Describa las normas legales para formar una sociedad.
Enviado por lunaa24. • 23 de Agosto de 2016 • Apuntes • 2.418 Palabras (10 Páginas) • 310 Visitas
- Describa las normas legales para formar una sociedad.
R/: A continuación, los detalles requeridos para la organización de una compañía panameña:
- El nombre de la sociedad: Debe incluir alguna de las siguientes palabras o abreviaturas: Corporation (Corp.); Incorporation (Inc.); o Sociedad Anónima (S.A.). Se permiten nombres en idiomas extranjeros. La disponibilidad de nombres debe ser verificada con el Registro Público. Nombre(s) disponible(s) puede(n) ser reservado(s) por un período de 30 días renovables, si se desea, a un costo de US$30.00 cada uno.
- Los objetos específicos de la sociedad: Generalmente se utilizan objetos amplios y generales; sin embargo, se puede hacer mención en el pacto social, de ciertos objetos específicos para los cuales se organiza la sociedad, si así se desea.
- La cantidad del capital social autorizado: indicando también el número de acciones y su respectivo valor nominal.
- El tipo de acciones - nominativas y/o al portador, comunes y/o preferidas, y la clase de acciones - clase A o clase B (cuando sea pertinente), con o sin derecho a voto, así como también cualquier derecho y/o restricción que se desee establecer.
- La ley requiere un mínimo de tres (3) directores, quienes pueden ser personas naturales o entidades jurídicas. Para personas naturales se requiere los nombres completos (no se permiten iniciales) y las direcciones. Para entidades jurídicas se requiere nombre(s) oficial(es) completo(s) y dirección(es), junto con una certificación notariada y apostillada (o autenticación de cónsul panameño), de la autoridad competente de la(s) jurisdicción(es) correspondiente(s), indicando que la entidad está legalmente vigente y quién es su representante legal. Si se desea, abogados locales y las compañías de administración proveen los servicios de directores en base a honorarios anuales.
- Los nombres completos de los primeros dignatarios: presidente, secretario y tesorero. Estos pueden ser personas naturales o entidades jurídicas. Los vicepresidentes y otros dignatarios son opcionales (una persona puede ocupar dos cargos, pero el presidente no debería fungir como secretario a la vez, por razones prácticas). Los directores también podrán actuar como dignatarios. Los directores y dignatarios no tienen que ser accionistas, ni ciudadano panameños, o residentes en Panamá.
- La duración de la sociedad, que puede ser perpetua.
- Nombre y dirección del Agente Residente (un abogado o una firma de abogados local).
- Domicilio de la sociedad (dirección registrada).
- ¿Cuáles son los tipos de sociedades?
R/: Las siguientes entidades comerciales existen bajo el Código de Comercio de Panamá:
Sociedad anónima, Existen dos tipos de sociedades anónimas: abiertas y cerradas.
Sociedad colectiva.
Sociedad en comandita
Sociedad de hecho
Sociedades colectivas de responsabilidad limitada (estas operan como una sociedad colectiva, pero con responsabilidad limitada, similar a las "LLC" Norteamericanas).
Sociedad en comandita simple
Sociedad en comandita por acciones
Cooperativas, empresas individuales
Empresas individuales de responsabilidad limitada.
La mayor parte de las empresas, sin embargo, son manejadas en la República de Panamá en forma de sociedades anónimas, sociedades colectivas o personales. Casi sin excepción, las operaciones con sede en el exterior, son manejadas a través de sociedades anónimas.
- ¿Cuáles son las normas de la sociedad mercantil?
R/: Los principales datos que deberá contener una escritura constitutiva de una sociedad mercantil son:
- Los nombres, nacionalidad y domicilio de las personas físicas o morales que integran la sociedad.
- El objeto de la sociedad.
- Su razón o denominación social.
- Su duración.
- El importe del capital social.
- La cantidad que cada socio aporta como capital, especificando el importe en efectivo y en especie.
- El nombramiento de los administradores, sus facultades y la designación de los que deberán hacer uso de la firma social.
- Domicilio de la sociedad
- La forma en que se repartirá las utilidades entre los socios así como las pérdidas.
- Los casos en que la sociedad deberá disolverse anticipadamente y la forma en que deberá efectuarse la liquidación.
- ¿Cuáles son las normas de los directivos de la sociedad mercantil?
- Conceptos de Empresa Natural y Jurídica
R/: Persona Natural: Son personas físicas que actúan en nombre propio para la realización de su actividad comercial, y que se identifican con su número de cédula. Al constituir una empresa como Persona Natural, la persona asume a título personal todas obligaciones de la empresa.
Lo que implica que la persona asume la responsabilidad y garantiza con todo el patrimonio que posea (los bienes que estén a su nombre), las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa.
- Si, por ejemplo, la empresa quiebra y es obligada a pagar alguna deuda, la persona deberá hacerse responsable por ella a título personal y, en caso de no pagarla, sus bienes personales podrían ser embargados.
Persona Jurídica: Es una sociedad o institución formada para la consecución de un fin y con aprobación legal. Están representadas por personas naturales, capaces de ejercer derechos y contraer obligaciones en el ejercicio de su actividad comercial o industrial. La identificación de estas sociedades es por medio del Registro Único del Contribuyente
Al constituir una empresa como Persona Jurídica, es la empresa (y no el dueño) quien asume todas las obligaciones de ésta.
Lo que implica que las deudas u obligaciones que pueda contraer la empresa, están garantizadas y se limitan solo a los bienes que pueda tener la empresa a su nombre (tanto capital como patrimonio).
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