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Derecho y Naturaleza del derecho como ciencia


Enviado por   •  26 de Julio de 2017  •  Resumen  •  23.073 Palabras (93 Páginas)  •  186 Visitas

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FILOSOFÍA DEL DERECHO

TEORÍA DEL DERECHO

Naturaleza del derecho como ciencia

Se discute si el derecho es una ciencia, ya que el ser humano tiene fe ciega en ella, por lo que se quiere creer que el derecho es científico.  Para el realismo jurídico el derecho es ciencia, pero es más una sociología del derecho que en la práctica no sirve. Los abogados no quieren que el derecho sea ciencia porque si es así, se debería llegar a conclusiones verdaderas o falsas, y eso no es lo que interesa, ya que aplican la lógica sofista: en la moral las cosas no pueden ser verdaderas o falsas, un ente moral no es razonable empíricamente.

Primero debe entenderse si lo bueno y lo malo, los entes morales, existen o no.

  • Ética normativa: una vez que se dice que los entes morales existen, ven como definirlos.
  • Ética aplicada: se utiliza cuando no dice si los entes morales existen.

DEBATE MORAL hay un criterio objetivo que no depende de ningún sujeto para explicar lo que es moralmente correcto o incorrecto/reprochable. Ej.: teoría objetiva de la moral: utilitarismo (no se ve al individuo en particular).

  1. DESCRIPTIVISTAS/COGNITIVISTAS: lo bueno y lo malo existe y se puede conocer. Los juicios de valor constituyen enunciados descriptivos de alguna clase de hechos, y tales juicios tienen significado cognitivo. Tiene sentido atribuir verdad o falsedad a un juicio moral, y tales juicios pueden ser justificados racionalmente.

No hay acuerdo acerca de a qué hechos se refieren los “juicios morales” y cómo se determina su verdad o falsedad.

  1. Naturalistas: sostienen que las palabras éticas designan propiedades observables y que los juicios de valor son empíricamente comprobables (no confundir con iusnaturalistas). Discrepan sobre qué hechos observables son descriptos por los juicios de valor. Se ve el acto moral y se acepta o se reprocha
  • Objetivistas: determina qué está bien y qué mal objetivamente. Son los utilitaristas está bien lo que genera felicidad para el > número de personas. Los juicios valorativos describen hechos empíricamente verificables que no consisten solamente en sentimientos de cierta gente.
  • Subjetivistas: el sujeto determina la moralidad del acto. Es quién forma la idea de lo que está bien o mal. Puede ser un individuo o un gripo de personas. El problema epistémico es cómo se mide la felicidad. Hay teorías subjetivistas:
  • Subjetivismo individual: juzga uno solo.
  • Subjetivismo social: es un grupo el que juzga.

Hay dos formas de juzgar según el subjetivismo, que puede ser individual o social:

  • Subjetivismo central: puede ser individual, donde uno tiene razón y el otro individuo no; o social donde una sociedad tiene la convicción moral de que la otra cultura está haciendo algo que está mal. Hay visiones morales, pero una sola es correcta. Todos los autoritarismos aplicaron el subjetivismo central social. Hace que las personas con poder político, lo impongan.
  • Subjetivismo difuso: si es individual, los dos individuos tienen razón, y si es social, se tiene un “multiculturalismo”, en el cual se aceptan las prácticas de otra cultura sin reproche. Cada uno tiene sus valores y ambos pueden coexistir. Nunca puede ser genuinamente difuso porque no todos aceptan todo. Si se pone limite a la aceptación del pensamiento del otro no es plenamente “multicultural”.
  1. No naturalistas: la moral no se percibe por los sentidos, requiere de un criterio metafísico.
  • No naturalistas objetivistas: se debe encontrar un criterio metafísico que explique que está bien y que está mal (no empírico). Aparece Kant, y su objetivo era demostrar que no se necesitaba de argumentos empíricos para demostrar lo que estaba bien o lo que estaba mal. Si el resultado que te arroja la universalidad, no es irracional o incoherente, entonces tu acción está bien; pero para él lo que está mal, está mal siempre. Es objetivo, y utiliza la razón práctica. No necesita experimentar.
  • No naturalistas subjetivistas: el sujeto que juzgue debe ser metafísico. El único es Dios, pero un sujeto físico no puede juzgar a un sujeto metafísico, y Dios no hace cosas moralmente incorrectas. Dejó de existir.

