derecho romano dividía la capacidad en 3
A) Status libertatis: Ser persona libre o esclavo.
B) Status familiare: Son los derechos y obligaciones que tienen dentro de la familia Jerarquía, derechos y obligaciones.
C) Status civitatis
Los esclavos son considerados para el derecho romano como cosas u objetos y se consideraba una forma legal para extinguir a la persona física.
Acto jurídico
Es la manifestación de la voluntad de una persona que produce consecuencias legales.
Ej: matrimonio, contrato, tratados.
Hecho jurídico
Acontecimientos producidos por la naturaleza a la voluntad del hombre que produce consecuencias jurídicas.
Todo hecho jurídico puede ser un acto jurídico, pero un acto jurídico no puede ser un hecho jurídico.
Estado - territorio - población - gobierno
El análisis que comprende históricamente el origen de Roma ubica su formación en el año 753 a.C
La población se formó por tres grupos que se conocían:
A) Latinos
B) Sabinos
C) Etruscos
Roma inicia como una monarquía como forma de gobierno.
En la monarquía romana la sociedad se destacaba por actividades comerciales, pequeños granjeros y agricultores.
Naturalización: es el proceso que sigue un extranjero para adquirir una nacionalidad.
La forma de adquirir la ciudadanía se establecía de dos formas:
A) Ius soli: la persona tiene derecho a adquirir la nacionalidad del lugar donde nace sin importar la nacionalidad de sus padres.
B) Ius sanguinis: la persona puede tener derecho a adquirir la nacionalidad de sus padres sin importar el lugar donde haya nacido hasta la mayoría de edad.
Tabla I: De la citación en juicio (de jus in vocando)
-citación y comparencia en juicio – derecho procesal
· El que sea llamado a juico vaya al instante.
· Si no quiere ir, tome testigos y preséntelos.
· Si con astucia trata de escaparse, puede sujetarte
· Sino puede ir por enfermedad o por anciano; súbale en un barrico; y aunque se resistiese, no le de carruaje.
· Si alguno saliese fiador por él, suéltesele
· Rico ha de ser en fiador de un rico; de un pobre cualquiera.
Tabla II: del juicio (de juidicio)
-decisiones de la ley- obligación del testimonial.
· Se les cita para cierto día, y sí por enfermedad, voto, ausencia por causa de la república, o por obsequiar a un huésped, tanto el juez, arbito como reo, no puede asistir, se difiere el juicio.
· El que quisiera denunciar a un testigo, ha de presentarse tres veces en el decurso de 27 días en su casa.
· Si fuera esclavo, será azotado y despeñado.
· El no manifestó consiguese el doble
· El que cortase sin derecho alguno arboles ajenos, porque la multa.
Tabla III: de juzgamento de las cosas (rebus judicatus)
-ejecución contra el deudor.
· El depositorio que dolosamente malversar e l deposito, pague el daño doblando
· El que exigiere más usura que la onza mensual por cada 100 ases, satisfaga el cuádruplo
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