  1. NO COGNITIVISTAS: los valores no existen, tanto éticos como estéticos. Lo que un ser humano expresa cuando habla de “lo bueno o lo malo”, son sus preferencias.

Cuando se adopta una de estas posiciones, condiciona la relación entre el derecho y la moral. El prescriptivismo dice que la preferencia social puede ser reprochable, o aceptable, pero los valores no existen, son en realidad con lo que se carga algo de preferencias en un momento determinado. No hay definición, por ende, no existe. Están obligados a utilizar argumentos morales, y rara vez van a decir que es por una preferencia social y nada más.

Modernidad:  mayor importancia al método matemático o científico. Generó la perdida de las ciencias sociales, en pos de un método exacto. Todo lo que era imposible de probar dejó de tener valor. Se pasó de lo cualitativo a lo cuantitativo. En la antigüedad el método era determinado por el objeto. En la modernidad se universalizó el método matemático. Consecuencia:

  • Abandono de la filosofía
  • Prevalece el método sobre el objeto: método comprobable.
  • Ley de Hume: separación del “ser” del “deber ser”. Ese ser tiene principios, que hace que tienda a determinados fines.
  • Desaparición de la razón práctica: es la orientación que tenemos a lograr algo, hacer la imaginación que tenemos, visible, es decir práctica. Desaparece porque el método matemático avasalla los métodos sociales, y la razón práctica se basa en métodos que no son comunicables, como el ‘emotivismo’ social.

  • Concepción del hombre: el hombre es:
  • Autónomo
  • Estado de naturaleza: Hobbes- tenemos derechos absolutos, el límite es no vulnerar el estado del otro
  • Fuerza como método de organización: no hay límites en nuestra forma de actuar, el único obstáculo es el otro; hay que eliminarlo para obtener su derecho. El derecho deja de ser derecho porque lo único que prevalece es la fuerza del hombre. No hay definición de bien común.
  • Relación del derecho con la moral:
  1. iusnaturalismo: hay conexión entre el derecho y la moral. La moral limita al derecho porque, aunque la autoridad competente dé las normas, si el contenido es injusto, esa norma no es derecho.
  2. Iuspositivismo: no hay relación necesaria entre derecho y moral. Se incluye el ‘iuspositivismo incluyente’ (Dworkin- la relación sería contingente). Su auge se da hasta la 2GM, porque se ve que hay contenidos básicos que se tienen que salvaguardar y contener. Nueva corriente por los DDHH:
  3. Neoconstitucionalismo: son juristas que promueve, incentivan y estudian el estado constitucional del derecho. Tienen matices:
  • Neoconstitucionalismo positivista: se sigue la misma línea, ya están todos los derechos.
  • Neoconstitucionalismo constructivista: los DDHH que los positivistas dicen que ya están positivizados, son una construcción, nos ponemos de acuerdo y decimos cuales son los derechos fundamentales. Tiene una raíz kantiana.
  • Neoconstitucionalismo iusnaturalista: los DDHH parten del hombre mismo como ser ontológico, y a partir de él, nosotros descubrimos estos derechos fundamentales.

JOHN FINNIS: “LEY NATURAL Y DERECHOS NATURALES

Análisis del lenguaje de los derechos

Busca una corriente para entender el derecho y encontrar una definición universalizable. Los convencionalistas dicen que ‘el derecho se puede acordar’, se construye el concepto, pero nada impide que luego se deconstruya. Contrarios, son los que analizan el derecho y dicen que tiene una esencia y esa esencia es lo que el derecho es, pero el derecho pasaría a tener características no modificables.

Finnis usa a Hohfeld: para entender a qué los juristas llaman ‘derecho’

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